Hola, ya conseguiste resolver mi problema anteriormente , asi que tengo una duda.
Me gustaria saber si podria darme de baja de mi Internert Everywhere sin tener que mandar el dichoso FAX. O sea, les puedes mandar un correo o algo que me de de baja el pincho????
Gracias
[AYUDA] Es necesario mandar el FAX para darse de baja de IE???
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Soy humano y meto la pata.
Quien este libre de pecado que tire la primera piedra.
Se aprende de los errores si te dejan.
Con todo esto espero mejorar.
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Se aprende de los errores si te dejan.
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No. Tienes que hacer el escrito y enviar copia de tu DNI al 912065308
quote:
Originalmente escrito por woogard
Hola, ya conseguiste resolver mi problema anteriormente , asi que tengo una duda.
Me gustaria saber si podria darme de baja de mi Internert Everywhere sin tener que mandar el dichoso FAX. O sea, les puedes mandar un correo o algo que me de de baja el pincho????
Gracias
No. Tienes que hacer el escrito y enviar copia de tu DNI al 912065308
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Así es. Además en la documentación de la baja tienes que poner un número de referencia que es el de la solicitud que te den desde el departamento de bajas.
La documentación tiene que estar completa y firmada. Es conveniente que adjuntes un número de teléfono de contacto, una persona de contacto y un horario de contacto para que se puedan poner en contacto contigo por si hubiera que confirmar algún dato o simplemente para informarte de que la línea está dada de baja definitivamente.
Un saludo.
La documentación tiene que estar completa y firmada. Es conveniente que adjuntes un número de teléfono de contacto, una persona de contacto y un horario de contacto para que se puedan poner en contacto contigo por si hubiera que confirmar algún dato o simplemente para informarte de que la línea está dada de baja definitivamente.
Un saludo.
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¿Y lo de la ley que decía que para darse de baja de un servicio debería poderse hacer obligatoriamente por el mismo procedimiento que uno se da de alta? ¿Al final no se aprobó?
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Sí. Es el Real Decreto Legislativo 1/2007, que por supuesto Orange se pasa por el forro, como casi todos los aspectos de la legislación española
quote:
Originalmente escrito por BarajaVLC
¿Y lo de la ley que decía que para darse de baja de un servicio debería poderse hacer obligatoriamente por el mismo procedimiento que uno se da de alta? ¿Al final no se aprobó?
Sí. Es el Real Decreto Legislativo 1/2007, que por supuesto Orange se pasa por el forro, como casi todos los aspectos de la legislación española
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Veamos qué dice el Real Decreto Legislativo 1/2007, artículo 62:
---------------------------------------
Debes estar logueado para poder ver los enlaces.
Artículo 62. Contrato.
3. El consumidor y usuario podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados.
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Es decir, que si yo contraté algo en una tienda, debería poder darme de baja también en esa misma tienda, ¿o cómo se interpreta esto, Orange_mvl?
quote:
Originalmente escrito por pinchitin
Sí. Es el Real Decreto Legislativo 1/2007, que por supuesto Orange se pasa por el forro, como casi todos los aspectos de la legislación española
Veamos qué dice el Real Decreto Legislativo 1/2007, artículo 62:
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Debes estar logueado para poder ver los enlaces.
Artículo 62. Contrato.
3. El consumidor y usuario podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados.
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Es decir, que si yo contraté algo en una tienda, debería poder darme de baja también en esa misma tienda, ¿o cómo se interpreta esto, Orange_mvl?
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Pues de la única forma que se puede interpretar, o lo que es lo mismo, de la forma que tú lo interpretas. Igual que si el alta fue por teléfono, la baja por teléfono, y si por Internet, pues por Internet
Un saludo
quote:
Originalmente escrito por BarajaVLC
Veamos qué dice el Real Decreto Legislativo 1/2007, artículo 62:
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Debes estar logueado para poder ver los enlaces.
Artículo 62. Contrato.
3. El consumidor y usuario podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados.
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Es decir, que si yo contraté algo en una tienda, debería poder darme de baja también en esa misma tienda, ¿o cómo se interpreta esto, Orange_mvl?
Pues de la única forma que se puede interpretar, o lo que es lo mismo, de la forma que tú lo interpretas. Igual que si el alta fue por teléfono, la baja por teléfono, y si por Internet, pues por Internet
Un saludo
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Creo que el tema está en que desde la tienda podrían facilitarte el trámite de enviar la documentación por fax, pero la documentación que tendrías que enviar sería la misma porque de alguna forma Orange tiene que conservar un documento firmado mediante el cual el titular y no otra persona pide expresamente la baja del servicio contratado.
quote:
Originalmente escrito por BarajaVLC
Veamos qué dice el Real Decreto Legislativo 1/2007, artículo 62:
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Debes estar logueado para poder ver los enlaces.
Artículo 62. Contrato.
3. El consumidor y usuario podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados.
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Es decir, que si yo contraté algo en una tienda, debería poder darme de baja también en esa misma tienda, ¿o cómo se interpreta esto, Orange_mvl?
Creo que el tema está en que desde la tienda podrían facilitarte el trámite de enviar la documentación por fax, pero la documentación que tendrías que enviar sería la misma porque de alguna forma Orange tiene que conservar un documento firmado mediante el cual el titular y no otra persona pide expresamente la baja del servicio contratado.
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ok, entonces no me queda mas remedio que mandar toda la documentacion que me piden por fax.
Pues vaya rollo, en fin gracias por la contestacion
Mira que complican las cosas leñe
Pues vaya rollo, en fin gracias por la contestacion
Mira que complican las cosas leñe
Soy humano y meto la pata.
Quien este libre de pecado que tire la primera piedra.
Se aprende de los errores si te dejan.
Con todo esto espero mejorar.
Quien este libre de pecado que tire la primera piedra.
Se aprende de los errores si te dejan.
Con todo esto espero mejorar.
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si no quieres enviar el fax puedes llamar para pasarlo a prepago(creo que te cobran 5 0 6 euros para una primera recarga), cuando gastes el saldo lo guardas en el fondo de un cajón y te olvidas del pincho, ya se encargaran ellos de darlo de baja sin que tú se lo recuerdes cuando no lo recarges en unos meses, yo siempre lo hago así, estaba harto de enviar el dichoso fax que decian que nunca lo recibian y faltaban datos y demas, yo me inclino por pasarlo a prepago y olvidarme del resto, es mi opinion y espero que te sea de ayuda, un saludo.
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