Carnets de conducir...
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Yo saqué el de moto (todas las cilindradas) y poco después el de coche, así que puedo llevar cualquier moto (no sé para qué si ya no tengo, pero todo se andará...)
JAN, nunca te olvidaremos, descansa en paz, amigo.
He hecho tratos con tanta gente que ya no me acuerdo
He hecho tratos con tanta gente que ya no me acuerdo
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Pues si tienes mas de dos años de experiencia ( y te quieres sacar el carnet A) sólo tienes que hacer la prueba teórica especifica (16 preguntillas) y el circuito cerrado que en menos de minuto y medio lo tienes hecho. Y con este carnet durante dos años solo podras llevar motos de hasta 34cv y a partir de este tiempo...lo que quieras.
saludos
saludos
Barcelona
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Bueno, aquí estoy yo de nuevo para explicaros todos los temas del Código de Circulación.
R.D. 772/97, Reg.Gral.Conductores
Capítulo II - Del permiso de conducir
Art.5 --> Clases de permiso de conducir:
A1 -> Motocicletas ligeras sin sidecar con una cilindrada máxima de 125 centímetros cúbicos, una potencia máxima de 11 kilovatios (kW) y una relación potencia/peso no superior a 0'11 kilovatios/kilogramo (kW/Kg).
A -> Motocicletas, con o sin sidecar. Triciclos y cuadriciclos de motor.
Art.Art.6, apartado 4 --> El permiso de las clases B, B+E, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, y D+E, no autoriza a conducir motocicletas de dos ruedas, con o sin sidecar. Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.
Y con respecto a la eliminación del específico para algunos carnets, os comento de este tema la modificación que ha habido por el Real Decreto 62/2006 de 27 de enero por el que se modifican algunos artículos del Reglamento General de Conductores (RD 772/97)
Modificación del Art.44.3 --> Las pruebas de control de conocimientos comprenderán:
a/ prueba de control de conocimientos común a todo permiso de circulación
b/ Prueba de control de conocimientos específicos
Modificación del Art.51.8 --> en este artículo solo modifican las pruebas específicas de los permisos de clase C1, C, D1, y D
con lo cual este artículo en su apartado 2.a se mantiene igual
Art.51.8 --> a/ Los permisos de conducción de las clases A1 y A, una prueba de control de conocimientos específicos sobre las materias a que se refiere el Artículo 48 apartado 2.1ª, párrafos a), b), c), d), e) y f).
Y esto es lo que os dice el
Artículo 48.2.1ª
a) Normativa específica aplicable a la conducción y circulación de motocicletas, triciclos y cuadriciclos.
b)Utilización de la indumentaria de protección, como guantes, botas, otras prendas y el casco.
c) Visibilidad de las motocicletas por los demás usuarios de la vía.
d) La técnica de conducción de motocicletas.
e)Factores de riesgo ligados a las diferentes condiciones de la vía, prestando especial atención a los tramos deslizantes tales como recubrimientos de drenaje, señales en la calzada (líneas, flechas) y raíles de tranvía.
f) Aspectos mecánicos con incidencia en la seguridad víal, prestando especial atención a las luces de emergencia, a los niveles de aceite y a la cadena de tracción.
Asímismo en el Artículo 49.6 de aptitudes para el permiso A1 y A, dice lo siguiente:
Los solicitantes de los permisos A1 y A también deberán saber:
a) ajustarse el casco y verificar los demás equipos de seguridad y protección propios de la motocicleta.
b) Quitar el soporte de la motocicleta y desplazarla sin la ayuda del motor, caminando a su lado.
c) Estacionar la motocicleta apoyándola en su soporte.
d) Dar media vuelta en U.
e) Conservar el equilibrio del vehículo a diferentes velocidades, en marcha lenta y en diferentes situaciones de conducción, incluso al transportar un pasajero.
f) inclinarse para girar.
y en el Artículo 52.2:
Los solicitantes de permiso de conducción de las clases A1 y A realizarán las siguientes maniobras:
a) Zig-Zag entre jalones a velocidad reducida
b) Circular sobre una franja de anchura limitada
c) Zig-Zag entre jalones
d) Evitar un obstáculo
e) Aceleración y frenado
f) Frenado de emergencia controlado
Las maniobras a) y b) se realizarán a poca velocidad y deben permitir comprobar el manejo del embrague en combinación con el freno, el equilibrio, la dirección de la visión, la posición sobre la motocicleta y la posición de los pies en el reposapies.
Las maniobras c) y d) se realizarán a más alta velocidad: la primera, alcanzando al menos 30 Km/h, y la segunda, para evitar un obstáculo a una velocidad mínima de 50 Km/h, y deben permitir comprobar la posición sobre la motocicleta, la dirección de la visión, el equilibrio, la técnica de conducción y la técnica del cambio de marchas.
Las maniobras e) y f) se realizarán a velocidades mínimas de 30 Km/h y 50 Km/h, respectivamente, y deben permitir comprobar el manejo del freno delantero y trasero, la dirección de la visión y posición sobre la motocicleta.
