Buenos días!
Os adjunto el contrato tipo de compra venta de moviles.
Saludos
CONTRATO DE COMPRA VENTA
En Madrid , a de
De una parte D. /Dª
con numero de Identificación Fiscal , domiciliado en
, calle , en calidad de VENDEDOR
Y de otra parte XXXXXXXXXXXX, mayor de edad, con D.N.I xxxxxxxxxx, como Administrador de la Mercantil GEST POINT GSM, S.L., con número de Identificación Fiscal XXXXXXXXX con domiciliado en, Madrid, calle Medellín, nº 4, en calidad de COMPRADOR
MANIFIESTAN
Que han convenido, como por el presente documento lo llevan a efecto, formalizar contrato de compra-venta del teléfono móvil cuyas características básicas son las siguientes
Marca:
Modelo:
Nº de identificación teléfono o IMEI:
Valor Venta:
Ambas partes tienen y se reconocen la capacidad legal necesaria para otorgar el presente Contrato de Compra-Venta del teléfono móvil mencionado, en base a las siguientes condiciones.
Los terminales son nuevos, sin estrenar, si no pasan los controles de calidad de GEST POINT GSM, se procederá a la devolución del mismo a cargo del vendedor
Y para que conste, firman la presente en el lugar y fecha arriba indicados,
El Vendedor El Comprador
D. /Dª GEST POINTGSM.S.L
Dudas Gest Point Gsm
632.772 1.974
Escrito 1 0
Muchas gracias!
quote:
Originalmente escrito por gestpoint
Buenos días!
Os adjunto el contrato tipo de compra venta de moviles.
Saludos
CONTRATO DE COMPRA VENTA
En Madrid , a de
De una parte D. /Dª
con numero de Identificación Fiscal , domiciliado en
, calle , en calidad de VENDEDOR
Y de otra parte XXXXXXXXXXXX, mayor de edad, con D.N.I xxxxxxxxxx, como Administrador de la Mercantil GEST POINT GSM, S.L., con número de Identificación Fiscal XXXXXXXXX con domiciliado en, Madrid, calle Medellín, nº 4, en calidad de COMPRADOR
MANIFIESTAN
Que han convenido, como por el presente documento lo llevan a efecto, formalizar contrato de compra-venta del teléfono móvil cuyas características básicas son las siguientes
Marca:
Modelo:
Nº de identificación teléfono o IMEI:
Valor Venta:
Ambas partes tienen y se reconocen la capacidad legal necesaria para otorgar el presente Contrato de Compra-Venta del teléfono móvil mencionado, en base a las siguientes condiciones.
Los terminales son nuevos, sin estrenar, si no pasan los controles de calidad de GEST POINT GSM, se procederá a la devolución del mismo a cargo del vendedor
Y para que conste, firman la presente en el lugar y fecha arriba indicados,
El Vendedor El Comprador
D. /Dª GEST POINTGSM.S.L
Escrito 1 0
JLPELAZ en twitter
Buzón lleno. Contactame por redes sociales.
Gracias a todos los que en algún momento os acordáis de este usuario.
Hacía unos días que el compañero XIKITIN me había pedido que me pasara por aqui. Siento haberme retrasado pero he estado desconectado del foro.
Efectivamente el Iva es un impuesto SUBJETIVO es decir que lo pagan determinados sujetos, a diferencia de lo que ocure con otros impuestos que son OBJETIVOS es decir que recaen sobre un determinado acto con independencia de quien los realice (Impuesto de trasmisiones patrimoniales y actos juridicos documentados o el impuesto sobre el incremento del valor de los bienes inmuebles)
Dicho esto, las ventas a las que os referís al NO SER UNA ACTIVIDAD COMERCIAL HABITUAL, no están sujetas a iva. La habitualidad es uno de los elemtos distintivos de la actividad de los sujetos a iva.
¿entonces puedo ganar miles de euros vendiendo moviles sin pagar impuestos? No, no es eso. Si ganas miles de euros sí que podría ser una actividad "habitual" y tendrías antes de haberla realizado que darte de alta en el régimen correspondiente de autonomo o empresa y declarar IVA.
CONSECUENCIA:
No podeis emitir factura, no podeis firmar que cobrais IVA, porque no podeis hacerlo, sino que teneis que hacer un contrato de compraventa del estilo que ha puesto gestpoint.
En este caso el ejemplo del gestor no es muy afortunado porque no estando sujeto a Iva, está sujeto al impuesto de trasmisiones patrimoniales. Pero en cualquier caso sería aplicable a cualquier bien de consumo realizado entre particulares.
OJO!!!!
