COSTE CAMBIO TITULAR VEHÍCULO (ayuda)

11.616 12
 #1
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Hola chic@s
Os quiero hacer la siguiente consulta
Tengo un familiar, que le quiere dar su coche a su hijo y la pregunta es, si al hacer el cambio de titular en tráfico se han de abonar las tasas correspondientes más algo más, porque no sé si existen algunas tasas nuevas o si también tienen que ir a Hacienda (con sus tasas correspondientes) porque el coche no tiene más de 3 años.
Os comento que no se venden el coche ni hay compra-venta ni "na de na" emoticon feliz

Espero nos podáis orientar un poquito
Gracias
Saludos


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 #2
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En trafico son 50 euros mas o menos que hay que pagar si o si,en hacienda tendra que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales que saldra por un buen pico porque va en funcion de la antiguedad y modelo de coche,ese pago aqui en Andalucia se hace por internet en Hacienda de la comunidad autonoma,en otras comunidades no se como sera.

Edit. A menos que el coche vaya a ser embargado o algo similar,yo lo dejaria a nombre del padre y me ahorraria unos eurillos que siempre vienen bien.Es mi opinion personal

El caminito del rey es de Ardales
 #3
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aquí puedes calcular el valor mínimo que habrá que declarar:

Debes estar logueado para poder ver los enlaces.

<<TrAtOs oK>>


y el p. talante... nos llevó por delante
 #4
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Uff!! entonces esto de Hacienda es nuevo ¿verdad? porque no me sonaba que hace unos añitos existiese
SAludos


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 #5
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no es nuevo, lleva toda la vida. lo que pasa es que si el coche es reciente sube un piquillo.

<<TrAtOs oK>>


y el p. talante... nos llevó por delante
 #6
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En hacienda se paga el impuesto de sucesiones y donaciones ya que se considera que aunque un podre se lo de a un hijo le está haciendo una donación y tienes que pagar un % del valor de lo que te da, en este caso se determina mediante unas tablas.
Es un caso muy parecido a si tus padres te dan algo de dinero para ayudarte en la compara de un piso, coche, etc... Por ese dinero también tendrás que pagar el correspondiente impuesto a hacienda, aún cuando ese dinero de tus padres se haya ganado trabajando honradamente.
 #7
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Muchísimas gracias a todos, se lo comentaré aunque ya veo que no le saldrá rentable
Saludos y graciass


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 #8
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quote:
Originalmente escrito por jesus35
aquí puedes calcular el valor mínimo que habrá que declarar:

Debes estar logueado para poder ver los enlaces.

Buen aporte compañero!!!
 #9
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Como ya se ha comentado a Hacienda y a la DGT les da lo mismo que haya o no haya contrato de compra venta. Es un cambio de titular y ellos cobran por ese concepto si o si.

Yo miraría si aun pagando esos impuestos y tasas te compensa el cambio. Si el domicilio va a ser el mismo obviamente el IVTM también será de la misma cantidad. Si la relación con tu padre es buena yo lo dejaría como está y te informo que a la hora de pagar el IVTM no es obligatorio que el recibo esté domiciliado en el banco. Se puede pagar en mano y lo puede pagar cualquiera aunque no sea el titular. Para eso hay que ir al ayuntamiento correspondiente y solicitar la anulación de la domiciliación del recibo.
 #10
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Estoy en una situación similar, según la web que habéis puesto sale un valor pero supongo que se paga un porcentaje de ese valor ¿no?

Invitación SIMYO:
Llévate gratis 5€ euros extra si vienes a prepago o 10€ euros extra si vienes a contrato.
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Gracias
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