[ayuda] Yoigo Cancelan Mi Pedido, Impresentables, Denuncio????

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Creo que deberías poner una reclamación, adjunta en la misma los mails enviados con la documentación a su SAC.

El tema del estudio de solvencia, con los precios actuales de los terminales y la situación económica me parece lógico. Cuando vas a comprar a plazos siempre se te realiza un estudio. Que los señores de Yoigo, a tenor de los comentarios que se leen en el foro, parecen elitistas... yo diría que bastante.
De todos modos, también he leído bastante por aquí el comentario tipo: Tengo trabajo, no tengo hipoteca, hijos, deudas... Con la finalidad de justificar la solvencia y eso no siempre la justifica, incluso aun es más: dificulta el estudio.
A la hora de realizar los estudios puntúa tu edad, tipo de contrato, salario neto anual, tu situación familiar, hijos. Pero también es importante tener domiciliados consumos, prestamos, hipotecas... Ya que estos fijan tu nivel de responsabilidad y cumplimiento crediticio. Dicha información genera una historia más aproximada de tu capacidad de endeudamiento y de cumplimiento.

No quiero indicar que sea tu caso ni ofender a quien se sienta reflejado. Pero es fácil entender que cree más desconfianza, en la situación actual, una persona joven con una nomina pero ningún producto de crédito, como única domiciliación su consumo de móvil (peor si porta desde tarjeta) y como única posesión y responsabilidad un coche que pagó a "tocateja". Que una persona con hijos, hipoteca y créditos al corriente de pago, así como diversas domiciliaciones.
En el segundo caso la persona atesora vida crediticia con cumplimiento, responsabilidad y más años laborales (a efectos de afianzamiento laboral, paro disponible...).
En el primer caso, el joven, puede estar ganando 2.000 euros netos al mes. Pero quien asegura que haya cotizado para tener paro, como responde ante una deuda o pago mensual, perfectamente puede gastarse todo el dinero en un fin de semana sin pensar en las consecuencias. Por ello tienden a pedir más garantías y pedir mas documentación.

Ya digo que no quiero reflejar que sea el caso de los que tenéis problemas, solo quiero indicar que muchas veces es interesante tener una historia crediticia.

Suerte con la reclamación.
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quote:
Originalmente escrito por Vassag00
Creo que deberías poner una reclamación, adjunta en la misma los mails enviados con la documentación a su SAC.

El tema del estudio de solvencia, con los precios actuales de los terminales y la situación económica me parece lógico. Cuando vas a comprar a plazos siempre se te realiza un estudio. Que los señores de Yoigo, a tenor de los comentarios que se leen en el foro, parecen elitistas... yo diría que bastante.
De todos modos, también he leído bastante por aquí el comentario tipo: Tengo trabajo, no tengo hipoteca, hijos, deudas... Con la finalidad de justificar la solvencia y eso no siempre la justifica, incluso aun es más: dificulta el estudio.
A la hora de realizar los estudios puntúa tu edad, tipo de contrato, salario neto anual, tu situación familiar, hijos. Pero también es importante tener domiciliados consumos, prestamos, hipotecas... Ya que estos fijan tu nivel de responsabilidad y cumplimiento crediticio. Dicha información genera una historia más aproximada de tu capacidad de endeudamiento y de cumplimiento.

No quiero indicar que sea tu caso ni ofender a quien se sienta reflejado. Pero es fácil entender que cree más desconfianza, en la situación actual, una persona joven con una nomina pero ningún producto de crédito, como única domiciliación su consumo de móvil (peor si porta desde tarjeta) y como única posesión y responsabilidad un coche que pagó a "tocateja". Que una persona con hijos, hipoteca y créditos al corriente de pago, así como diversas domiciliaciones.
En el segundo caso la persona atesora vida crediticia con cumplimiento, responsabilidad y más años laborales (a efectos de afianzamiento laboral, paro disponible...).
En el primer caso, el joven, puede estar ganando 2.000 euros netos al mes. Pero quien asegura que haya cotizado para tener paro, como responde ante una deuda o pago mensual, perfectamente puede gastarse todo el dinero en un fin de semana sin pensar en las consecuencias. Por ello tienden a pedir más garantías y pedir mas documentación.

