simyo incumple el desistimiento y no devuelve los importes

17.402 27
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Originalmente escrito por ichbinich
Compañera, cualquier gasto es cualquier gasto. "Incluidos los costes de entrega" significa "incluidos los costes de entrega" La letra del texto legal. Que además Simyo única y exclusivamente ofrece la posibilidad de la mensajería, sin ninguna otra alternativa.

Las formalidades que dices para el desistimiento son irreales. También el RDL1/2007 establece la inexistencia de formalismos para ejercer el derecho desistimiento y que basta con que el consumidor lo comunique al empresario de la forma que sea

Te pido disculpas por no haber seguido leyendo el resto de tu texto porque me temo que si seguía leyendo iba a tener que seguir corrigiéndote y es algo que no me gusta un pelo hacer

El RDL 1/2007 es la ley general de consumidores y usuarios, y fue modificada por última vez en marzo de este año, precisamente añadiendo artículos sobre el derecho de desistimiento, entre otros.

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Derecho de desistimiento (para contratos celebrados a distancia)

Artículo 102.1: Salvo las excepciones previstas en el artículo 103, el consumidor y usuario tendrá derecho a desistir del contrato durante un periodo de 14 días naturales sin indicar el motivo y sin incurrir en ningún coste distinto de los previstos en los artículos 107.2 y 108.

Artículo 106:
1. Antes de que venza el plazo de desistimiento, el consumidor y usuario comunicará al empresario su decisión de desistir del contrato. A tal efecto, el consumidor y usuario podrá utilizar el modelo de formulario de desistimiento que figura en el anexo B de esta ley; o bien realizar otro tipo de declaración inequívoca en la que señale su decisión de desistir del contrato.
...
4. La carga de la prueba del ejercicio del derecho de desistimiento recaerá en el consumidor y usuario.

Artículo 107.2: ... en caso de que el consumidor y usuario haya seleccionado expresamente una modalidad de entrega diferente a la modalidad menos costosa de entrega ordinaria, el empresario no estará obligado a reembolsar los costes adicionales que de ello se deriven.

Como ves si que existen formalismos para ejercitar el derecho de desistimiento cuando es por venta a distancia. El artículo 70 que tú indicas es cuando no hay venta a distancia. Además faltan de añadir los artículos que obligan a devolver el producto al vendedor con unas determinadas condiciones y plazos.

Igualmente puedes ver que solo está obligado a devolver los gastos de envío de la modalidad menos costosa de entre las ofrecidas por el empresario, pero no de otras modalidades más costosas elegidas por el usuario. En el caso de simyo no hay ese problema, porque solo ofrece la posibilidad de envío por mensajero, por lo que siempre estará obligado a devolver esos gastos al no haber posibilidad de otra elección por el usuario.

De todas formas simyo esta devolviendo todos los importes incluyendo gastos de envío, y eso sin solicitar que le devuelvan la sim, que podría hacerlo. En el caso de devolución de móviles, también está asumiendo los costes de devolución, aunque también podría exigir que esos costes corrieran por cuenta del usuario.
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Originalmente escrito por kaxera
El RDL 1/2007 es la ley general de consumidores y usuarios, y fue modificada por última vez en marzo de este año, precisamente añadiendo artículos sobre el derecho de desistimiento, entre otros.


Como ves si que existen formalismos para ejercitar el derecho de desistimiento cuando es por venta a distancia. El artículo 70 que tú indicas es cuando no hay venta a distancia. Además faltan de añadir los artículos que obligan a devolver el producto al vendedor con unas determinadas condiciones y plazos.

Igualmente puedes ver que solo está obligado a devolver los gastos de envío de la modalidad menos costosa de entre las ofrecidas por el empresario, pero no de otras modalidades más costosas elegidas por el usuario. En el caso de simyo no hay ese problema, porque solo ofrece la posibilidad de envío por mensajero, por lo que siempre estará obligado a devolver esos gastos al no haber posibilidad de otra elección por el usuario.

De todas formas simyo esta devolviendo todos los importes incluyendo gastos de envío, y eso sin solicitar que le devuelvan la sim, que podría hacerlo. En el caso de devolución de móviles, también está asumiendo los costes de devolución, aunque también podría exigir que esos costes corrieran por cuenta del usuario.


Eso es un totum revolutum descontextualizado, pero bueno, que no voy a seguir dando coba a un hilo que no tiene sentido emoticon sonrisa

Saludos

P.S.: "Podrá" no significa "deberá" ni "tendrá que" . Una declaración inequívoca puede ser transmitida perfectamente mediante una una llamada, que es un medio admitido en Derecho, máxime cuando se graba de acuerdo con la doctrina y la jurisprudencia, y aún sin grabarla. Una declaración inequívoca es "quiero desistir". El resto de puntualizaciones de artículos están descontextualizadas. El art. 70 está en el ámbito que regula el derecho de desistimiento en general, sin perjuicio de que más allá del art.100 (no recuerdo cuál exactamente) se especifiquen las peculiaridades del derecho de desistimiento en venta a distancia.
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¡Buen día! emoticon sonrisa
 #24
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No hay nada descontextualizado. "Podrá" no es "deberá", pero la ley si que especifica claramente que es el usuario el que debe demostrar que ha solicitado el desistimiento. ¿Cuantos graban la llamada cuando llaman al SAC? Tal vez tu lo hagas, pero no es lo habitual. Lo que no vale es decir que "devolví el pedido" o "llame al sac para desisitir" y no aportar ninguna prueba de que se solicitó el desisitimiento.

