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Originalmente escrito por @BarajaVLC
Como decía en el mensaje anterior, tu empresa te ha formado mal. A menos que tu empresa sepa más de leyes que el Tribunal Constitucional y la propia Agencia Española de Protección de Datos.
Repito: no es necesario avisar de que vas a grabar una conversación telefónica en la que participas si la utilizas para ejercer tus derechos, como, por ejemplo en este caso, presentar una reclamación en Consumo.
Debes estar logueado para poder ver los enlaces.
"Es perfectamente legal grabar las conversaciones en las que uno es parte aunque el resto de intervinientes no lo conozca o no esté de acuerdo; no es necesario informarles.
Y sí, se pueden utilizar esas grabaciones para la defensa de los intereses legítimos de quien realiza la grabación."
Puedes leerte el artículo completo para conocer la legalidad vigente
Curioso. A nosotros nos tienen dicho que si no decimos nada "damos nuestro consentimiento". Que por ello siempre digamos que no.