Ya digo que no quiero reflejar que sea el caso de los que tenéis problemas, solo quiero indicar que muchas veces es interesante tener una historia crediticia.

Suerte con la reclamación.

que son 600 euros lo que va a financiar no 600.000 .que teneis unas justificaciones que son de escandalo
 #23
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Originalmente escrito por josemrvrz
que son 600 euros lo que va a financiar no 600.000 .que teneis unas justificaciones que son de escandalo

Prueba a financiar 300 euros y me dices si no te hacen un estudio de crédito. Una empresa no puede permitirse el lujo de dar alegremente un producto sin una garantía de reembolso. No voy a negar, que a tenor de los comentarios, parecen demasiado exigentes.

Por mi trabajo he me he visto metido en proyectos de aplicaciones de estudio de crédito. No conozco todos los por menores, pero a grandes rasgos es su funcionamiento.

Por cierto, yo he puesto una explicación de como funcionan los estudios de crédito (lamento que te escandalice), las justificaciones debería ser Yoigo quien se las facilite al cliente (a mi parecer se las debe).
 #24
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El tema es que en este caso Yoigo como en muchos marean al cliente con documentaciones que no llegan, D.N.I ilegibles etc.. a si mantienen a la gente y juegan con ella a su libre albedrio, cobrando por adelantado una cantidad por dicho terminal, pasado tiempo y después de marear al cliente con llamadas inútiles x parte de este etc.. van y te sueltan que no pasas el scoring todo esto si el cliente se molesta claro en llamarles para ver como va el proceso si no pasan del tema, o aún más lejos le portan la línea y pasados dos tres o incluso más tiempo sin ton ni son la cortan, sin previo aviso etc.. y no por falta de pago que seria lo lógico, por falta de documentación, que en algunos casos ni la piden....
En definitiva cobran x € por el terminal, y a la hora de la devolución de dicho importe en un plazo de 40 días... Apaga y vámonos...


Las 4 se las traen pero con diferencia verdad verdadera se lleva la palma.. Campan a su libre albedrio
 #25
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Originalmente escrito por Vassag00
Prueba a financiar 300 euros y me dices si no te hacen un estudio de crédito. Una empresa no puede permitirse el lujo de dar alegremente un producto sin una garantía de reembolso. No voy a negar, que a tenor de los comentarios, parecen demasiado exigentes.

Por mi trabajo he me he visto metido en proyectos de aplicaciones de estudio de crédito. No conozco todos los por menores, pero a grandes rasgos es su funcionamiento.

Por cierto, yo he puesto una explicación de como funcionan los estudios de crédito (lamento que te escandalice), las justificaciones debería ser Yoigo quien se las facilite al cliente (a mi parecer se las debe).

mira siento que te ofendas , no era mi intencion.
Ejemplo enero 2012 18000 y pico euros para un coche , requisitos nomina.
financiera llama a mi empresa y confirma credito.
disfrutando el coche y sin complicaciones.
un movil y la tarifa del 2 nesecitan mas que para un coche.
ya te digo
 #26
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josemrvrz, no me he molestado.

La única intención en mi post es explicar a grandes rasgos como funcionan los estudios de crédito en base a mi experiencia. Seguro que hay mucho más que añadir al respecto.
En ningún momento intento hablar ni bien ni mal de esta compañía, igual que muchos compañeros. Pero veo, por muchos hilos en el foro, que no atacar directamente a la compañía te pone de su lado.

Tal como he señalado varias veces, la forma en la que realizan el scoring me parece errada en base a los comentarios. Aunque en mi experiencia personal me bastase con una llamada. No veo motivos para pensar que los comentarios que se leen en el foro sean infundados. Pero si bien es cierto que en algunos casos son inexactos por lo que previamente he comentado.

La mayoría de compras a plazos de bienes fungibles también requieren de un estudio de crédito, que no son gratis. Por lo que, bajo mi punto de vista, no creo que las empresas inviertan tontamente en dichos estudios (aunque visto como va el país y la casta de "empresaurios" cualquier cosa es esperable).

