quote:
Originalmente escrito por guandanara
Por favor, leete el contrato desde la primera a la ultima palabra.
Si encuentras en el contrato que el servicio de atencion es si o si gratuito, nos avisas y TODOS ponemos una reclamacion oficial!
http://movil.orange.es/contenidos/p...ion_prepago.pdf
http://movil.orange.es/contenidos/p...on_postpago.pdf
Os aviso a TODOS, en los contratos que has posteado claro que no aparece (por eso no los he leido de la primera a la ultima palabra), pero aqui sí
:
Real Decreto de 15 de abril del 2005 (R.D. 424/2005) en su articulo 104 punto 1 parrafo primero cita textualmente:
“Artículo 104. Procedimientos de resolución de conflictos.
1. Los operadores deberán disponer de un departamento o servicio especializado de atención al cliente, que tenga por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual que planteen sus clientes. Los titulares del departamento o servicio de atención al cliente serán los encargados de relacionarse, en su caso, con el titular del servicio administrativo de solución de controversias a que se refiere el apartado 4 y al que remitirán copia de las actuaciones realizadas con indicación del número de referencia asignado a la correspondiente reclamación. Este servicio de atención al cliente, de carácter gratuito, deberá prestarse de forma que el consumidor tenga constancia, en cualquier caso, de la reclamación, queja o petición efectuada, estando obligado el operador a comunicar al abonado el número de referencia dado a la reclamación, queja o incidencia planteada por el usuario..”
Otra cosa es la interpretación de que el tlfno gratuito sea hablar con una maquina y si quieres hablar con una persona ya se cobre, y esa es mi duda, si alguien tiene alguna idea que comente, gracias.