[HILO OFICIAL] Consultas juridicas para foreros en GSMSpain

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 #951
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Originalmente escrito por cvigo
quote:Originalmente escrito por jlpelaz

Muchas gracias!

Unas últimas preguntas... siendo dos los titulares, ¿cómo afecta? es decir... uno invierte en bolsa, el otro no. ¿Ya les tildan a ambos de "inversores"? ¿si la inversión en bolsa es mala (osea, pocos movimientos y nula rentabilidad), ayudaría?

¿sería aconsejable o desaconsejable ir al arbitraje? osea, ¿cómo saber si es aconsejable ir al arbitraje o no?


Las preguntas que planteas no pueden responderse con un sí, ni con un NO.

Sólo un QUIZÁ. Dependerá de la argumentación jurídica que se le dé a tus amigos. Vamos, que no hay una norma para esto (por eso hay tantas dudas) y el resultado es incierto.

En cuanto a arbitraje o juicio, si un juicio ya dependes del juez y eso te genera mucha incertidumbre, por lo menos sabes que el razonamiento tiene que venir fundado en Derecho. En el arbitraje te puedes encontrar con cualquier cosa, es una lotería.

Pero vamos, cada uno debe hacer esa valoración.

Saludos


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 #952
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Buenas noches... trataré de ser breve.

Hace 4 meses, mi marido aceptó un curso con una editorial que se presentó en su puesto de trabajo, que le daban un curso de ingles que "podía dar de baja a los 6 meses si quería". Hoy he leído el contrato porque quisimos darlo de baja y nos dijeron que nada,que quedaban 26 mensualidades por pagar (en el papel que cubrió con el vendedor, pone 30 mensualidades de 49 euros).También pone que adjuntan documento de desistimiento en el dorso, pero en el dorso no hay nada, y es más, aparece tachada la opción de que "no tenemos 7 días de prueba" para dar de baja el servicio.
¿podría hacer algo)el comercial no coincide en nada de lo que dijo verbalmente con lo que está escrito y firmado, e incluso en el contrato dice que lo único que importa es lo que esta escrito, que cualquier contrato verbal no importa nada...estoy desesperada por darlo de baja porque no me viene nada bien...leí por internet que si la empresa no facilita un documento de "desistimiento" tengo 3 meses para desistir yo, pero es que pasaron 4...por favor...gracias

invitacionesR , ING DIRECT , Ipsos panel (encuestas por vales) , contacto aquí ;P (tanto información como ayuda) :P
 #953
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Originalmente escrito por sirah27
Buenas noches... trataré de ser breve.

Hace 4 meses, mi marido aceptó un curso con una editorial que se presentó en su puesto de trabajo, que le daban un curso de ingles que "podía dar de baja a los 6 meses si quería". Hoy he leído el contrato porque quisimos darlo de baja y nos dijeron que nada,que quedaban 26 mensualidades por pagar (en el papel que cubrió con el vendedor, pone 30 mensualidades de 49 euros).También pone que adjuntan documento de desistimiento en el dorso, pero en el dorso no hay nada, y es más, aparece tachada la opción de que "no tenemos 7 días de prueba" para dar de baja el servicio.
¿podría hacer algo)el comercial no coincide en nada de lo que dijo verbalmente con lo que está escrito y firmado, e incluso en el contrato dice que lo único que importa es lo que esta escrito, que cualquier contrato verbal no importa nada...estoy desesperada por darlo de baja porque no me viene nada bien...leí por internet que si la empresa no facilita un documento de "desistimiento" tengo 3 meses para desistir yo, pero es que pasaron 4...por favor...gracias


Pues lo siento mucho pero la facultad de desistimiento sólo dura 7 días. Podrá ejercitarse incluso aunque la negaran o tacharan, pero en ese plazo.

Lo que haya dicho un comercial si no está recogido en el contrato... ¿cómo se prueba? yo te creo... pero... ¿cómo lo acreditas?

Salvo que el curso no respondiera a lo ofertado no veo posibilidad de terminar el contrato. Y aún en este caso deberíais reclamar primero en consumo y esperar resolución para no tener responsabilidad.

Del mismo modo que los contratos obligan a las empresas (y si te dejaran de sumisnistrar el curso a mitad protestarías) obligan a los consumidores.

