Duda Hacienda

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 #1
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Buenas,

Estoy "intentando" hacer mi declaración de hacienda (ya que hacienda dice que al haber tenido renta basica de emancipacion no me pueden elaborar el borrador) y tengo una duda:


La cuestión es que me desplacé a otra ciudad en 2008 para trabajar,me inscribí antes en el paro (por que me lo exigió la empresa) y conocía que existe una deducción por movilidad geográfica, pero como no me ha hecho falta en declaraciones anteriores no la he usado.
Esta año me sale a pagar y tenía pensado a ver si, de un modo u otro, podría meter dicha deducción.

Tengo entendido que la deducción por movilidad se tiene derecho durante dos años (yo entré a trabajar en agosto de 2008, por lo que supongo que me puedo deducir hasta agosto de 2010) y que no necesita empadronamiento (es recomendable pero no requisito creo haber leido).
Al no haberla solicitado en años anteriores,me surgen varias dudas:

-¿es verdad que no es necesario estar empadronado?
-¿en que casilla debo añadirlo?¿Es prorrateable por meses hasta agosto?


Muchas gracias, un saludo.
 #2
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Hola,

Es cierto que no debes estar empadronado, ni siquiera debes tener contrato de alquiler para tener la deducción por movilidad geográfica. Pero es sumamente recomendable que te empadrones o al menos, tengas un contrato de alquiler, ya que Hacienda las tendrá en cuenta como pruebas fehacientes.

Debes de marcar la casilla de Movilidad Geográfica que sale en el programa PADRE, después de meter los datos personales.

Al marcar la casilla se aplica sobre el período impositivo completo.

Saludos.

[size=-1]NO ME HAGO RESPONSABLE DE LOS PAQUETES PERDIDOS POR CORREOS[/size]
 #3
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quote:
Originalmente escrito por technoad
Hola,

Es cierto que no debes estar empadronado, ni siquiera debes tener contrato de alquiler para tener la deducción por movilidad geográfica. Pero es sumamente recomendable que te empadrones o al menos, tengas un contrato de alquiler, ya que Hacienda las tendrá en cuenta como pruebas fehacientes.

Debes de marcar la casilla de Movilidad Geográfica que sale en el programa PADRE, después de meter los datos personales.

Al marcar la casilla se aplica sobre el período impositivo completo.

Saludos.


Muchisimas gracias, tienes un verde!!Entonces me surgen las siguientes dudas:

-Tengo contrato de alquiler y de hecho estuve recibiendo una renta basica de emancipacion, por lo que entiendo que no habrá problemas en demostrarlo.Entiendo que esta justificación es solo si hacienda me la reclama,¿no?

-Por otro lado,yo me mudé en agosto de 2008 y por tanto solo me corresponderia de enero 2010 a agosto 2010 ¿pero aún así se aplica sobre todo el año?

-¿Da igual no haber solicitado la deduccion el año anterior?

Muchas gracias, un saludo.
 #4
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Gracias por el verde!

En primer lugar, el contrato de alquiler ese que tienes es totalmente válido, además si te dieron la renta de emancipación saben que tienes alquiler y si te mandan un requerimiento probatorio lo solicitarán. Así que te respondo afirmando que únicamente si te lo pide Hacienda deberás hacerlo constar.

Para lo segundo sí te corresponde todo el año. Es más, te diría que lo desgravaras también el próximo año. Y si te dicen algo argumentas que en el año 2009 no lo metiste, por los motivos X. Claro, siempre y cuando hubieras hecho Renta válida en el año 2009. El inspector no se meterá contigo debido a que tu podrías presentarle una paralela y meterlo.

Saludos!

[size=-1]NO ME HAGO RESPONSABLE DE LOS PAQUETES PERDIDOS POR CORREOS[/size]
 #5
Escrito (Editado )  0  0  
Hola a todos, en mi caso no me viene incluida en el borrador y me aparece como no confirmable, pero el caso es que al hacerlo con el programa PADRE, añadiendo los datos fiscales y demas, incluyendo 2520 euros como ganancias patrimoniales por la ayuda, y al mismo tiempo, 8800 euros de deduccion por alquiler junto con el nif del arrendador como es debido, me sale a INGRESAR 300 y pico euros!!!! Pero al no tener un sueldo de mas de 22000 euros, en teoria no estoy obligado a presentarla verdad?

De todas maneras, yo ya no percibo la ayuda pues ya no estoy de alquiler desde Diciembre del año pasado y como es lógico me cortaron el grifo (de hecho, les debo 1 mes que me han pagado de mas, pero aun no me han dicho nada). Lo que no se es si me pueden sancionar si no lo declaro, pues en principio te cortan la ayuda si no lo declaras, pero como ya no la cobro pues no se muy bien que hacer...

