Para formular la reclamación:
1 Texto de la reclamación, entiendo que se debe formular una única reclamación, con todas las tarjetas
prepago 2x1 que tengamos a nuestro nombre, por cuestión de economía procesal.
2 Referencia a la junta arbitral ganada por ebrozgz, con expresión del numero de expediente, el compañero piskeante ha insistido en este particular, que es importante y nos servirá de ayuda.
3 Relación de páginas web relativas a la guerra comercial entre orange y euskaltel, proporcionada por el compañero socom7, sí queremos añadir o modificar, es cuestión de buscar por internet. Es importante aportar a la junta arbitral capturas de pantalla, de cada enlace.
4 Relación de resoluciones de la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, que reflejan la guerra comercial entre Orange y Euskaltel, con referencia expresa en una resolución a la duplicación de saldo, y que explica la singularidad de la oferta de duplicación de saldo, que no tiene carácter personal a una persona concreta, sino a todas las tarjetas que decidieron acogerse a la oferta de Orange y dejar Euskaltel, y que no estaba sujeta a ninguna condición.
Todo se puede modificar y mejorar, pero creo que es importante que se haga saber a todos los foreros.
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NOMBRE Y APELLIDOS, DNI, DOMICILIO soy de cliente de Orange, con la cual tengo contratado entre otros el servicio de telefonía de los siguientes números en la modalidad de
prepago: PONER TODOS LOS NUMEROS DE TELEFONO CON DUPLICACIÓN DE SALDO.
Soy cliente de Orange con los indicados números desde 2006, ya que anteriormente a esa fecha, me encontraba con la compañía Euskaltel. El día 16 de octubre de 2006 Orange me realizó una oferta comercial, a través de mensaje de texto: “Orange, Recargue su tarjeta con Orange, y a partir de mañana recibirá el doble en todas sus recargas para toda la vida. + info 470”.
Aceptada por mi parte la señalada oferta, cada vez que hacía una recarga, Orange me aplicaba la expresada oferta comercial, que consistía en duplicar la recarga que acababa de realizar. En ningún caso, se indicaba en las condiciones de la oferta, que este saldo era o fuera a ser a ser considerado “promocional”.
En agosto del año 2009, recibí, vía
sms, dos mensajes con el siguiente tenor: “Orange. Desde agosto, podrás consultar el saldo promocional que obtienes con Recarga Plus. Este saldo es válido para un mes. Consulte condiciones de uso en orange.es”.
Y otro mensaje que decía lo siguiente: “Orange. Desde agosto, podrás consultar el saldo promocional extra que obtienes en Orange. Este saldo es válido para un mes. Consulta condiciones de uso en orange.es”
Entiendo, que Orange esta procediendo de forma que no se ajusta a Derecho, pues una cosa es el saldo promocional que ofrece Orange por su propia voluntad por recarga plus u otros saldos que ofrece de vez en cuando, y que limita la validez de su duración por un mes, con una oferta comercial muy concreta, que duplicaba las recargas sin condición de ningún tipo, y que hizo que este cliente, en lugar de pasar mis líneas
prepago que antes he identificado a Euskaltel, permanecieran en Orange. Y que tampoco se acogiera a la oferta que también realizó Orange, para que las tarjetas con duplicidad de recarga y tarifa plana, se pudieran pasar a contrato, con la promoción de que solo pagarían el 50% del gasto de la factura.
He llamado al número 1414, para informarme del significado del mensaje que antes señale, y me indicaron que a partir del 16 de agosto de 2009, Orange ha modificado las condiciones de las recargas, de los clientes que proceden de Euskaltel. Según me informó el referido servicio de atención al cliente, la oferta comercial “para toda la vida” a los antiguos clientes de Euskaltel, se ha terminado, ya que Orange, unilateralmente ha decidido, que se va a crear un “saldo promocional”, en el que se computarán las recargas dobles que se hacen a los clientes de Euskaltel que se vinieron a Orange, el 16 de octubre de 2006.
Además, me informaron que el “saldo promocional”, solamente se puede utilizar durante 30 días naturales, caducando pasado ese periodo temporal, y no es válido para llamadas internacionales, servicios
sms premiun, ni números especiales. También queda excluidas del uso del saldo promocional el pago de las cuotas correspondientes a todo proceso o servicio que no sea considerado bono o promoción.
Considerando esta situación, estimo que se esta incumpliendo la oferta comercial aplicada a los clientes de Euskaltel el 16 de octubre de 2006.
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En apoyo de mi pretensión, y para que pueda ilustrar a la Junta Arbitral sí lo tiene por conveniente, aporto el tenor literal de la decisión del Laudo Arbitral celebrado en Las Palmas de Gran Canaria, el 27 de octubre de 2010 expediente nº 189/10/ARB, entre un usuario de la tarjeta
prepago que disfrutaba de la duplicación de saldo de por vida, conforme a la oferta que realizó Orange, y que hemos descrito:
“Por ello, se ESTIMA la petición de la parte reclamante frente a la empresa reclamada. La empresa reclamada procederá a continuar con la oferta realizada el 16 de octubre de 2006: recepción del doble de todas las recargas "para toda la vida" de la línea
prepago PONE NÚMERO con las mismas condiciones.”
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Asimismo adjunto enlaces de pagínas web, que acompaño con capturas de pantalla impresas, donde se refleja la referida guerra comercial entre Orange con Euskaltel, que dio lugar a la oferta que hizo Orange de duplicación de recargas de por vida, sin ningún tipo de condicionante.
http://es.wikipedia.org/wiki/Euskaltel
Debes estar logueado para poder ver los enlaces.
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Por ultimo, también adjunto referencias a resoluciones de la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, donde se refleja la intensa guerra comercial entre Euskaltel y Orange, y a la oferta que hizo esta última, de duplicar el saldo de las tarjetas
prepago de por vida y sin ninguna condición, y reducir su importe en un 50% sobre el consumo a las de contrato. De las mismas, resulta que la duplicación del saldo no era una promoción limitada a una persona en concreto, sino a todas las personas poseedoras de tarjetas de Euskaltel que decidieran quedarse como clientes de Orange. Dichas resoluciones, se pueden consultar en la web de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones
http://www.cmt.es/cmt_ptl_ext/SelectOption.do
Sesion 36/06 de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, celebrada el 26 octubre 2006, expediente de referencia MTZ 2006/1141.
Sesión 38/06 de la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, de fecha 9 noviembre 2006, expediente de referencia MTZ 2006/1141.
Sesion 43/2006 de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, celebrada 21 diciembre 2006, expediente de referencia MTZ 2006/1505.
Sesión 02/2007, de la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, de fecha 18 de enero 2007, expediente de referencia AJ/2006/1522.
Sesión 43/2007 de la la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, celebrada el 20 diciembre 2007 relativa a la resolución por la que se acuerda el cierre de las informaciones previas abiertas contra Euskaltel SA y France Telecom España SA por el presunto incumplimiento de las resoluciones de 26 de octubre de 2006, 9 noviembre 2006 y 18 enero 2007. Y en la página 2 hace referencia expresa la referido acta “a que orange sigue ofreciendo únicamente los clientes de Euskaltel un movil gratis y un descuento del 50% en todas las llamadas para toda la vida”, información que vuelve a repetirse en las páginas 13 y 14, donde no aparece ningún tipo de condición para disfrutar de la misma durante toda la vida, pues el único requisito era el dejar de recibir servicios de telefonía movil de Euskaltel y recibirlos con esa o esas tarjetas
prepago de Orange.