Saludos


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 #954
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Buenos días, PADRINO!!
El caso es que en mi comunidad hay un problema: mi vecino de arriba no ha tenido telefonillo nunca y los nuevos propietarios lo quieren. No lo pueden tener, según el informe de un técnico, porque yo cambié el telefonillo de sitio hace 12 años y tapé el registro de éste (le dejé pasar al técnico para dar una solución al vecino de arriba). El administrador dice que yo tengo que correr con los gastos de reposición del registro EN MI PROPIA CASA!!!, ya que es propiedad de la comunidad.
Mi pregunta es: si la comunidad me podría obligar a que reponga el registro, ¿en mi casa no podría entrar nadie sin mi consentimiento a no ser que sea por orden jucial, no?
Y otra pregunta; existe una alternativa a romperme toda una pared de la cocina, y es tirando cable por fuera del edificio, pero es más costosa ¿si yo me negase, la comunidad me podría obligar a haceme cargo de ése coste? recuerdo que el vecino de arriba nunca ha tenido telefonillo. El administrador dice que el telefonillo es propiedad de la comunidad y tine que hacerse cargo ésta.
Muchas gracias y pasa un feliz domingo.

 #955
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hola,mi pregunta es la siguiente

El sabado pasado vendi por internet una moto,el vendedor que soy yo soy de albacete y el comprador es de madrid
acordamos un precio 2000 euros,pero como el comprador no podia venir a recojerla acordamos que yo se la llevaba a madrid a cambio de 60 euros de gasolina que el me dava,y yo alquilaba un carrillo portamotos para llevarsela,el cual pagaba yo

Para estar seguro que no echaria el viaje en valde le dije que me ingresara 100 euros a descontar cuando se la llevase




pues vien ayer mañana alquile el carro y se la lleve,cual es mi sorpresa cuando despues de conducir 252 km,me dice que la rueda de atras esta gastada y o se la rebajo lo que vale la rueda o no se la queda,a lo que yo me niego,ya que es una moto de segunda mano,y lo loguico es que ubiese venido el a verla y si no le ubiese gustado no me ubiese tenido yo que desplazar 500 km

el problema viene cuando me dice que le devuelba los 100 euros que me envio a cuenta,yo en ese momento solo llevaba 50 ya que como pensaba cobrar 2000 euros no me eche dinero,en fin que le di los 50 y le dije que los otros se los ingresaria en cuenta


comclusion,si la moto valia 2000 y no se pudo acer no pasa nada pero estoy obligado a devolverle los otros 50 euros,ya que dijimos que la gasolina la pagaba el y aunque no se hizo la operacion el viaje si lo realize 500 KM + 6 horas + 42 euros del portamotos y todo esto si fue de mi tiempo y mi bolsillo

espero

tu respuesta pa ver si devo devolverle 50 euros o exiguirle la mitad de los gastos gasolina y portamotos
adios

si tengo wassap
 #956
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Originalmente escrito por Fitipaldi_
Buenos días, PADRINO!!
El caso es que en mi comunidad hay un problema: mi vecino de arriba no ha tenido telefonillo nunca y los nuevos propietarios lo quieren. No lo pueden tener, según el informe de un técnico, porque yo cambié el telefonillo de sitio hace 12 años y tapé el registro de éste (le dejé pasar al técnico para dar una solución al vecino de arriba). El administrador dice que yo tengo que correr con los gastos de reposición del registro EN MI PROPIA CASA!!!, ya que es propiedad de la comunidad.
Mi pregunta es: si la comunidad me podría obligar a que reponga el registro, ¿en mi casa no podría entrar nadie sin mi consentimiento a no ser que sea por orden jucial, no?
Y otra pregunta; existe una alternativa a romperme toda una pared de la cocina, y es tirando cable por fuera del edificio, pero es más costosa ¿si yo me negase, la comunidad me podría obligar a haceme cargo de ése coste? recuerdo que el vecino de arriba nunca ha tenido telefonillo. El administrador dice que el telefonillo es propiedad de la comunidad y tine que hacerse cargo ésta.
Muchas gracias y pasa un feliz domingo.


Todo propietari debe respetar los elementos y servicios comunes y todo propietario debe permitir el paso para repararlos.

Si te niegas, obviamente no van a tirar la puerta abajo. Simplemente te demandarán y perderás.

