[NOTICIA] Estos son tus derechos si te dejan sin internet móvil (como pasó ayer con BlackBerry

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Ayer BlackBerry sufrió problemas con el suministro de internet en Europa, Oriente Medio y África, un problema que afectó a un número indeterminado de los dos millones de clientes que posee en España. Interrupciones al navegar por la web, caídas en Twitter, WhatsApp... ¿A quién reclamar? ¿Qué cantidad tengo derecho a recibir como indemnización?

"Estamos trabajando para resolver una incidencia que afecta ahora mismo a algunos usuarios de smartphones BlackBerry en EMEA (Europa, Oriente Medio y África). Estamos investigando y pedimos disculpas a nuestros clientes por las molestias ocasionadas mientras resolvemos la incidencia", reconocía ayer Blackberry en un comunicado.

Una situación que muchos usuarios, por desconocimiento, pasan por alto a la hora de reclamar sus derechos. La organización de consumidores OCU nos da las claves para que sepamos qué nos corresponde por la interrupción del servicio y cómo proceder en estos casos.

¿A quién reclamar?

Siempre a tu compañía de telefonía móvil (Movistar, Vodafone, Orange y Yoigo). Aunque Blackberry es quien ha tenido el problema con el suministro de internet, tu contrato por el servicio de voz y datos lo has firmado con el operador.

¿Qué tengo derecho a reclamar?

Según la ley, en el caso de interrupción del servicio, la cantidad que el usuario tiene derecho a percibir será la mayor de las dos siguientes:

1.- El promedio del importe facturado por todos los servicios afectados durante los últimos tres meses, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción. Es decir, si tu tarifa plana cuesta 15 euros, deberías multiplicar la cifra por tres y dividirlo por las horas en las que has estado sin servicio.

2.- Cinco veces la cuota mensual de abono prorrateada por el tiempo de la interrupción.

En el caso de que la mayor de estas cuantías sea superior a 1 €, el operador estará obligado a devolver el importe automáticamente en la factura del siguiente período.

Si el corte en el servicio se ha debido a causas de fuerza mayor (ataques informáticos, incendios...) el operador compensará automáticamente al abonado con el importe de la cuota de abono prorrateada por el tiempo que dure la interrupción. Es decir, 15 euros dividido, por ejemplo, entre seis horas: 2,5 euros, que deberían ser descontados en la factura del mes siguiente al problema.

Se trata de indemnizaciones "irrisorias" para Antonino Joya, director de Comunicación de OCU: "A nuestro juicio las penalizaciones deberían ser superiores".

"Cada usuario es libre de reclamar más, pero ya sería vía tribunales, mediante la compensación correspondiente, por ejemplo, a la pérdida de haber cerrado un acuerdo comercial importante al interumpirse la conference call, las transacciones bursátiles, geolocalización o lo que cada usuario estime conveniente", manifiesta.

Uno de los aspectos con los que suelen jugar los operadores para no afrontar las indemnizaciones es no reconocer el corte del servicio, pero no es el caso del problema sufrido ayer. Blackberry reconoció la interrupción después de que la noticia se publicara en diversos sitios de internet.

NO ME HAGO RESPONSABLE DE ENVIOS SIN ASEGURAR

el unico rojo que tengo es por decirle la verdad a alguien que no tiene otra forma de defenderse que lanzar mentiras
mis cacharos:galaxy s3,galaxy note,lumia 800,defy+,new ipad
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A reclamar a Vómistar se ha dicho.emoticon alegre
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reclamar, que otra vez falla.....
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¿Podría alguien colgar un modelo estándar de reclamación? Y teléfonos o mails de los operadores, para facilitar la tarea a la gente. Si se encuentran con muchas reclamaciones, a lo mejor se estiran y hacen compensación automática para no procesar todas esas peticiones, y salimos todos ganando. (Lo haría yo, pero no tengo Blackberry ni contrato con un operador que preste ese servicio).
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Hoy tambien falla!! maldito RIM

