[queja] Pregunta Directa Al Sac

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 #1
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Si sois el sac oficial.

Preguntas:

Respetais los derechos de vuestros clientes?

Que crees que opinaran los futuros clientes de vuestra total pasividad, pasotismo hacia la preguntas que os hacemos?

Estoy haciendo una recopilacion de este foro para ponerlo en conocimiento con:

Directivos de Orange

Agencias de noticias

Y redes sociales,

Un saludo.

A los administradores de gsmspain, espero que este post que considero hecho sin falta de respeto de forma educada y que podeis documentar mi queja viendo los hilos que existen y que han suscitado este, no sea cambiado a otro sitio ya que no contraviene ninguna norma de conducta y esta en el post al que afecta.


Derecho a una atención eficaz por el operador

SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LOS OPERADORES(art. 26)


Los operadores deberán disponer de un departamento o servicio especializado de atención al cliente, que tenga por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual que planteen sus clientes.
Este servicio, de carecer gratuito, deberá prestarse de manera tal que el usuario final tenga constancia de las reclamaciones, quejas y, en general, de todas las gestiones con incidencia contractual que realice el abonado.

A tales efectos, el operador estará obligado a comunicar al abonado el número de referencia de las reclamaciones,quejas, peticiones o gestiones. El operador deberá admitir, en todo caso la vía telefónica para la presentación de reclamaciones.

Si el medio habilitado por el operador para la atención de reclamaciones, incidencias o gestiones con incidencia contractual es telefónico, éste estará obligado a informar al consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la reclamación, incidencia o gestión mediante cualquier soporte que permita tal acreditación.

En caso de contratación telefónica o electrónica, si el usuario final se acoge a una oferta que prevea la aplicación de condiciones distintas a las condiciones generales publicadas, el operador deberá enviarle, en el plazo de 15 días desde que se produzca la contratación, un documento en el que se expresen los términos y condiciones de la oferta, con indicación expresa de su plazo de duración.

El servicio de atención al cliente será accesible a los usuarios con discapacidad, según lo establecido en el artículo 3 del Reglamento sobr
e las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social,aprobado por Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, conforme a los plazos y condiciones establecidos en el mismo.

Estas obligaciones se entienden sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación estatal y autonómica sobre protección general de consumidores
y usuarios.

fuente http://www.cmt.es/c/document_librar...e&groupId=10138

Para consultar tus derechos:

http://www.cmt.es/derechos-de-los-usuarios

Me encantó el SPECTRUM PLUS +3 y su "peaso" de disquete de 3".

Al que le suene ya me entiendes "CHAVAL" emoticon guiño
 #2
Escrito   0  0  
quote:
Originalmente escrito por epalaca
Si sois el sac oficial.

Preguntas:

Respetais los derechos de vuestros clientes?

Que crees que opinaran los futuros clientes de vuestra total pasividad, pasotismo hacia la preguntas que os hacemos?

Estoy haciendo una recopilacion de este foro para ponerlo en conocimiento con:

Directivos de Orange

Agencias de noticias

Y redes sociales,

Un saludo.


emoticon Aplauso
 #3
Escrito   0  0  
quote:
Originalmente escrito por Al2702
emoticon Aplauso

Gracias a ti por apoyar estos tema siempre compañero.

Me encantó el SPECTRUM PLUS +3 y su "peaso" de disquete de 3".

Al que le suene ya me entiendes "CHAVAL" emoticon guiño
 #4
Escrito   0  0  
Muy bien explicado compi.

Saludos.

se7en - Alea iacta est - Fuerza&Honor

"Si haces lo que nunca has hecho, llegaras a donde nunca has llegado".

Buzón de privados lleno.
 #5
Escrito   0  0  
quote:
Originalmente escrito por epalaca
Si sois el sac oficial.

Preguntas:

Respetais los derechos de vuestros clientes?

Que crees que opinaran los futuros clientes de vuestra total pasividad, pasotismo hacia la preguntas que os hacemos?

Estoy haciendo una recopilacion de este foro para ponerlo en conocimiento con:

Directivos de Orange

Agencias de noticias

Y redes sociales,

Un saludo.

A los administradores de gsmspain, espero que este post que considero hecho sin falta de respeto de forma educada y que podeis documentar mi queja viendo los hilos que existen y que han suscitado este, no sea cambiado a otro sitio ya que no contraviene ninguna norma de conducta y esta en el post al que afecta.


Derecho a una atención eficaz por el operador

SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LOS OPERADORES(art. 26)


Los operadores deberán disponer de un departamento o servicio especializado de atención al cliente, que tenga por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual que planteen sus clientes.
Este servicio, de carecer gratuito, deberá prestarse de manera tal que el usuario final tenga constancia de las reclamaciones, quejas y, en general, de todas las gestiones con incidencia contractual que realice el abonado.

A tales efectos, el operador estará obligado a comunicar al abonado el número de referencia de las reclamaciones,quejas, peticiones o gestiones. El operador deberá admitir, en todo caso la vía telefónica para la presentación de reclamaciones.

Si el medio habilitado por el operador para la atención de reclamaciones, incidencias o gestiones con incidencia contractual es telefónico, éste estará obligado a informar al consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la reclamación, incidencia o gestión mediante cualquier soporte que permita tal acreditación.

En caso de contratación telefónica o electrónica, si el usuario final se acoge a una oferta que prevea la aplicación de condiciones distintas a las condiciones generales publicadas, el operador deberá enviarle, en el plazo de 15 días desde que se produzca la contratación, un documento en el que se expresen los términos y condiciones de la oferta, con indicación expresa de su plazo de duración.

El servicio de atención al cliente será accesible a los usuarios con discapacidad, según lo establecido en el artículo 3 del Reglamento sobr
e las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social,aprobado por Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, conforme a los plazos y condiciones establecidos en el mismo.

Estas obligaciones se entienden sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación estatal y autonómica sobre protección general de consumidores
y usuarios.

fuente http://www.cmt.es/c/document_librar...e&groupId=10138

Para consultar tus derechos:

http://www.cmt.es/derechos-de-los-usuarios


Mas claro no se puede.

Verde compañero.

Non scholae, sed vitae discere
 #6
Escrito   0  0  
A ver si hoy hay suerte y nos responde de una vez con algo util.
 #7
Escrito   0  0  
Hoy tampoco hay suerte


up

Me encantó el SPECTRUM PLUS +3 y su "peaso" de disquete de 3".

Al que le suene ya me entiendes "CHAVAL" emoticon guiño
 #8
Escrito   0  0  
Se habra dado cuenta Orange_mvl que la pregunta era para el? emoticon guiño

Que despistado es este chico, vamos a subir la pregunta a ver si la ve.
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