Una gestoria me amenaza por un telefono dado de baja hace 6 años.

12.005 44
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Ninguna entidad bancaria deniega un préstamo o hipoteca a un cliente solvente por una deuda de 30€ a Vomistar...

Un saludo emoticon sonrisa

El sentido común, es el menos común de los sentidos. euroskimov
 #22
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y digo yo...
una deuda de hace 10 años no prescribe?

Recientes: iPhone 7 Space Grey
Ahora: iPhone XS

13 COPAS DE EUROPA!!!
 #23
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a los dos años ya no te pueden exigir responsabilidad contractual. Te lo dice un abogado.

si quieres me los mandas a mi y les atiendo muy "respetuosamente"
 #24
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quote:
Originalmente escrito por johny979
y digo yo...
una deuda de hace 10 años no prescribe?



depende, ten en cuenta que las deudas que mantenemos actualmente con los bancos duran unos 30 - 50 años, y no "prescriben" como tu dices.

desde el incumplimiento, tienen dos años para reclamar en vía civil por responsabilidad contractual (vamos que hay un contrato entre las partes que se ha incumplido) y un año si el tipo de responsabilidad exigida es Extracontractual. (por ejemplo un accidente)
 #25
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pero mi caso, que debo una factura de agosto del 99, que hago?
los mando a cagar?jejeje

Recientes: iPhone 7 Space Grey
Ahora: iPhone XS

13 COPAS DE EUROPA!!!
 #26
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Si tienes la certeza que no debes nada, que te lleven a donde quieran.

Que no por miedo pagues lo que no debes. Aunque sea un mísero céntimo de euro.
 #27
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quote:
Originalmente escrito por euroskimov
Ninguna entidad bancaria deniega un préstamo o hipoteca a un cliente solvente por una deuda de 30€ a Vomistar...

Un saludo emoticon sonrisa


¿Sabes quienes fueron los primeros clientes de Telefónica que tuvo Aktiv? El señor o la señora que debia 30€ por una factura no pagada, estaba en Asnef, tenia que pedir un prestamo para un coche y no se lo concedian. Estaban en el fichero por MOROSOS.

Te hablo de gente que todavia no habia recibido la "supuesta carta timo". A la gente que le corre prisa desaparecer de la lista de Asnef, paga.

La entidades financieras consultan las listas de morosidad, y más en los tiempos que corren.

Saludos

Biografia: Nokia 3110 - Ericsson T18s - Siemens S35 - Siemens S45 - Nokia 6100 - SonyEricsson P800 - Siemens S55 - SonyEricsson T610 - LG u8210 - Nokia N70 - HTC TyTN - Nokia e71
 #28
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quote:
Originalmente escrito por ziete_83
Si tienes la certeza que no debes nada, que te lleven a donde quieran.

Que no por miedo pagues lo que no debes. Aunque sea un mísero céntimo de euro.


Creo que los usuarios que estan posteando, tienen la absoluta certeza de que deben el dinero emoticon sonrisa

Vaya que no son angelitos emoticon disimulo

Biografia: Nokia 3110 - Ericsson T18s - Siemens S35 - Siemens S45 - Nokia 6100 - SonyEricsson P800 - Siemens S55 - SonyEricsson T610 - LG u8210 - Nokia N70 - HTC TyTN - Nokia e71
 #29
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En cuanto a la prescripción de la deuda:
-Art. 1966.3 CC. "Por el transcurso de 5 años prescriben las acciones para exigir el cumplimiento de las obligaciones siguientes:...
3ª.La de cualesquiera otros pagos que deban hacerse por años o en plazos más breves"

En cuanto a la inclusión en cualquier registro de insolvencia patrimonial:
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal publicado el 19/1/2008 en el BOE.

"Artículo 38. Requisitos para la inclusión de los datos.

1.Sólo será posible la inclusión en estos ficheros de datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica del afectado, siempre que concurran los siguientes requisitos:

a) Existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada y respecto de la cual no se haya entablado reclamación judicial, arbitral o administrativa, o tratándose de servicios financieros, no se haya planteado una reclamación en los términos previstos en el Reglamento de los Comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros, aprobado por Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero.

b) Que no hayan transcurrido seis años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico.

c) Requerimiento previo de pago a quien corresponda el cumplimiento de la obligación.

2. No podrán incluirse en los ficheros de esta naturaleza datos personales sobre los que exista un principio de prueba que de forma indiciaria contradiga alguno de los requisitos anteriores.

Tal circunstancia determinará asimismo la cancelación cautelar del dato personal desfavorable en los supuestos en que ya se hubiera efectuado su inclusión en el fichero.

3. El acreedor o quien actúe por su cuenta o interés estará obligado a conservar a disposición del responsable del fichero común y de la Agencia Española de Protección de Datos documentación suficiente que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo y del requerimiento previo al que se refiere el artículo siguiente."

Por lo que si la deuda tiene más de 5 años, y no se ha producido cualquier acto que interrunpa la prescripción, señores, la deuda no se puede reclamar.

Y en cuanto a la inclusión en los famosos ficheros, si no se cumplen los requisitos del art. 38...solicitad oposición para que en caso de que nos incluyan o no nos contesten, denunciar a la Agencia de Protección de Datos, para que cancelen la inscripción en ésos ficheros.

Por cierto, utilizad todos los medios disponibles a vuestro alcance para manifestar vuestra oposición a la inscripción y según el art.14.4 RD 1720/2007, “Deberá facilitarse al interesado un medio sencillo y gratuito para manifestar su negativa al tratamiento de los datos. En particular, se considerará ajustado al presente reglamento los procedimientos en el que tal negativa pueda efectuarse, entre otros, mediante un envío prefranqueado al responsable del tratamiento, la llamada a un número telefónico gratuito o a los servicios de atención al público que el mismo hubiera establecido.”


O sea que encima nos lo tienen que poner fácil, y si no, denuncia ante la Agencia emoticon guiño


Saludos y perdón por el tocho.

"Empieza haciendo lo posible para acabar haciendo lo imposible"
Sto Tomás.
 #30
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quote:
Originalmente escrito por Bart_S
Creo que los usuarios que estan posteando, tienen la absoluta certeza de que deben el dinero emoticon sonrisa

Vaya que no son angelitos emoticon disimulo


Pues entonces a pagar. Las cosas son más sencillas de lo que parecen xD
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