[CONSEJO] Sentencia del TSJG confirmando LAUDO consumo contra ORANGE

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Aqui os dejo la Sentencia 34/2.014 del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en referencia a un laudo de consumo tras año y medio de pelea con ORANGE por un HTC ONE S averiado. Esta sentencia crea un precedente jurídico por lo que podeis aprovecharla.

Aqui os podeis descargar mi reclamación, el laudo y la sentencia.

Debes estar logueado para poder ver los enlaces.

RESUMEN de todo el PROCESO

El 29 de Septiembre de 2.012 realicé un renove con Orange con un compromiso de permanencia de año y medio en tarifa, y dos años de permanencia en la compañía, con un teléfono HTC ONE S. A los 3 meses comenzó a fallar, llegando a ser enviado 7 veces al servicio técnico por la misma avería.
Durante todo ese tiempo intenté ponerme en contacto con ORANGE, pero la única respuesta fue “que se envíe al servicio técnico el terminal cuantas veces sea necesario” y que “ORANGE no es responsable de la aplicación de la garantía del terminal”.
El 18 de febrero presenté una reclamación en consumo por las repetidas averías del terminal, solicitando que ORANGE cambiara el móvil por estar defectuoso de fábrica. Ante esta reclamación ORANGE presentó un escrito donde indicaba que el ámbito material del arbitraje a la que estaba adherida se limitaba a “la prestación del servicio de telefonía móvil”, con varias exclusiones entre la que se destaca “D) Las relativas a los terminales portadores de telefonía móvil y/o fija”, por lo que según ORANGE “no debe constituirse procedimiento arbitral”.
De todas formas consumo continuó con el arbitraje emitiendo el 25 noviembre de 2.013 el Laudo 36R0018352013 donde quedaba reflejado “ se entra en el fondo del asunto a pesar de que la reclamada alega tratarse de materia excluida de arbitraje… el hecho reclamado no va asociado únicamente al terminal sino que se fundamenta en el consiguiente incumplimiento del propio contrato de suministro de voz asociado a ese terminal”, resolviendo que “la compañía procederá a entregar al consumidor un terminal igual al reclamado o de análogas características”.
Ante este laudo, ORANGE me denuncia ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia solicitando la anulación de dicho laudo y la imposición de costas al demandado, basándose en que el “convenido arbitral no existe o no es válido”, dado, según los abogados de FRANCE TELECOM (Orange), que “no encontramos ante un supuesto excluido del ámbito material del arbitraje”.
El 30 de junio de 2.014 el TSJG dicta la Sentencia 00034/2.014 fallando a mi favor y confirmando que dicho laudo había sido dictado en equidad y que “lo reclamado no va asociado únicamente al terminal sino que se fundamente en el consiguiente incumplimiento del propio contrato de suministro” por lo que ORANGE debe cumplir el laudo y sustituir el terminal defectuoso, cosa que a día de hoy todavía no ha hecho.
Todo lo anterior debería de servir para que siguientes reclamaciones sobre terminales contra la operadora ORANGE prosperen en consumo teniendo presente dicho laudo y la Sentencia 34/2.014 de la Sala de lo Penal y Civil del Tribunal Superior de Galicia.
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Enhorabuena por la victoria!
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Enhorabuena pero una cosa que me asusta de todo...

¿A raíz de una denuncia en consumo Orange te llega a denunciar al TSJ? Que barbaridad...
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quote:
Originalmente escrito por ers32
Enhorabuena pero una cosa que me asusta de todo...

¿A raíz de una denuncia en consumo Orange te llega a denunciar al TSJ? Que barbaridad...


En realidad Orange no le denunció a él, sino que interpuso una demanda de anulación contra el laudo. En Orange ya desde el principio no querían acatar el laudo y lo que hicieron fue recurrir a una herramienta muy excepcional consistente de acudir al TSJ de la comunidad autónoma a intentar que el laudo fuera declarado no conforme a Derecho y anulado.

