[AYUDA] Deuda contraida con VDF en 2003

18.005 26
 #11
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El mejor consejo que te puedo dar es:

HABLA CON EL PADRINO.

En la Taberna, arriba de todo.

Nadie mejor que el para aconsejarte. Es un crack!
 #12
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quote:
Originalmente escrito por ElJerbasio
El mejor consejo que te puedo dar es:

HABLA CON EL PADRINO.

En la Taberna, arriba de todo.

Nadie mejor que el para aconsejarte. Es un crack!


Muchas gracias por la sugerencia, así lo haré.

Saludos.
 #13
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Por una tarjeta prepago no pueden reclamarle nunca nada. Ud se confunde y si le estan reclamando ESA cantidad es por contrato, no por prepago.

S2
 #14
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Link interesantes sobre este tema:

Debes estar logueado para poder ver los enlaces.
empresa.artic-group.net/content/salus-inversiones-y-recuperaciones-sl-constitucion

Parece que se ha creado la empresa el 24/09/2012, osea, hace unos 15 días.

A mi me suena un poco a TIMO! ya que con las prepago se le hubiese agotado el saldo y punto. Así que no pagues!!. No se genera deuda...de toda la vida se te acaba el saldo y tienes que volver a ponerle...(me acuerdo de mis dias de moza emoticon sonrisa, que se me activaban los sms premium y sin llamar nada se me acababa el saldo...y hasta que no le volvía a meter dinero al movil no recibía esos sms...porque no podían coger de donde no hay).

Que se cansen de reclamar! Apunta su numero y rechaza sus llamadas...

Suerte compi emoticon sonrisa

Tengo que dejar de fumar...
 #15
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quote:
Originalmente escrito por pili314
El plazo de prescripción para la reclamación de una deuda relacionada con la prestación de servicios periódicos con plazos inferiores al año, es de 5 años, este es el caso de la telefonía.
Se trata de un plazo de prescripción extintiva, esto es, si se llegase a reclamar mediante vía judicial, tendrías que alegar esta circunstancia.
Que la deuda contraída sea una obligación prescrita no impide que te la puedan reclamar, ya que puede que de forma extrajudicial quieras abonarla.
Estos plazos se regulan de forma genérica y específica en el código civil, no se trata de delito alguno y la fundamentación para poner una fecha de prescripción es para aportar seguridad jurídica en el tráfico mercantil o civil ya que se entiende que se ha tenido plazo suficiente para interrumpir esa prescripción ( ojo esta debería ser la primera vez que se ponen en contacto contigo para informarte de esto)
Visto lo anterior tendría que dar ya igual si se trata de una deuda de prepago o contrato, la empresa de gestión de cobros realizará su papel, presionando, pero saben que no pueden ir por vía judicial con esta reclamación.

Puedes dirigirte a Vodafone explicarles que se ha cometido un error y que han realizado una "cesión de datos personales" sin consentimiento y que no guarda ningún tipo de realción con las funciones propias de la prestación de servicios de telefonía, ya que jamás has tenido una linea de contrato con la compañía en esas fechas, y les instas a que revoquen esa cesión irregular contraria a lo establecido en la LOPD, y que deseas ejercer tus derechos de cancelación de datos (desconozco si puedes cancelar todos tus datos o sólo lo referido al expediente de reclamación de la deuda, ya que no sé si mantienes esa línea con los mismos titulares en al actualidad).

Puedes hacer lo mismo con la empresa de gestión de cobros, esto es ejercitar tus derechos de acceso y cancelación de datos personales, al haberse producido una cesión de datos no consentida por el titular de los mismos ya que no se refieren a la realidad de tus obligaciones con vodafone (nunca has tenido un contrato con vodafone en esas fechas, ni por lo tanto puedes tener ningún tipo de deuda, por lo que la cesión de datos a empresas de gestión de cobros no está realizada ajustándose a las condiciones que fija la normativa de protección de datos ya que en este caso no puede existir deuda y se ha realizado una cesión irregular de los mismos, y no puede entenderse que para la adecuada prestación del servicio profesional de telefonía, vodafone pueda remitir mis datos personales a terceros que supera el marco establecido para la cesión).