A la hora de otorgar un crédito entran muchas más variables. Aprovechando el ejemplo que pones, comentarte que para mi coche (comprado en julio de 2008, financiando 20.000 euros con entrada de 2.500 euros) me pidieron bastantes más cosas: nomina, copia de domiciliación bancaria, última declaración y un aval. Regresando al ejemplo, en el caso que no pagues el coche se te embarga. Si lo has estrellado se te reclama por vía judicial el importe. En el caso de un móvil, en el caso de impago, su embargo se presenta imposible y la denuncia por impago cuesta casi tanto como el beneficio de la compañía en el terminal. Por lo que se tienen que conformar con incluirte en una lista de morosos (lo cual vuelve a costarte dinero).
Por regla general cuando existe un estudio de crédito el impago es absorbido por el seguro de la empresa prestataria de dicho estudio. Siendo esta la garante de tu deuda y los que te reclamaran. Evidentemente el seguro no cubre el 100% de la perdida.

No te cuento el caso del impago de una casa de 600.000 euros, es ingenuo pensar que los bancos se ven afectados por la morosidad de las hipotecas de usuarios.

Esto ayuda a entender que el financiar el móvil no es una asunto banal o comparable según las cantidades. Hay que tener en cuenta las dimensiones dependiendo del problema.

Esto sumado a la compañía que se encuentra detrás de la operación puede cambiar mucho las reglas del juego. Movistar, Orange o Vodafone cuentan con un capital y matriz empresarial que nada tiene que ver con Yoigo. Por ende esta última esta dispuesta a asumir menor riesgo.

Con todo ello no quiero defender, en este caso a Yoigo, sino establecer la dimensión del asunto. De hecho creo que es necesario que estos casos sean denunciados ante consumo, con ello evitaremos no que se habrán las puertas del scoring. Sino que se modifique la política del trato al usuario.

Pienso que es infinitamente más gravoso casos comentados de gente que no ha pasado el scoring pidiendo una tarifa (sin adquirir terminal alguno) o los que en un primer momento reciben el terminal para acabar con la linea cortada a expensas de la documentación. Que dado estos casos no llamaría la actitud de Yoigo como sectaria, sino como errática y estúpida de consideración.

Resumiendo, Yoigo está en todo su derecho de pedir, como si quiere, hasta la partida de nacimiento. Está amparado por la ley. Al igual que el usuario esta en su derecho de reclamar un retraso injustificado lesivo a sus intereses.
Que el solicitar un exceso de documentación puede perjudicar a Yoigo: pienso que si. Pero viendo casos de gente que intenta 3, 4, 5... veces superar el scoring, normal que piensen que pueden hacerlo y que no les perjudica.
Que es necesario conocer el escenario en el que nos situamos antes de presentar una criticar: mucho.
Que todos podemos opinar: por supuesto.
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En este foro se caen las máscaras con una facilidad...
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quote:
Originalmente escrito por Vassag00
Está amparado por la ley

Sin entrar en el resto de chorraditas de este último y los demás posts, porque no son cosas que estén contestadas ya en este subforo, sino contestadísimas... y andar repitiendo lo que en este foro está más que dicho me aburre...

Haces una afirmación contundente y con mucha seguridad, por lo que te pregunto... ¿qué Ley?

Y no quiero que me digas "la ley de no sé qué y no sé cuántos".... quiero que me des la referencia de la Ley, su fecha de publicación y entrada en vigor y, a ser posible, los artículos concretos de esa Ley que amparan a Yoigo.

Se habla de leyes con tanta facilidad en este país y hay tantos letrados sin título....
 #29
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quote:
Originalmente escrito por pinchitin
Sin entrar en el resto de chorraditas de este último y los demás posts, porque no son cosas que estén contestadas ya en este subforo, sino contestadísimas... y andar repitiendo lo que en este foro está más que dicho me aburre...

Haces una afirmación contundente y con mucha seguridad, por lo que te pregunto... ¿qué Ley?

Y no quiero que me digas "la ley de no sé qué y no sé cuántos".... quiero que me des la referencia de la Ley, su fecha de publicación y entrada en vigor y, a ser posible, los artículos concretos de esa Ley que amparan a Yoigo.

Se habla de leyes con tanta facilidad en este país y hay tantos letrados sin título....


Me extrañaba que no pusieras ningún comentario. Desde que he entrado en este foro siempre he obtenido tu replica. Ya veo la razón, piensas que de alguna manera estoy en nomina de Yoigo. Siento indicarte que no es así.