Que vamos, que con tal de querer tratar al cliente como les dé la gana son capaces hasta el lunes estas cosas

Lo que viene que hacer el forero, ahora que por lo que se ve Orange no cumple nada, es interponer demanda de ejecución contra Orange, reclamando además daños y perjuicios, y denunciar a la operadora además por un delito de desobediencia.
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Escrito   1  0  
En realidad "ichbinich" tiene razón ... en parte.
Por que la respuesta a "ers32" es UN SI ROTUNDO.
France Telecom (Orange) recurrió el laudo de consumo ante el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA denunciándome a mi. Recibí una notificación del mismo donde cito textualmente "deberá comparecer en el procedimiento mediante PROCURADOR que le represente y dirigida por letrado habilitado para ejercer ante este Tribunal... Se advierte a la demandada (o sea yo) que si no comparece en legal forma se le declarará en situación de rebeldía procesar.."
SI, recurrieron el laudo. SI, me denunciaron a mi. SI, estaba obligado a presentarme con abogado y procurador. SI, si no me presentaba me juzgaban en rebeldía procesal. SI, solicitaban que pagase yo todas las costas.SI, me juzgaron en rebeldía procesal. Y SI, gané y no tuve que pagar las costas.
Y SI, fui a consumo, presenté una reclamación por un móvil, gané un LAUDO y terminé siendo juzgado por el JSJG. Pues SI.

Y ahora mismo he solicitado al Juzgado de Instrucción que "obligue" a ORANGE a cumplir el laudo y la sentencia, ya que no se dán por aludidos emoticon disimulo
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Escrito (Editado )  0  0  
quote:
Originalmente escrito por digitocero
En realidad "ichbinich" tiene razón ... en parte.
Por que la respuesta a "ers32" es UN SI ROTUNDO.
France Telecom (Orange) recurrió el laudo de consumo ante el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA denunciándome a mi. Recibí una notificación del mismo donde cito textualmente "deberá comparecer en el procedimiento mediante PROCURADOR que le represente y dirigida por letrado habilitado para ejercer ante este Tribunal... Se advierte a la demandada (o sea yo) que si no comparece en legal forma se le declarará en situación de rebeldía procesar.."
SI, recurrieron el laudo. SI, me denunciaron a mi. SI, estaba obligado a presentarme con abogado y procurador. SI, si no me presentaba me juzgaban en rebeldía procesal. SI, solicitaban que pagase yo todas las costas.SI, me juzgaron en rebeldía procesal. Y SI, gané y no tuve que pagar las costas.
Y SI, fui a consumo, presenté una reclamación por un móvil, gané un LAUDO y terminé siendo juzgado por el JSJG. Pues SI.

Y ahora mismo he solicitado al Juzgado de Instrucción que "obligue" a ORANGE a cumplir el laudo y la sentencia, ya que no se dán por aludidos emoticon disimulo


Ya hombre. Tenías que postularte de el proceso asistido de abogado y procurador porque eres la contraparte y el principio de contradicción hay que respetarlo. Se iban a juzgar unos hechos en torno a un laudo que estimaba una pretensión tuya. Lo grave habría sido que no te citara el juez. Además, lo prescribe así el art. 42 de la Ley de Arbitraje. emoticon sonrisa

Y fue ante el TSJ porque es el competente para el asunto emoticon sonrisa

Eso sí, ahora que Orange incumple, crújeles y bien. Que sepan que los clientes también sabemos jugar como Dios manda
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Bien, siempre que den la razón a los usuarios por una injusticia cometida por una empresa es que vamos por el buen camino,
enhorabuena!
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Escrito   1  0  
quote:
Originalmente escrito por ichbinich
Ya hombre. Tenías que postularte de el proceso asistido de abogado y procurador porque eres la contraparte y el principio de contradicción hay que respetarlo. Se iban a juzgar unos hechos en torno a un laudo que estimaba una pretensión tuya. Lo grave habría sido que no te citara el juez. Además, lo prescribe así el art. 42 de la Ley de Arbitraje. emoticon sonrisa

Y fue ante el TSJ porque es el competente para el asunto emoticon sonrisa

Eso sí, ahora que Orange incumple, crújeles y bien. Que sepan que los clientes también sabemos jugar como Dios manda


Correcto, pero sigo sin entender por que me denunciaron a mi si el laudo lo dictó consumo?¿. Otra cosa es la pretensión de que yo pagara las costas ¿si llego a perder hubiera pagado yo todo?. Por suerte me he quedado con la duda.