Eso sé que es un tostón y posiblemente no te sirva de mucho, aquí las empresas de telefonía lo pueden casi todo hasta que llegas a la vía judicial, de cualquier forma en caso de no responderte o de tener más problemas con ese expediente no cancelado puedes ponerlo en contacto de la autoridad administrativa correspondiente para que inicie un expediente (que puede terminar en sanción e importante).


Para responder a tus preguntas una empresa de gestión de cobros no puede embargar nada, no se trata de una administración pública y carece del título necesario para realizar un embargo (una sentencia judicial).

Mi consejo, no les hagas ni caso envía una carta certificada a Vodafone y a la empresa (digo certificada ya que cuesta menos y realmente si vale para algo) y en caso de no hacerte caso puedes enviar lo anterior mediante burofax, y a la empresa no hacerle ni caso puesto que no pueden reclamarte algo que no existe.


Respuestas así da gusto verlas... lastima que no se te vea mucho por el foro emoticon ummmmm

Te estreno el casillero que la respuesta bien lo merece.

Un saludo.

Todos somos aficionados, la vida es tan corta que no da para más.


Si quieres portar a Simyo con mi invitación te llevas 5€ si lo haces a prepago y 10€ si lo haces a contrato si utilizas el siguiente código: 0034644126968 Avisame para que te ponga un VERDE
 #16
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Originalmente escrito por pili314
El plazo de prescripción para la reclamación de una deuda relacionada con la prestación de servicios periódicos con plazos inferiores al año, es de 5 años, este es el caso de la telefonía.
Se trata de un plazo de prescripción extintiva, esto es, si se llegase a reclamar mediante vía judicial, tendrías que alegar esta circunstancia.
Que la deuda contraída sea una obligación prescrita no impide que te la puedan reclamar, ya que puede que de forma extrajudicial quieras abonarla.
Estos plazos se regulan de forma genérica y específica en el código civil, no se trata de delito alguno y la fundamentación para poner una fecha de prescripción es para aportar seguridad jurídica en el tráfico mercantil o civil ya que se entiende que se ha tenido plazo suficiente para interrumpir esa prescripción ( ojo esta debería ser la primera vez que se ponen en contacto contigo para informarte de esto)
Visto lo anterior tendría que dar ya igual si se trata de una deuda de prepago o contrato, la empresa de gestión de cobros realizará su papel, presionando, pero saben que no pueden ir por vía judicial con esta reclamación.

Puedes dirigirte a Vodafone explicarles que se ha cometido un error y que han realizado una "cesión de datos personales" sin consentimiento y que no guarda ningún tipo de realción con las funciones propias de la prestación de servicios de telefonía, ya que jamás has tenido una linea de contrato con la compañía en esas fechas, y les instas a que revoquen esa cesión irregular contraria a lo establecido en la LOPD, y que deseas ejercer tus derechos de cancelación de datos (desconozco si puedes cancelar todos tus datos o sólo lo referido al expediente de reclamación de la deuda, ya que no sé si mantienes esa línea con los mismos titulares en al actualidad).

Puedes hacer lo mismo con la empresa de gestión de cobros, esto es ejercitar tus derechos de acceso y cancelación de datos personales, al haberse producido una cesión de datos no consentida por el titular de los mismos ya que no se refieren a la realidad de tus obligaciones con vodafone (nunca has tenido un contrato con vodafone en esas fechas, ni por lo tanto puedes tener ningún tipo de deuda, por lo que la cesión de datos a empresas de gestión de cobros no está realizada ajustándose a las condiciones que fija la normativa de protección de datos ya que en este caso no puede existir deuda y se ha realizado una cesión irregular de los mismos, y no puede entenderse que para la adecuada prestación del servicio profesional de telefonía, vodafone pueda remitir mis datos personales a terceros que supera el marco establecido para la cesión).

