Problema con el usuario aratidis

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Ya llego tarde pero por si sirve a otro compañero que se vea afectado en posibles "errores tipográficos" y silencios crepusculares :

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
TÍTULO XIII.
DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO Y CONTRA EL ORDEN SOCIOECONÓMICO.

CAPÍTULO VI.
DE LAS DEFRAUDACIONES.
SECCIÓN 1. DE LAS ESTAFAS.

Artículo 248.

1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

2. También se consideran reos de estafa:

Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.

Los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas informáticos específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.

Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.

Artículo 249.

Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.

Artículo 250.

1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de un año a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:

Recaiga sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social.

Se perpetre abusando de firma de otro, o sustrayendo, ocultando o inutilizando, en todo o en parte, algún proceso, expediente, protocolo o documento público u oficial de cualquier clase.

Recaiga sobre bienes que integren el patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.

Revista especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia.

Cuando el valor de la defraudación supere los 50.000 euros.

Se cometa abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional.

Se cometa estafa procesal. Incurren en la misma los que, en un procedimiento judicial de cualquier clase, manipularen las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones o emplearen otro fraude procesal análogo, provocando error en el Juez o Tribunal y llevándole a dictar una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero.

2. Si concurrieran las circunstancias 4ª, 5ª o 6ª con la 1ª del número anterior, se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años y multa de doce a veinticuatro meses.

Artículo 251.

Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años:

Quien, atribuyéndose falsamente sobre una cosa mueble o inmueble facultad de disposición de la que carece, bien por no haberla tenido nunca, bien por haberla ya ejercitado, la enajenare, gravare o arrendare a otro, en perjuicio de éste o de tercero.

El que dispusiere de una cosa mueble o inmueble ocultando la existencia de cualquier carga sobre la misma, o el que, habiéndola enajenado como libre, la gravare o enajenare nuevamente antes de la definitiva transmisión al adquirente, en perjuicio de éste, o de un tercero.

El que otorgare en perjuicio de otro un contrato simulado.

Artículo 251 bis.

Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos comprendidos en esta Sección, se le impondrán las siguientes penas:

Multa del triple al quíntuple de la cantidad defraudada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años.

Multa del doble al cuádruple de la cantidad defraudada, en el resto de los casos.

Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b a g del apartado 7 del artículo 33.
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cuando uno comete un error, todos los cometemos, lo primero que se hace es intentar remendar el error lo antes posible, y no hacerse el sueco, tardas en enviar el articulo, envías un articulo distinto al que vendes, y luego de amenazarte con denunciarte haces el ingreso compensatorio.

macho que quieres que te diga... ponte tu en la situación del compañero.

referente a los votos, no hay ninguna norma que diga que solo se votara en tratos de compra/venta, muchos de nosotros luchamos para que se separen los votos de compra/venta de los votos sobre opiniones.

Por ahora es lo que hay, si un forero te cae mal o tienes una discusión, estas en tu derecho de votarlo negativamente o positivamente, en cualquier caso todos los foreros son libres de votar a quien les de la gana y por el motivo que le venga en gana.

TRATOS OK: cisneros89, rebeca81, misantropo, smigle, alxet, elmanza, rero, edubijis7, hook032, senpronio, goran, colgate2, keos, le_sulk, raulelx, mavksoft, datastore, Ronie23, luissev, morfedo, frostzizou, yoigoiveo, alexdeiwor, asturjad, 77913650, xanaguay, kameo, eduardo.ru, jcruces, pacviola, yomismo08, mrbandwidt, movilnorte, fistun, anglufer, navalreno3, morrix, select0, carlsberg, schumy, pacoxen, datcardmod, adrianux, beta_trueb, Picken333, treckhack, rafivp, 4EC, Suite, scrash, sorimba90
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Si, he puesto una foto pillada de internet....¿y? ¿que problema hay? De verdad,...un consejo que os doy: hay que salir mas!!!!
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¿Te crees que tu rojo me importa algo??
Te aseguro que en este foro no vas a vender ni una escoba. El último al que le dije esto está en mi firma y tu vas por el mismo camino...
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Bla, bla,bla, bla....todo rebuznos, al que le pica, ajos come. Suerte con tus ventas....a ver si arreglas esta crisis. Es mas, no hace falta estar en este foro para vender, hay mas mundo fuera...y mas justo y sin frikadas.
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mas justo y sin frikadas? pero si huele a "chungopetaca" que tira de c*l* majo....

Entre ofertar un movil de superior gama al que luego envías y vender terminales con fotos usurpadas de blogs ajenos.....dos clones con reputaciones dudosas.....chico si es blanco y en botella emoticon gafas emoticon gafas

Suerte.


PD. edito y cambio denominación a "chungopetaca" para no herir la sensibilidad de nadie.

Mis rojos son de trolls y clones rabiosos "sin razones" como podeis ver en el perfil. Estos indignaos...
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