Baja por fallecimiento ¿ como ?

16.087 19
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Yo creo que sí te cobraran la penalización. Cuando compras un terminal subvencionado no te lo están regalando sino que lo pagas a plazos durante el periodo de permanencia de forma indirecta a través de consumo de las líneas. Si estás pagando una hipoteca o un coche a plazos y el titular fallece alguien se tiene que hacer cargo de esa deuda.
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Originalmente escrito por marconi79
Yo creo que sí te cobraran la penalización. Cuando compras un terminal subvencionado no te lo están regalando sino que lo pagas a plazos durante el periodo de permanencia de forma indirecta a través de consumo de las líneas. Si estás pagando una hipoteca o un coche a plazos y el titular fallece alguien se tiene que hacer cargo de esa deuda.

No estoy de acuerdo, una permanencia no es una deuda, es un contrato. Una persona muerta no está en disposición de cumplir las condiciones de un contrato.

Si fuera una deuda si que tendría que darte la razón pero con matices, un heredero puede perfectamente heredar una deuda, pero también puede renunciar a ella renunciando a toda la herencia (por ejemplo en el caso de que la deuda y los costes de herencia superen la cuantía de la herencia)

Un contrato no es heredable.

@pliasplas, cancela dichos contratos y si te pasan una penalización dile al banco que no la pague. Lo más que pueden hacer es meter a tu padre en el ASNEF.

 #13
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Fallecido el titular de un contrato, éste queda extinguido. Manda por fax al servicio de reclamaciones o al de atención al cliente la comunicación de fallecimiento del titular y una fotocopia del certificado literal de fallecimiento del mismo.

Con eso es suficiente, otra cosa es que el departamento de facturación quiera darse por enterado y siga emitiendo facturas o reclamando el pago de las que estén pendientes en fecha posterior al fallecimiento. Con ignorarlo y dar orden al banco de que no se pague ninguna, la ley está de tu parte.

Tengo un caso similar de un familiar con dos lineas en Movistar y por un lado no contestaron a la solicitud de baja por fallecimiento, y por otro siguen reclamando el pago de lo pendiente, facturado despues del fallecimiento. Las facturas y reclamaciones, directamente a la basura, van emoticon diablo ...

Salu22 emoticon guiño

El movimiento se demuestra andando.

Cacharritos en uso: Sony-Ericsson Z800i; Qtek 9100; LG GW620; Sony-Ericsson Vivaz U5i; Nokia C7-00; Samsung Galaxy Nexus; Samsung Galaxy S2; Asus Nexus 7 32GB 3G
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quote:
Originalmente escrito por xusa_zgz
No estoy de acuerdo, una permanencia no es una deuda, es un contrato. Una persona muerta no está en disposición de cumplir las condiciones de un contrato.

Si fuera una deuda si que tendría que darte la razón pero con matices, un heredero puede perfectamente heredar una deuda, pero también puede renunciar a ella renunciando a toda la herencia (por ejemplo en el caso de que la deuda y los costes de herencia superen la cuantía de la herencia)

Un contrato no es heredable.

@pliasplas, cancela dichos contratos y si te pasan una penalización dile al banco que no la pague. Lo más que pueden hacer es meter a tu padre en el ASNEF.


Gracias por tu respuesta, en el siguiente post detallo mis averiguaciones de hoy.
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quote:
Originalmente escrito por jammedina
Fallecido el titular de un contrato, éste queda extinguido. Manda por fax al servicio de reclamaciones o al de atención al cliente la comunicación de fallecimiento del titular y una fotocopia del certificado literal de fallecimiento del mismo.

Con eso es suficiente, otra cosa es que el departamento de facturación quiera darse por enterado y siga emitiendo facturas o reclamando el pago de las que estén pendientes en fecha posterior al fallecimiento. Con ignorarlo y dar orden al banco de que no se pague ninguna, la ley está de tu parte.

Tengo un caso similar de un familiar con dos lineas en Movistar y por un lado no contestaron a la solicitud de baja por fallecimiento, y por otro siguen reclamando el pago de lo pendiente, facturado despues del fallecimiento. Las facturas y reclamaciones, directamente a la basura, van emoticon diablo ...

Salu22 emoticon guiño


Esta tarde he llamado a Orange, le comunico que el titular de las lineas xxx ha fallecido, en principio el operador me comunica que si solicito la baja hay que pagar los compromisos de permanencia, a lo que le pregunto ¿ quien si el titular ha fallecido ?, tras esta pregunta me comunica que me mantenga a la espera, tras consultar con un superior me informa que efectivamente, propone envío por fax una copia del DNI, copia del acta de defunción así como un breve escrito informando que se solicita la baja por fallecimiento del titular y me asegura que en este caso no hay que pagar nada por las permanencias.

Mañana relizaré de nuevo la misma llamada para contrastar que la información que me dan es la misma que me han dado hoy y asegurarme, mientras tanto estaré encantado de leer vuestras opiniones.

Muchas gracias.
 #16
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con esta gente de orange cualquier cosa... afortunadamente diste con un buen comercial (cosa rara) pero a saber la cantidad de muertos que están pagando por su móvil (con perdón)
 #17
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baja en caso de fallecimiento= no se paga compromiso...
UN SALUDO
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Alucinante:

Esta misma tarde llamo para formalizar la baja y en el departamento de bajas, me dejan caer que al tener la renovación del contrato tan reciente Orange puede actuar contra los herederos y reclamar los compromisos de permanencia judicialmente al ser una deuda "alta".

me han dejado acojonado, cada día una cosa.
 #19
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ni caso, no realizan ningun tipo de reclamacion...
 #20
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quote:
Originalmente escrito por bcastela
ni caso, no realizan ningun tipo de reclamacion...

¿ Has pasado por algo similar ?

Saludos.
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