-Evolución en movil: Motorola M3188(MOVISTAR), allá por el 1999-2000,mitsubishi trium Mars, Nokia 5210, Sonyericsson T630, SAMSUNG Z240, NOKIA E51,Blackberry 9105, BB9810, OUKITEL K10000 DESDE MAYO 2018 DOOGEE BL 12000 Y DESDE AGOSTO 2020: BLACKVIEW BV9100
El Criticón hace crítica constructiva (o por lo menos se intenta)
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(Usuario baneado)
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no se si has escrito tú la noticia o si la has sacado de otro sitio, pero el que haya hecho los cálculos de lo que te tienen que pagar en funcion de las horas sin servicio se ha hecho un pequeño lío... repásalo y veras como no tiene sentido :P
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cometero va bien encaminado en el post que abre este hilo....

dejo otro enlace para iluminar más el asunto emoticon guiño

Las 'ridículas' indemnizaciones por la caída del servicio en línea de BlackBerry.


Oscilan entre 30 céntimos y 2,5 euros, según asociaciones de consumidores.
Son los operadores quienes tienen que pagar, pese a que el error fue de RIM.


ELMUNDO.es | Madrid
Actualizado martes 11/10/2011 13:31 horas

Las indemnizaciones a las que tienen derecho los usuarios de BlackBerries que ayer sufrieron la caída de sus servicios en línea oscilan entre 30 céntimos y 2,5 euros, afirman las asociaciones de consumidores.

Y aseguran además que son los operadores quienes están obligados a pagar, a pesar de que el fallo ha sido reconocido por el fabricante de los dispositivos, Research In Motion (RIM).

Según publicaba hoy el diario 'online' La Información, las reclamaciones hay que interponerlas a la compañía operadora de móviles, aunque el fallo se debiera a un problema con los servidores de RIM, dado que el servicio de datos ha sido firmado con ellas.

En este sentido, la norma establece que la cantidad que los operadores deberán devolver a los clientes, automáticamente en la factura siguiente a producirse la interrupción del servicio, será la que corresponde al prorratear la cuota mensual por el número de horas sin servicio.

La OCU señalaba a citado medio que "se trata de indemnizaciones 'irrisorias'". "A nuestro juicio las penalizaciones deberían ser más altas", comentaba Antonio Joya, aunque estas cantidades se pueden reclamar sin perjuicio de otras judiciales en los tribunales, en el caso de que la caída del servicio tuviese otras consecuencias, como la pérdida de un negocio, de una transacción bursátil, etc.

También FACUA se lamenta, en RTVE.es, de que la cuantía que prevé la ley por interrupción del servicio son "ridículas", y pide cambios normativos para que las indemnizaciones "respondan auténticamente a los perjuicios causados".


fuente
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quote:
Originalmente escrito por cometero

1.- El promedio del importe facturado por todos los servicios afectados durante los últimos tres meses, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción. Es decir, si tu tarifa plana cuesta 15 euros, deberías multiplicar la cifra por tres y dividirlo por las horas en las que has estado sin servicio.

2.- Cinco veces la cuota mensual de abono prorrateada por el tiempo de la interrupción.


Dejando de lado que los calculos estan mal hecho... ¿Seguro que se elije entre esas dos opciones? Porque no tiene sentido... La primera hablar de sacar la media de los ultimos 3 meses, la media de 3 meses pagando 15 euros son 15 euros, si estas un dia sin servicio es 2 X 15/30 que es 1 euro.

La segunda opcion habla de multiplicar por 5 la cuota mensual y del resultado prorratear los dias del mes sin servicio, es decir 15 X 5 = 75 que prorrateado a 2 dias son 5 euros...

Siempre va a dar mucho mas alto el segundo calculo, savo caso excepcional en que en el ultimo mes se haya pagado por el servicio una cuota inferior a la quinta parte de lo que se pagaba en los dos meses anteriores....

emoticon angel

Como he comentado en otro post, apuesto a que las operadoras devolveran sin problemas la cuota prorrateada de los dias que no se haya tenido servicio (una cuota de 15 euros al mes supone 50 centimos al dia), pero no os espereis pagos por daños y perjuicios o daños morales en atencion al cliente, para eso seguro que habra que recurrir a los tribunales y aportar las pruebas corespondientes...

Un saludo
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(Usuario baneado)

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