Cualquier incremento patrimonial es susceptible de declaración en el impuesto de la renta, pero hacienda no va a rastrear ventas de 50 o 100 euros para que las incluyais a hí y sin existir sujeto obligado a realizar declaración preventiva (como si hubierais hecho la trasmisión en escritura publica ante notario)
Esto lo matizo por si alguien se lia a vender las joyas de la abuela por millones de euros y luego dice "es que jlpelaz dijo que no declaraban!!!"
Saludetes a todos y perdonad el retraso
Efectivamente el Iva es un impuesto SUBJETIVO es decir que lo pagan determinados sujetos, a diferencia de lo que ocure con otros impuestos que son OBJETIVOS es decir que recaen sobre un determinado acto con independencia de quien los realice (Impuesto de trasmisiones patrimoniales y actos juridicos documentados o el impuesto sobre el incremento del valor de los bienes inmuebles)
Dicho esto, las ventas a las que os referís al NO SER UNA ACTIVIDAD COMERCIAL HABITUAL, no están sujetas a iva. La habitualidad es uno de los elemtos distintivos de la actividad de los sujetos a iva.
¿entonces puedo ganar miles de euros vendiendo moviles sin pagar impuestos? No, no es eso. Si ganas miles de euros sí que podría ser una actividad "habitual" y tendrías antes de haberla realizado que darte de alta en el régimen correspondiente de autonomo o empresa y declarar IVA.
CONSECUENCIA:
No podeis emitir factura, no podeis firmar que cobrais IVA, porque no podeis hacerlo, sino que teneis que hacer un contrato de compraventa del estilo que ha puesto gestpoint.
quote:
Originalmente escrito por gestpoint
Buenas os comento el tema de la autofactura:
Eso está especificamente hecho para autonomos y empresas, puesto que ellos SI que tienen que desglosar IVA. En caso de marcar la opcion particular, lo que se genera es un contrato de compra venta, en la que se indica que nos vendeis el terminal a un precio X. ( sin desglose). La autofactura se genera automaticamente, pero si sois particulares y marcais esta opción al registraros, no tiene por que saliros.
Por lo que me ha comentado el gestor ( le he vuelto a pedir que me lo mande por escrito) al ser particulares no teneis una actividad profesional dedicada en exclusiva a la compra venta de moviles, por eso no es necesario el desglose de iva de cara a hacienda. Me ha puesto como ejemplo la venta de un coche, (yo no tengo coche y no se como va este tema) pero según él, cuando generas la venta puntual de un automovil no tienes que declarar a hacienda ningun tipo de iva.
Sigo insistiendo en esta cuestión para que me desglose toda la informacion al detalle.
Saludos.
En este caso el ejemplo del gestor no es muy afortunado porque no estando sujeto a Iva, está sujeto al impuesto de trasmisiones patrimoniales. Pero en cualquier caso sería aplicable a cualquier bien de consumo realizado entre particulares.
OJO!!!!
Cualquier incremento patrimonial es susceptible de declaración en el impuesto de la renta, pero hacienda no va a rastrear ventas de 50 o 100 euros para que las incluyais a hí y sin existir sujeto obligado a realizar declaración preventiva (como si hubierais hecho la trasmisión en escritura publica ante notario)
Esto lo matizo por si alguien se lia a vender las joyas de la abuela por millones de euros y luego dice "es que jlpelaz dijo que no declaraban!!!"
Saludetes a todos y perdonad el retraso
JLPELAZ en twitter
Buzón lleno. Contactame por redes sociales.
Gracias a todos los que en algún momento os acordáis de este usuario.
Escrito 1 0
Tendría que haber un icono arrodillándose y dando gracias por su simple presencia.. También podríamos hacer el "icono padrino", besándole la mano... XD
¡Mil gracias padrino de padrinos!... La verdad es que yo les he vendido algo más de 100 euros, pero bueno, el iva de eso no llega a la cantidad que mencionas, y no sé si va a haber más..XD Estoy intentando desintoxicarme...
jajajaja
Muchas gracias de nuevo y ansiamos verte más por el foro, que se te echa de menos, joer...
Un saludote..
¡Mil gracias padrino de padrinos!... La verdad es que yo les he vendido algo más de 100 euros, pero bueno, el iva de eso no llega a la cantidad que mencionas, y no sé si va a haber más..XD Estoy intentando desintoxicarme...