Esta claro que no me quedara mas remedio que pagarlo para evitar problemas mayores. Pero para terminar, resulta que el año 2010 estuve hasta noviembre incluido, es decir, 11 meses, por lo que serian 210 x 11 = 2310, pero es que fue en diciembre del 2009 cuando me hicieron el contrato y fue a partir de esa fecha cuando me concedieron la ayuda y en la declaración del año pasado declaré 1 mes de arrendamiento, pero no incluí la ayuda, pues todavia no me la habian ingresado, deberia por eso declarar los 2520 euros de ayuda, incluyendo el mes del año anterior?

Gracias por adelantado.

 #6
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quote:
Originalmente escrito por balrock
Hola a todos, en mi caso no me viene incluida en el borrador y me aparece como no confirmable, pero el caso es que al hacerlo con el programa PADRE, añadiendo los datos fiscales y demas, incluyendo 2520 euros como ganancias patrimoniales por la ayuda, y al mismo tiempo, 8800 euros de deduccion por alquiler junto con el nif del arrendador como es debido, me sale a INGRESAR 300 y pico euros!!!! Pero al no tener un sueldo de mas de 22000 euros, en teoria no estoy obligado a presentarla verdad?

De todas maneras, yo ya no percibo la ayuda pues ya no estoy de alquiler desde Diciembre del año pasado y como es lógico me cortaron el grifo (de hecho, les debo 1 mes que me han pagado de mas, pero aun no me han dicho nada). Lo que no se es si me pueden sancionar si no lo declaro, pues en principio te cortan la ayuda si no lo declaras, pero como ya no la cobro pues no se muy bien que hacer...

Esta claro que no me quedara mas remedio que pagarlo para evitar problemas mayores. Pero para terminar, resulta que el año 2010 estuve hasta noviembre incluido, es decir, 11 meses, por lo que serian 210 x 11 = 2310, pero es que fue en diciembre del 2009 cuando me hicieron el contrato y fue a partir de esa fecha cuando me concedieron la ayuda y en la declaración del año pasado declaré 1 mes de arrendamiento, pero no incluí la ayuda, pues todavia no me la habian ingresado, deberia por eso declarar los 2520 euros de ayuda, incluyendo el mes del año anterior?

Gracias por adelantado.


Buenas,a ver si puedo responderte porque tampoco es que sea un experto en esto jejej:

-Lamento decirte que al recibir la ayuda de alquiler estas obligado a declarar independientemente del sueldo que recibas (http://www.elmundo.es/elmundo/2010/...1265906532.html)

-No se de donde eres pero por ejemplo en Andalucía puedes deducirte el alquiler por la deducción estatal y luego la autonómica.Desconozco si tu comunidad da deducciones y si ya la has hecho

-En cuanto a que no te la hayan incluido en el borrador, yo no me la jugaría y haría la declaración con la ayuda para que no haya sorpresas luego...

-Los pagos debes declaralos (al menos asi me lo dijeron en hacienda) cuando los recibas, por lo que deberías declarar los 2520 (podrías declarar solo 2310 y hacerte el loco,no creo que pase nada pero yo no lo haría...)

_-Lo de que te hayan pagado la ayuda un mes más no creo que pase nada si no ha cantado mucho...

La verdad que la ayuda de alquiler sirve de mucho, pero cuando llega hacienda se cobran una parte...Creo que no te queda otra que pagar,a mi este año me ha salido a pagar 400 euros por la dichosa ayuda...

Un saludo.
 #7
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ok, al final lo he hecho directamente declarando 2520€, por no hacer la complementaria de 2009 por solo un mes. No creo que pase nada, al fin y al cabo me va a tocar pagar igual...

Tienes un verde como agradecimiento.
Gracias por todo.

 #8
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Pues como bien dices killo20, me he enterado de que me puedo deducir tambien el arrendamiento por comunidad autonoma (Madrid) un maximo de 840 euros, independientemente de la desgravación estatal (ya que son cosas distintas), siempre y cuando la base imponible sea inferior a 24000 euros anuales en ambos casos.

Me lo han confirmado desde la propia Hacienda, de hecho he aqui la prueba que lo confirma:

Debes estar logueado para poder ver los enlaces.

Por lo que, de tener que pagar 308 euros, me ha pasado a devolver -47 euracos, que quieras que no al final dentro de lo malo, no lo es tanto.

Hacienda es como un casino, siempre sale ganando, y seguro que mucha gente pica en estas cosas.

Un saludo y gracias por todo.