Por otra parte veo que vas de letrado legulello pero no muestras el más mínimo respeto por las opiniones de los demás. Una pena.
Ya que me exhortas que te indique la ley, tal como he reflejado no soy abogado ni especialista en derecho mercantil. Simplemente usuario. No cuento con tus mismos conocimiento ya que indicas que eres letrado, supongo que con titulo.
De todos modos, intentare corresponder tu deferencia lo mejor que pueda expresarla.

Al ser un bien fungible adquirido de forma financiada se debe regir por la Ley de contratos de crédito al consumo. Sin perjuicio de lo establecido en Derecho Mercantil y el Código Civil (perdone, letrado, que no cite de memoria):
quote:

Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo

Artículo 14. Obligación de evaluar la solvencia del consumidor.

1. El prestamista, antes de que se celebre el contrato de crédito, deberá evaluar la solvencia del consumidor, sobre la base de una información suficiente obtenida por los medios adecuados a tal fin, entre ellos, la información facilitada por el consumidor, a solicitud del prestamista o intermediario en la concesión de crédito. Con igual finalidad, podrá consultar los ficheros de solvencia patrimonial y crédito, a los que se refiere el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en los términos y con los requisitos y garantías previstos en dicha Ley Orgánica y su normativa de desarrollo.

En el caso de las entidades de crédito, para la evaluación de la solvencia del consumidor se tendrán en cuenta, además, las normas específicas sobre gestión de riesgos y control interno que les son aplicables según su legislación específica.

2. Si las partes acuerdan modificar el importe total del crédito tras la celebración del contrato de crédito, el prestamista deberá actualizar la información financiera de que disponga sobre el consumidor y evaluar su solvencia antes de aumentar significativamente el importe total del crédito.


En el punto 1. la ley otorga el deber y el derecho al prestamista de comprobar la solvencia del consumidor por los medios que considere oportunos, entrega de documentación, sin establecer limite o explicar la naturaleza de la misma. Por tanto carta blanca.

Por supuesto si he cometido alguna inexactitud, como siempre haces, no dejes de corregirme. Estaré encantado de aprender. Pero por favor la socarronería y los comentarios fuera de lugar puedes guardarlos para cuando llames al SAC de Yoigo, a los cuales entiendo guardas odio visceral (tus razones tendrás y no entro a valorarlas). Yo no trabajo para ellos, pierdes el tiempo buscándome la goma de la careta.

Como ya te comenté en otro hilo, en el momento que Yoigo se exceda conmigo seré el primero en plantar un pino en su puerta.

Saludos emoticon sonrisa
 #30
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Pues estás errado. Yoigo no es una financiera. No es de aplicación el texto legal que indicas. En tanto que Yoigo no presta servicios financieros, ya que para ello debe estar registrada en el Banco de España y cumplir con los requisitos de toda empresa financiera, no hay nada que le respalde en ese sentido. Yoigo no es ningún prestamista a los efectos de esa Ley. Simplemente es una empresa que decide vender un terminal en unas condiciones determinadas.

Es diferente del caso de Movistar y Vodafone, que SÍ tienen acuerdo con una financiera (la financiera no son ellos, sino por ejemplo, en el caso de Movistar, Catalunya Caixa o como se llame ahora). Y por tanto la financiera con la que tienen acuerdo puede aplicar el precepto jurídico que indicas. Yoigo, no.

Sin embargo sí es de aplicación el derecho a celebrar y rescindir contratos, y la prohibición de acceder a datos de la línea previamente a una autorización explícita e inequívoca del usuario (Real Decreto 899/2009)

¡Por cierto! De la Ley 16/2011 que citas.

Artículo 1.2:

quote:
2. No se considerarán contratos de crédito a los efectos de esta Ley los que consistan en el suministro de bienes de un mismo tipo o en la prestación continuada de servicios, siempre que en el marco de aquéllos asista al consumidor el derecho a pagar por tales bienes o servicios a plazos durante el período de su duración.

Artículo 3:

quote:
Quedan excluidos de la presente Ley:

[...]

j. Los contratos de crédito relativos al pago aplazado, sin intereses, comisiones ni otros gastos, de una deuda existente.[...]

Emmmm.... se me olvidaba.... ¡Zas! en toda la boca.

Hagamos un trato. Yo no opino de tu trabajo, y tu no opinas de leyes emoticon guiño
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