Has modificado algo que no podías modificar, por lo que deberás restituirlo. El vecino de arriba tiene derecho a acceder a un servicio comunitario como es el telefonillo y no se le puede exigir más que pagar su instalación, de deshacer lo que otro haya hecho (sin permiso escrito de la comunidad adoptado en junta por unanimidad)

Lo siento


JLPELAZ en twitter

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 #957
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Originalmente escrito por potole
hola,mi pregunta es la siguiente

El sabado pasado vendi por internet una moto,el vendedor que soy yo soy de albacete y el comprador es de madrid
acordamos un precio 2000 euros,pero como el comprador no podia venir a recojerla acordamos que yo se la llevaba a madrid a cambio de 60 euros de gasolina que el me dava,y yo alquilaba un carrillo portamotos para llevarsela,el cual pagaba yo

Para estar seguro que no echaria el viaje en valde le dije que me ingresara 100 euros a descontar cuando se la llevase




pues vien ayer mañana alquile el carro y se la lleve,cual es mi sorpresa cuando despues de conducir 252 km,me dice que la rueda de atras esta gastada y o se la rebajo lo que vale la rueda o no se la queda,a lo que yo me niego,ya que es una moto de segunda mano,y lo loguico es que ubiese venido el a verla y si no le ubiese gustado no me ubiese tenido yo que desplazar 500 km

el problema viene cuando me dice que le devuelba los 100 euros que me envio a cuenta,yo en ese momento solo llevaba 50 ya que como pensaba cobrar 2000 euros no me eche dinero,en fin que le di los 50 y le dije que los otros se los ingresaria en cuenta


comclusion,si la moto valia 2000 y no se pudo acer no pasa nada pero estoy obligado a devolverle los otros 50 euros,ya que dijimos que la gasolina la pagaba el y aunque no se hizo la operacion el viaje si lo realize 500 KM + 6 horas + 42 euros del portamotos y todo esto si fue de mi tiempo y mi bolsillo

espero

tu respuesta pa ver si devo devolverle 50 euros o exiguirle la mitad de los gastos gasolina y portamotos
adios


El problema que planteas es más de interpretación o de prueba que de conocimiento juridico.

Lo que se da como adelanto del precio debe restituirse si no se compra. Salvo que sean arras (reserva).

Por otro lado depende de como páctaseis ese "hacerse cargo de la gasolina" porque si es a mayores parece que es algo diferente del precio del vehículo.

Por ello yo lo consideraría separado y por lo tanto no sujeto a devolución: la obligación era llevarla, la llevaste y listo.

ahora bien. Ten en cuenta que tú le diste 50 euros. Si no te firmo recibo, él podrá reclamarte los 100 puesto que no tienes prueba de al entrega de esos 50 primeros.

Saludos!!!


JLPELAZ en twitter

Buzón lleno. Contactame por redes sociales.
Gracias a todos los que en algún momento os acordáis de este usuario.
 #958
Escrito   0  0  
Hola buenos dias

Resulta que una SL mercantil sin actividad actual la vamos a reflotar,mi participacion en ella es minima un 6% con vinculos parentales respecto a 2 socios (padre y madre) pero no convivo con ellos y tengo 40 años

yo no soy administrador pero los otros socios TODOS estan jubilados a dia de hoy

entonces ¿la gerencia de la sociedad quien la desempeña?

esa duda me corroe por el tema del tipo de cotizacion a la seguridad social de mi contrato de trabajo (por mas que he leido la Ley) que puede ser sin hacerme autonomo por el porcentaje que tengo en la sociedad minimo (me corrige si no es asi) pero si soy gerente al no haber nadie que lo pueda ser ¿me tocaria regimen general sin Fogasa ni derecho a paro o con Fogasa y derecho a paro?

otra duda es el tipo de contrato al ser una sociedad vinculada su actividad al turismo hay meses que no se trabaja casi nada por tanto queria saber si se puede hacer el contrato de fijo discontinuo sin problema o solo unos tipos de contrato determinados

y la ultima sin animo de ser molesto agradeciendo su atencion,donde estoy ahora llevo mas de 10 años con contrato fijo discontinuo ahora me despiden por fin de actividad (es una SA donde no soy socio solo trbaajdor de la misma y cesa la actividad)para pasar a la otra empresa tras cotizar todos esos 10 años por el regimen general de la SS y con derecho a paro


¿hasta cuando por no extinguirse seria posible usar el paro de la empresa actual que me despiden a fin de mes por cese de actividad con 10 años cotizados si en la SL que me incorporo en Enero cotizase sin Fogasa ni derecho a paro?