El derecho de desistimiento se regula según el caso. Para casos generales es a partir del artículo 70 (más o menos) y para el caso de venta a distancia a partir del 100 (más o menos), pero no se aplican ambos, sino que según el caso se aplican unos u otros.
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Originalmente escrito por kaxera
No hay nada descontextualizado. "Podrá" no es "deberá", pero la ley si que especifica claramente que es el usuario el que debe demostrar que ha solicitado el desistimiento. ¿Cuantos graban la llamada cuando llaman al SAC? Tal vez tu lo hagas, pero no es lo habitual. Lo que no vale es decir que "devolví el pedido" o "llame al sac para desisitir" y no aportar ninguna prueba de que se solicitó el desisitimiento.

El derecho de desistimiento se regula según el caso. Para casos generales es a partir del artículo 70 (más o menos) y para el caso de venta a distancia a partir del 100 (más o menos), pero no se aplican ambos, sino que según el caso se aplican unos u otros.


Precisamente el hecho de haber devuelto el pedido es considerado por el texto legal como prueba suficiente de haber solicitado el desistimiento (art. 70 in fine). La Ley lo que especifica es que el usuario podrá ejercer el derecho de desistimiento mediante el formulario del Anexo B o mediante cualquier otra forma admitida en Derecho (art. 106.1, también in fine), sin perjuicio de las obligaciones que tenga el empresario en cuanto a medios para poner a disposición del usuario.

La regulación de los arts. 68 y ss. se enmarcan en el título primero del libro segundo del texto legal, donde se regulan las generalidades de los contratos con los consumidores y usuarios. La regulación de los arts. 97 y ss. está en el título tercero, que regula los Contratos celebrados a distancia y contratos celebrados fuera del establecimiento mercantil. Y esa regulación de los arts. 97 y ss. es consecuencia del art. 68.2, de tal manera que ex art. 68.3 cualquier cosa que no esté prevista según los arts. 97 y ss. debe ser atendida conforme a los arts. 68 y ss.

Ya sé que la cosa va de que tienes que tener siempre la razón y eres infalible. Y así has empezado negando que el derecho de desistimiento incluya la devolución de los importes de la entrega del bien, y hemos acabado con este debate peregrino.

Pero vamos, no voy a seguir resubiendo el hilo emoticon sonrisa

Ya por último, Buen día!
 #26
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Con lo fácil que es decir... "ah es verdad me había despistado con la nueva ley".

Pero bueno... a cambio estamos desmenuzando esta nueva norma que nunca viene mal para pillar todos los matices.

Si la información te es útil....un verde puede ser una buena forma de agradecerlo.
 #27
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Cabe destacar que symio me esta llamando muchas veces sobre la calidad del servicio despues del error que me indicaron tanto en el departamento de facturación como en atención al cliente. Y mi abogado no es solo de particular tengo 5 delegaciones de empresa, y si como están las cosas ay que hacer maravillas para tirar para adelante, porque como se ha dicho las pequeñas pymes son las que mas sufren de esta crisis económica, reduccion de gastos, aumento de gastos certificado silcon, etc... y si para que mi compañia a nivel particular, tengo que hacer un amago porque es la unica forma de tener unos precios decentes, se hace, la culpa la tienen las compañias de permitirlo y no poner los precios por amago en oficial, y symio, no digo que sea un mal operador pero podría mejorar en atención al cliente, ya que detras de symio esta amena que eso si que es un desastre total pasan de ti totalmente y ni se enteran de nada.

un saludo.
 #28
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Originalmente escrito por ichbinich
Ya sé que la cosa va de que tienes que tener siempre la razón y eres infalible. Y así has empezado negando que el derecho de desistimiento incluya la devolución de los importes de la entrega del bien, y hemos acabado con este debate peregrino.

Pero vamos, no voy a seguir resubiendo el hilo emoticon sonrisa

Ya por último, Buen día!

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Originalmente escrito por yukadrian
Con lo fácil que es decir... "ah es verdad me había despistado con la nueva ley".

Pero bueno... a cambio estamos desmenuzando esta nueva norma que nunca viene mal para pillar todos los matices.

La cosa no va de que tenga que tener yo la razón, sino de explicar las cosas y las consecuencias de no hacerlas bien.

Inicialmente dije que la devolución no se aplicaba a los gastos de envío, porque antes era así, pero ichbinich me corrigió porque se había cambiado la ley, y como dice yukadrian admití mi error, pero aclarando lo que dice la nueva ley.

Según ichbinich, para el desistimiento no hay formalismos y basta simplemente con comunicar el desistimiento, pero luego en la ley hay un montón de artículos que regulan las formalidades para ejercitar ese derecho. Si no valen para nada, ¿por que están en la ley? Yo respondo: Porque sí que sirven para algo.

Podríamos estar discutiendo eternamente sobre el tema, porque interpretaciones de la ley hay tantas como abogados, pero lo que vale es lo que interprete el juez. Si lo interpreta como tú, estupendo, porque recuperaras tu dinero sin problema, pero si lo interpreta como yo, entonces ya puedes mandar a la legión de abogados que quieras, porque te quedarás sin el dinero y te comerás la demanda con patatas, y todo por haber pasado de formalismos.

Allá cada uno con la interpretación que haga de la ley.
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