Y decir que ahora mismo no han incumplido (hay que ser exactos), ya que el Juzgado de Instrucción que vela por el cumplimiento del laudo no les ha obligado (estamos es agosto emoticon carcajada ) aunque si la sentencia del TSJG. De todas formas me he puesto en contacto con ellos solicitando el cumplimiento y es cuando se han hecho los suecos emoticon disimulo
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Escrito (Editado )  1  0  
quote:
Originalmente escrito por digitocero
Correcto, pero sigo sin entender por que me denunciaron a mi si el laudo lo dictó consumo?¿. Otra cosa es la pretensión de que yo pagara las coastas ¿si llego a perder hubiera pagado yo todo?. Por suerte me he quedado con la duda.

Y decir que ahora mismo no han incumplido (hay que ser exactos), ya que el Juzgado de Instrucción que vela por el cumplimiento del laudo no les ha obligado (estamos es agosto emoticon carcajada ) aunque si la sentencia del TSJG. De todas formas me he puesto en contacto con ellos solicitando el cumplimiento y es cuando se han hecho los suecos emoticon disimulo


No te denunciaron, te demandaron, y la razón es que eres la contraparte en el laudo. El laudo fue instado por ti y por eso. Aunque la realidad es que tampoco es 100% exacto que te demandaran. En realidad la acción de anulación de un laudo tiene que ser promovida conforme al art. 399 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y por eso el formalismo es el de una demanda. Y efectivamente, si hubieras perdido te habría tocado pagar las costas, que incluyen el abogado y procurador de Orange. Pero bueno, teniendo tú razón no había nada de lo que preocuparse

Por cierto, entiendo que el tribunal ha impuesto el pago de las costas a Orange, así que recuerda que te tienen que pagar el abogado y el procurador, y si tuviste que hacer gastos en el desplazamiento, también esos gastos.
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Escrito (Editado )  1  0  
Pero bueno, teniendo tú razón no había nada de lo que preocuparse
Una vez dictado el laudo, si te llevan al TSJ de cualquier comunidad autónoma, tienes que ir si o si. No hay escapatoria.
Sobre si tenía razón, en realidad no lo sabía y hasta pudiera no tenerla.

En este caso (y por eso me parece tan importante) ORANGE impugnó el laudo porque según ella el ámbito material del arbitraje a la que estaba adherida se limitaba a “la prestación del servicio de telefonía móvil”, con varias exclusiones entre la que se destaca “D) Las relativas a los terminales portadores de telefonía móvil y/o fija”, por lo que según ORANGE “no debe constituirse procedimiento arbitral”. Ya no era si el móvil, estaba estropeado, o no, o si estaba en garantía o no, sino si el laudo "estaba ajustado a derecho". Y eso nadie lo sabía, ni siquiera los de consumo llegaron a estar seguros. Alli unos me decían que estaba correcto, otros que ORANGE tenía razón y que nunca tendría que haber "existido" laudo.
Y el TSJG confirma " Se entra en el fondo del asunto a pesar de que la reclamada alega tratarse de materia excluida de arbitraje según su oferta publica de adhesión por cuanto, en el caso concreto que nos ocupa, el hecho reclamado no va asociado únicamente al terminal sin que se fundamenta en el consiguiente incumplimiento del propio contrado de suministro de voz asociado a ese terminal".
Vamos que el árbitro lo hizo muy bien emoticon feliz y es la parte que mas me gusta: los próximos que vayan a consumo a reclamar por un móvil de ORANGE tendrán mas posibilides de ganar si utilizan este laudo y sentencia jaja emoticon Aplauso emoticon Aplauso

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