[HILO OFICIAL] Cambio condiciones de Orange Generalizado

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Originalmente escrito por sfgaz
Hasta hoy, que han pasado el cargo de la factura, no me creía la eliminación de la perma. Sinceramente, no me fiaba de Orange. Pero la baja está realizada de forma correcta y no me han cobrado penalización alguna. Tenía que verlo para creerlo.

Animo a todos los que os sintais engañados a reclamar lo que es justo, y que seais insistentes porque al final se consigue.

Agradecer públicamente a bybene este tema.

Yo estoy esperando a que me llegue la factura. También estoy un poco rallado. Mis padres tenían permanencia y les pase a Jazztel, en la primera factura no me llego nada, pero a los 2 meses llegó una factura solo con la permanencia (que nos pagaba Jazztel).
Nuestro caso es diferente puesto que no tenemos permanencia (porque nos la han quitado), pero con estos de Orange todo te puedes esperar...
 #142
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edito
 #143
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Hola!
Soy otra afectada por este cambio. Al igual que a muchos de vosotros solo se me informo en factura del cambio pero no se me informo expresamente del derecho de desistimiento que tenia.

Siguiendo vuestras instrucciones he reclamado por todas las vias posibles (SAT Telefonico, en varias llamadas interminables y en el SAT online a traves del chat y también poniendo una de sus dichosas reclamaciones de 800 caracteres) y por más que repito lo mismo, solo me dan dos opciones: Pedir baja sin penalización alguna o cambio a otra tarifa eliminando los compromisos anteriores y firmando un compromiso nuevo de 12 meses desde ahora.
Evidentemente no quiero causar baja y perder mi numero y si que me convendria un cambio de tarifa a otra más economica (estoy en Delfin 40) pero mi objetivo desde hace tiempo es acabar con mi actual permanencia (en mayo acaba la de tarifa y en noviembre la de compañia) para empezar a vivir cual espíritu libre de compañia en compañia sin atarme a nadie emoticon sonrisa

Ahora mismo tengo preparada la reclamación por escrito modificando la que vosotros enlazasteis de la web abogado amigo (muchas muchas gracias por cierto), tengo la copia del contrato, el pdf de las caracteristicas de las tarifas descatalogadas, copia de las conversaciones con el SAT Online... pero estoy un poco cansada de pelear por la eliminación de permanencia porque veo que por todos lados me doy contra el mismo muro.

Entonces me planteo: ¿Sigo peleando por ello aunque al final tarde más tiempo de lo que me queda con ellos o me acojo a una tarifa más económica durante 12 meses por aquello de más vale pajaro en mano...? emoticon sorprendido
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No recaigas!!! Entre todos podemos hacer algo muy grande demostrando a la gente de que pasta esta hecha esta compañia. Yo tambien ando desesperado, y no me dejan de llamar con ofertas absurdas.
Esperemos que no tarde mucho , en mi caso, la Omic jejje
ANIMO
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No recaigas!!! Entre todos podemos hacer algo muy grande demostrando a la gente de que pasta esta hecha esta compañia. Yo tambien ando desesperado, y no me dejan de llamar con ofertas absurdas.
Esperemos que no tarde mucho , en mi caso, la Omic jejje
ANIMO
 #146
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Pues me han respondido al email que le diera mis datos y he devuelto el correo con la siguiente respuesta:
EXPONE:
1.- Al haber tenido conocimiento por los canales de información de al compañía de que las condiciones de prestación del servicio telefónico habían sido modificadas en fecha 1-12-2014 en los siguientes puntos:

2.- La velocidad de navegación por internet, superado el límite contratado a alta velocidad, se reduce a 32 kbps, haciendo imposible la navegación web y uso de aplicaciones a diferencia de la velocidad reducida ofrecida con anterioridad (64kbps) que permitía un uso lento.