¿si renuncio en mi empresa actual no hay paro ni nada de los 10 años trabajados hasta ahora si me hiciese falta mas adelante o si lo hay?

agradezco la atencion si es posible me responda a estas dudas y es que no puedo dejar el trabajo para informarme y lo hago mas que por telefono y los dias para que acabe el año se echan encima antes de lo que pensamos
 #959
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Buenas, mi caso es el siguiente:

Tenia una linea de datos para modem usb de vodafone. El jueves pasado deja de funcoionar, llamo a vodafone y me dicen que he portado a Orange. Ni mi mujer, titular del contrato, ni yo, hemos hecho llamada alguna a orange y la portabilidad ya ha finalizado.

Tras varias llamadas a orange, descubrimos que alguien ha pedido un samsung galaxy 2, en lleida (somos de Albacete), ha pasado los datos a voz (no se puede segun ORange), el titular sigue siendo mi mujer, y ha cambiado el numero de cuenta, que resulta, investigando el numero, que resulta de un BBVA...de Sevilla!!!. Puesto en contacto con el BBVA de mi localidad, me dicen que el numero de cuenta es falso.

Los bobos de Orange, tras infornmarles el jueves, entregan el telefono...el viernes!!! y ahora no me tramitan la baja hasta que segun ellos no comprueben que ha pasado.

Mi pregunta es qué debemos hacer nosotros, porque veo que Orange acabará reclamandonos el precio del telefono al darnos la baja aunque en todo momento les hemos advertido de la situación
 #960
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Originalmente escrito por ARTIJAREL
Hola buenos dias

Resulta que una SL mercantil sin actividad actual la vamos a reflotar,mi participacion en ella es minima un 6% con vinculos parentales respecto a 2 socios (padre y madre) pero no convivo con ellos y tengo 40 años

yo no soy administrador pero los otros socios TODOS estan jubilados a dia de hoy

entonces ¿la gerencia de la sociedad quien la desempeña?

esa duda me corroe por el tema del tipo de cotizacion a la seguridad social de mi contrato de trabajo (por mas que he leido la Ley) que puede ser sin hacerme autonomo por el porcentaje que tengo en la sociedad minimo (me corrige si no es asi) pero si soy gerente al no haber nadie que lo pueda ser ¿me tocaria regimen general sin Fogasa ni derecho a paro o con Fogasa y derecho a paro?

otra duda es el tipo de contrato al ser una sociedad vinculada su actividad al turismo hay meses que no se trabaja casi nada por tanto queria saber si se puede hacer el contrato de fijo discontinuo sin problema o solo unos tipos de contrato determinados

y la ultima sin animo de ser molesto agradeciendo su atencion,donde estoy ahora llevo mas de 10 años con contrato fijo discontinuo ahora me despiden por fin de actividad (es una SA donde no soy socio solo trbaajdor de la misma y cesa la actividad)para pasar a la otra empresa tras cotizar todos esos 10 años por el regimen general de la SS y con derecho a paro


¿hasta cuando por no extinguirse seria posible usar el paro de la empresa actual que me despiden a fin de mes por cese de actividad con 10 años cotizados si en la SL que me incorporo en Enero cotizase sin Fogasa ni derecho a paro?

¿si renuncio en mi empresa actual no hay paro ni nada de los 10 años trabajados hasta ahora si me hiciese falta mas adelante o si lo hay?

agradezco la atencion si es posible me responda a estas dudas y es que no puedo dejar el trabajo para informarme y lo hago mas que por telefono y los dias para que acabe el año se echan encima antes de lo que pensamos


Te oriento compañero, auqnue una respuesta en firme necesitaría examinar tu documentación.

Será Gerente de la sociedad quien se haya designado para ello. Si ahora no tiene actividad, el último. Si retoma actividad designaréis un nuevo adminitrador.

Con uns participación baja, podrás ser administrador GRATUITO. Pero para serlo remunerado tendrás que darte de alta como autónomo.
Otra cosa es que siendo OTRO el administrador te contraten a tí como empleado por cuenta ajena.

La empresa si está justificado por campañas podrá celebrar fijos discontinuos.

Respecto de tu situación actual:
Si renuncias pierdes paro
Si encadenas con nuevo puesto de trabajo debe echarte cuentas un gestor.

Saludos


JLPELAZ en twitter

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Gracias a todos los que en algún momento os acordáis de este usuario.
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