Muchas gracias de nuevo y ansiamos verte más por el foro, que se te echa de menos, joer...

Un saludote..

HAZTE TÚ SEGURO CON MI CÓDIGO VERTI:
N104700Q06159Q
N104700Q06159Q

Escrito 1 0
Madre mía PADRINO que bien hablas y que bien te explicas coñooo!!
Yo quiero ser como tú de mayor
Yo quiero ser como tú de mayor

Escrito 1 0
Eres el mejor!
quote:
Originalmente escrito por jlpelaz
Esto lo matizo por si alguien se lia a vender las joyas de la abuela por millones de euros y luego dice "es que jlpelaz dijo que no declaraban!!!"



Eres el mejor!

Escrito 1 0
Dado que yo fui quien inicié esta pequeña polémica en este hilo, paso a decir unas palabras al respecto de tu contestación:
-Lo primero es que estoy totalmente de acuerdo en tus apreciaciones y que por otro lado coinciden con lo que expuse desde el principio, es decir, Getspoint no puede auto generarnos a nosotros la emision de NINGUNA FACTURA en la que figure que nosotros hemos cobrado por la venta del tfno NINGUN TIPO DE IVA. Y si ellos lo hacen es para poderse desgravar el IVA por ellos abonados a nosotrtos. Y por lo tanto si nosotros hemos cobrado IVA (aunque sea equivocadamente) ese impuesto tiene dueño, y no es mas ni menso que HACIENDA, y se deberia ingresar, pues nos lo reclamará, al ver que lo hemos cobrado y considerarnos por el mero hecho del cobro del IVA como que estamos desarrollando una actividad comercial. OJO, esta afirmacion no es que la diga Hacienda, la estaremos confirmando nosotros mismos por el hecho de estar emitiendo facturas con IVA, y mal defensa tendremos en este caso....
-Al no haberles vendido a esta gente ningun tfno, no puedo asegurarlo, pero por lo leido en las explicaciones que aqui ha vertido la representante de Getspoint, parece ser que nos autogeneran una factura, como si la emitieramos nosotros, en la que pone IVA incluido, convendría que alguien lo confirmara o lo desmintiera. Si fuera a´sí, esta claro que tendrian que remediar esto y anular esa emision de factura para los partculares.
-Extraña mucho que desde hace mas de 8 dias no se haya aclarado convenientemente por parte de Getspoint este aspecto, y que la contestacion dada por el gestor "hable por si sola". Si la solucion está en tratarnos como particulares y no emitir la autofactura es tan sencillo como "decirlo y hacerlo".
-Y en cuando al ultimo punto que comentas jlpelaz, pues tienes razon nuevamente, se puede firmar un contrato como el expuesto, pero BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, ni deberian de generarnos una autofactura, ni deberiamos firmar ésta en la que figure que hemos cobrado IVA.
Saludos con "Valor Añadido"
quote:
Originalmente escrito por jlpelaz
Dicho esto, las ventas a las que os referís al NO SER UNA ACTIVIDAD COMERCIAL HABITUAL, no están sujetas a iva.
CONSECUENCIA:
No podeis emitir factura, no podeis firmar que cobrais IVA, porque no podeis hacerlo, sino que teneis que hacer un contrato de compraventa del estilo que ha puesto gestpoint.
Dado que yo fui quien inicié esta pequeña polémica en este hilo, paso a decir unas palabras al respecto de tu contestación:
-Lo primero es que estoy totalmente de acuerdo en tus apreciaciones y que por otro lado coinciden con lo que expuse desde el principio, es decir, Getspoint no puede auto generarnos a nosotros la emision de NINGUNA FACTURA en la que figure que nosotros hemos cobrado por la venta del tfno NINGUN TIPO DE IVA. Y si ellos lo hacen es para poderse desgravar el IVA por ellos abonados a nosotrtos. Y por lo tanto si nosotros hemos cobrado IVA (aunque sea equivocadamente) ese impuesto tiene dueño, y no es mas ni menso que HACIENDA, y se deberia ingresar, pues nos lo reclamará, al ver que lo hemos cobrado y considerarnos por el mero hecho del cobro del IVA como que estamos desarrollando una actividad comercial. OJO, esta afirmacion no es que la diga Hacienda, la estaremos confirmando nosotros mismos por el hecho de estar emitiendo facturas con IVA, y mal defensa tendremos en este caso....
-Al no haberles vendido a esta gente ningun tfno, no puedo asegurarlo, pero por lo leido en las explicaciones que aqui ha vertido la representante de Getspoint, parece ser que nos autogeneran una factura, como si la emitieramos nosotros, en la que pone IVA incluido, convendría que alguien lo confirmara o lo desmintiera. Si fuera a´sí, esta claro que tendrian que remediar esto y anular esa emision de factura para los partculares.
-Extraña mucho que desde hace mas de 8 dias no se haya aclarado convenientemente por parte de Getspoint este aspecto, y que la contestacion dada por el gestor "hable por si sola". Si la solucion está en tratarnos como particulares y no emitir la autofactura es tan sencillo como "decirlo y hacerlo".
-Y en cuando al ultimo punto que comentas jlpelaz, pues tienes razon nuevamente, se puede firmar un contrato como el expuesto, pero BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, ni deberian de generarnos una autofactura, ni deberiamos firmar ésta en la que figure que hemos cobrado IVA.
Saludos con "Valor Añadido"

Gran parte de las dificultades por las que atraviesa el mundo, se deben a que los ignorantes están completamente seguros, y los inteligentes llenos de dudas.
Volver a General