Adjunto archivo de la factura con numero: xxxxxxxxxxxxxx en la que se efectuaron los cambios que corroboran la bajada de velocidad, en el apartado informacion que te puede interesar, me comunican el cambio y el derecho como cliente de resolver el contrato en caso de no estar de acuerdo. Mi tarifa contratada antes de los cambios, habla y navega, tenia una velocidad una vez consumidos los datos de 64kbs:
Aqui adjunto una foto de mi tarifa.
3.- Las modificaciones señaladas suponen una importante y fundamental variación de las condiciones en las que desde el momento de contratación se había venido prestando el servicio. El cliente que suscribe valoró expresamente esas condiciones antes de adoptar la decisión de contratar el servicio y fue un elemento clave en su toma de decisión, por lo que al modificarse unilateralmente por el prestador de servicios de telecomunicación le sitúa en una posición de indefensión y sometimiento al criterio de la parte predisponente en las condiciones contractuales.
4.- Que dichas modificaciones en la prestación del servicio le han sido confirmadas directamente en el servicio de atención al cliente de la compañía, numero 471 via telefonica numero de expediente interno xxx de la reclamacion y en la factura xxx donde se notifica el cambio de las prestaciones del contrato en la bajada de velocidad una vez consumido el bono de datos donde no se indica el plazo para reclamar del cliente de no estar de acuerdo con el empeoramiento de las condiciones, ni de la forma de hacerlo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

PRIMERO.- Los artículos 1254, 1256 y 1258 del Código Civil en cuanto a la perfección del contrato por el mero consentimiento de las partes, momento desde que el contrato obliga a ambos contratantes. El consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato (art.1262 CC) estando en el supuesto que nos ocupa plenamente identificados uno y otro. Por otra parte, la validez y el cumplimiento de los contratos no podrán quedar al arbitrio de una sola de las partes.

SEGUNDO.- El artículo 9 en su apartado segundo del Real Decreto 899/2009 por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, dispone expresamente que “El usuario final tendrá derecho a resolver anticipadamente y sin penalización alguna el contrato en los supuestos previstos en el apartado anterior”. Es claro por ello que el operador de telefonía puede modificar las condiciones contractuales de prestación del servicio, adaptándolo a sus necesidades técnicas, pero, para evitar la indefensión del cliente que con una expectativa legítima ha suscrito compromiso de permanencia, en contrapartida el cliente podrá resolver el contrato (es decir, cancelar la permanencia) posibilitándole de esta forma adoptar una decisión de contratación basada en las circunstancias reales y actuales.

Las modificaciones que son base de esta reclamación afectan al contrato en tanto en cuanto quedan recogidas en el artículo 8 del referido real decreto que determina de forma imperativa el contenido del contrato con usuarios finales de prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.

El compromiso de permanencia, cualquiera que sea su origen, es un contrato vinculado al de prestación de servicios telefónicos, inescindicible e inseparable, por lo que la “resolución anticipada y sin penalización que refiere el mencionado artículo 9 necesariamente debe implicar la cancelación de cualquier permanencia vigente en el momento de la modificación unilateral.

TERCERO.- Expresamente el artículo 61 en su apartado segundo del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios estipula que “el contenido de la oferta, promoción o publicidad, las prestaciones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y garantías ofrecidas serán exigibles por los consumidores y usuarios, aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido y deberán tenerse en cuenta en la determinación del principio de conformidad con el contrato”. Siendo clara la oferta en el momento de la contratación y posteriormente hasta la modificación unilateral por parte del prestador de servicios.

CUARTO.- La modificación sobrevenida de las condiciones de prestación de servicio, prevaleciéndose la empresa de telefonía de su posición de dominio en la relación contractual, impiden que un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz pudiera adoptar decisiones de consumo informadas, viciando de forma insubsanable el consentimiento prestado. El concepto de consumidor medio queda desarrollado y consagrado en la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en la sentencia “Gut Springenheide” de 16 de julio de 1998, asunto C-210/96, más concretamente en su fundamento jurídico n° 31.

QUINTO.- Es obligación del empresario dar información suficiente al consumidor de las características de del bien ofertado y además de sus condiciones esenciales según lo expresamente dispuesto tanto por el artículo 20 apartado primero letra b del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, como por el Capitulo II del Título II del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.
SEXTO.- En dicha factura xxxxxx del 8-11-2013 se me indica la bajada de velocidad y que tengo derecho a si no estoy de acuerdo a resolver el contrato con orange, pero orange tambien incumple la ley por que no informa al cliente detalladamente de como resolverlo.