Eso sé que es un tostón y posiblemente no te sirva de mucho, aquí las empresas de telefonía lo pueden casi todo hasta que llegas a la vía judicial, de cualquier forma en caso de no responderte o de tener más problemas con ese expediente no cancelado puedes ponerlo en contacto de la autoridad administrativa correspondiente para que inicie un expediente (que puede terminar en sanción e importante).


Para responder a tus preguntas una empresa de gestión de cobros no puede embargar nada, no se trata de una administración pública y carece del título necesario para realizar un embargo (una sentencia judicial).

Mi consejo, no les hagas ni caso envía una carta certificada a Vodafone y a la empresa (digo certificada ya que cuesta menos y realmente si vale para algo) y en caso de no hacerte caso puedes enviar lo anterior mediante burofax, y a la empresa no hacerle ni caso puesto que no pueden reclamarte algo que no existe.


Pili, no había leído tu post, me lo había saltado ... brutal!!!.

Como he dicho antes, he hablado con la empresa y lo que me han dicho se resume en: soloe nosotros tenemos las pruebas de las facturas y no te las vamos a enseñar hasta que se inicie el proceso monitorio. No voy a pagar a nadie sin que me demuestre con documentación que le debo dinero ... solo faltaría.

Tienes un verdazo.

Gracias.
 #17
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quote:
Originalmente escrito por angelmb
Pili, no había leído tu post, me lo había saltado ... brutal!!!.

Como he dicho antes, he hablado con la empresa y lo que me han dicho se resume en: soloe nosotros tenemos las pruebas de las facturas y no te las vamos a enseñar hasta que se inicie el proceso monitorio. No voy a pagar a nadie sin que me demuestre con documentación que le debo dinero ... solo faltaría.

Tienes un verdazo.

Gracias.


Facturas. Debe facturas, por lo tanto tienen derecho a reclamarle la deuda. Ud había dicho que "prepago" y esa modalidad es imposible que genere ninguna deuda en forma de factura y susceptible de ser reclamada

S2
 #18
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Huele mucho a timo.
Devuelveles la moneda y denunciales por intento de estafa

Me escondo detras de las cortinas por que temo ser reportado .......

10$ de descuento en iherb con el codigo IGU355

Nuevos sorteos para conseguir una invitación a Forocoches.
SIGUE MIS HILOS PARA ENTERARTE
 #19
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Desde mi punto de vista las desudas de telefonía prescriben a los 3 años (no a los 5) siempre que no se haya interrumpido la prescripción.

Si buscas en google "prescripción deudas telefónicas" te aparecerá como primer o segundo resultado la entrada de mi blog en el que lo trato detalladamente (no lo cito para que no sea considerado spam por el admin)

En la situación que tú describes hay un tratamiento de datos improcedente y probablemente inconsetido. No por el hecho de ceder un crédito y sus datos que es plenamente legal, sino porque los datos cedidos no responden a criterios de calidad.

En una prepago NUNCA se genera deuda posterior. Hubo algún supuesto en el pasado que lo intentaron con la tarificación diferida de llamadas al extranjero pero ya no se admite.

Por ello la recomendación es que tu familiar ejercite los derechos de cancelación de sus datos ante esta empresa y listo.


JLPELAZ en twitter

Buzón lleno. Contactame por redes sociales.
Gracias a todos los que en algún momento os acordáis de este usuario.
 #20
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Estan intentando TIMAR a la titular. De algun modo han robado (o comprado) los datos a vodafone y al ver que tenia 82 años la titular han ido a por ella.
La proxima vez que te llamen, pides el nombre de la empresa y que te comuniquen el CIF, y les comunicas que vas a informar del tema a la policia denunciandoles por intento de estafa y amenazas. Dependiendo de lo que te digan, vas a la policia y comentas el tema a ver lo que pueden hacer ellos. Pero NUNCA NUNCA LES PAGUES.
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