Por todo lo expuesto anteriormente SOLICITA:

1.- Que se declare resueltos todos los compromisos de permanencia que tengo con mi compañia orange para mi línea xxxxx, para asi poder portar el numero telefonico libremente, que es propiedad del cliente, en este caso Antonio Moreno Pozuelo,a otro operador y no pagar el importe establecido por incumpliento de contrato de la compañia orange.

2.- En su caso, no siendo atendida la presente solicitud iniciará la reclamación de la eliminacion de permanencias del contrato ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la sociedad de la información de conformidad con lo previsto en el RD 424/2005.
En lugar y fecha:

cordoba 4 de marzo 2014



ANTONIO xxxxxxx dni xxxxxxxxx LINEA DE CONTRATO xxxxxxxxxxxxxx
Un saludo y espero respuesta.
Este escrito esta dirigido a la empresa de telecomunicaciones FRANCE TELECOM ESPAÑA, S.A. (ORANGE), con domicilio en Pozuelo de Alarcón (Madrid), en Paseo del Club Deportivo nº1 (Parque Empresarial la Finca), CP 28223

POR LO MENOS ME HE QUEDADO A GUSTO DESPUES DE MANDARLO.Seguiremos la lucha.


Darle al pulgar verde con un voto positivo para agradecer comentarios no cuesta nada.
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Me contesta la tal veronica esto:
Veo que el día 28/02/2014 has contactado ya con el servicio especializado en reclamaciones y que te han informado que ahora mismo no tienes compromiso de permanencia con tu tarifa y la cual se podría cambiar.

Lo compromisos que ahora mismo tienes son por el renové y por el descuento aplicado a tu línea y estos compromisos sintiéndolo muchísimo, no se pueden eliminar.

Si como me indicas vas a iniciar un trámite oficial a través de la Oficina del Consumidor, cualquier gestión al respecto se realizará por vía oficial, por lo que puedes dirigirte a ellos para informarte sobre esa gestión.

Le he vuelto a responder que la factura que me notifican los cambios, me reconocen tambien que si no estoy de acuerdo puedo solicitar mi resolucion de contrato y que no entiendia si reconocen el empeoramiento de las condiciones y mis derechos como me ponian tantas trabas y no me facilitan lo que ellos mismos reconocen................

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 #148
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he leído todo el hilo pero no se habla de prepago. Hoy me ha llegado un sms cambiando tarifa ocio a una mucho peor. Tengo al menos 75 euros, no se si podré reclamar de alguna forma, ya que tengo 75 euros que me van a dejar inservibles con la p... mier... de tarifa que me han puesto. Alguien sabe que puedo hacer?
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quote:
Originalmente escrito por starman305
Me contesta la tal veronica esto:
Veo que el día 28/02/2014 has contactado ya con el servicio especializado en reclamaciones y que te han informado que ahora mismo no tienes compromiso de permanencia con tu tarifa y la cual se podría cambiar.

Lo compromisos que ahora mismo tienes son por el renové y por el descuento aplicado a tu línea y estos compromisos sintiéndolo muchísimo, no se pueden eliminar.

Si como me indicas vas a iniciar un trámite oficial a través de la Oficina del Consumidor, cualquier gestión al respecto se realizará por vía oficial, por lo que puedes dirigirte a ellos para informarte sobre esa gestión.

Le he vuelto a responder que la factura que me notifican los cambios, me reconocen tambien que si no estoy de acuerdo puedo solicitar mi resolucion de contrato y que no entiendia si reconocen el empeoramiento de las condiciones y mis derechos como me ponian tantas trabas y no me facilitan lo que ellos mismos reconocen................


El compromiso se tiene que eliminar independientemente del concepto que lo generó. Ellos cambian las condiciones y tú tienes derecho a rescindir el contrato por ello. En mi caso el compromiso era por renove. Y conseguí que lo eliminaran. No desfallezcas.
 #150
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A starman le avisaron de su derecho de rescindir el contrato, a mí sólo se me notifica la reducción de velocidad por lo que es otro punto que reclamo. Estoy pensando en llamarles dentro de unos días, cuando hayan recibido la carta. ¿Sería factible cuando me pasen con el departamento de reclamaciones para informarme sobre la cancelación de la permanencia decirles que aceptaría que me pasasen a Amena con la tarifa de 7 euros ? tengo delfín 12 y me quedan 4 meses de permanencia, era de la antigua Amena
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