Luego dejará la motocicleta sobre su soporte perfectamente estacionada y con el motor parado.
Como veis, no ha cambiado nada. Sigue existiendo el específico de moto (teórico) y el práctico.
Espero haberos ayudado.
R.D. 772/97, Reg.Gral.Conductores
Capítulo II - Del permiso de conducir
Art.5 --> Clases de permiso de conducir:
A1 -> Motocicletas ligeras sin sidecar con una cilindrada máxima de 125 centímetros cúbicos, una potencia máxima de 11 kilovatios (kW) y una relación potencia/peso no superior a 0'11 kilovatios/kilogramo (kW/Kg).
A -> Motocicletas, con o sin sidecar. Triciclos y cuadriciclos de motor.
Art.Art.6, apartado 4 --> El permiso de las clases B, B+E, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, y D+E, no autoriza a conducir motocicletas de dos ruedas, con o sin sidecar. Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.
Y con respecto a la eliminación del específico para algunos carnets, os comento de este tema la modificación que ha habido por el Real Decreto 62/2006 de 27 de enero por el que se modifican algunos artículos del Reglamento General de Conductores (RD 772/97)
Modificación del Art.44.3 --> Las pruebas de control de conocimientos comprenderán:
a/ prueba de control de conocimientos común a todo permiso de circulación
b/ Prueba de control de conocimientos específicos
Modificación del Art.51.8 --> en este artículo solo modifican las pruebas específicas de los permisos de clase C1, C, D1, y D
con lo cual este artículo en su apartado 2.a se mantiene igual
Art.51.8 --> a/ Los permisos de conducción de las clases A1 y A, una prueba de control de conocimientos específicos sobre las materias a que se refiere el Artículo 48 apartado 2.1ª, párrafos a), b), c), d), e) y f).
Y esto es lo que os dice el
Artículo 48.2.1ª
a) Normativa específica aplicable a la conducción y circulación de motocicletas, triciclos y cuadriciclos.
b)Utilización de la indumentaria de protección, como guantes, botas, otras prendas y el casco.
c) Visibilidad de las motocicletas por los demás usuarios de la vía.
d) La técnica de conducción de motocicletas.
e)Factores de riesgo ligados a las diferentes condiciones de la vía, prestando especial atención a los tramos deslizantes tales como recubrimientos de drenaje, señales en la calzada (líneas, flechas) y raíles de tranvía.
f) Aspectos mecánicos con incidencia en la seguridad víal, prestando especial atención a las luces de emergencia, a los niveles de aceite y a la cadena de tracción.
Asímismo en el Artículo 49.6 de aptitudes para el permiso A1 y A, dice lo siguiente:
Los solicitantes de los permisos A1 y A también deberán saber:
a) ajustarse el casco y verificar los demás equipos de seguridad y protección propios de la motocicleta.
b) Quitar el soporte de la motocicleta y desplazarla sin la ayuda del motor, caminando a su lado.
c) Estacionar la motocicleta apoyándola en su soporte.
d) Dar media vuelta en U.
e) Conservar el equilibrio del vehículo a diferentes velocidades, en marcha lenta y en diferentes situaciones de conducción, incluso al transportar un pasajero.
f) inclinarse para girar.
y en el Artículo 52.2:
Los solicitantes de permiso de conducción de las clases A1 y A realizarán las siguientes maniobras:
a) Zig-Zag entre jalones a velocidad reducida
b) Circular sobre una franja de anchura limitada
c) Zig-Zag entre jalones
d) Evitar un obstáculo
e) Aceleración y frenado
f) Frenado de emergencia controlado
Las maniobras a) y b) se realizarán a poca velocidad y deben permitir comprobar el manejo del embrague en combinación con el freno, el equilibrio, la dirección de la visión, la posición sobre la motocicleta y la posición de los pies en el reposapies.
Las maniobras c) y d) se realizarán a más alta velocidad: la primera, alcanzando al menos 30 Km/h, y la segunda, para evitar un obstáculo a una velocidad mínima de 50 Km/h, y deben permitir comprobar la posición sobre la motocicleta, la dirección de la visión, el equilibrio, la técnica de conducción y la técnica del cambio de marchas.
Las maniobras e) y f) se realizarán a velocidades mínimas de 30 Km/h y 50 Km/h, respectivamente, y deben permitir comprobar el manejo del freno delantero y trasero, la dirección de la visión y posición sobre la motocicleta.
Luego dejará la motocicleta sobre su soporte perfectamente estacionada y con el motor parado.
Como veis, no ha cambiado nada. Sigue existiendo el específico de moto (teórico) y el práctico.
Espero haberos ayudado.
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Gracias a todos, pero eso ya lo tengo claro, lo que pregunto es si alguien ha leído en algún sitio eso de que tienen pensado surpimir el examen práctico en circuito de moto.
Gracias XR-Scully!
Un saludo
Gracias XR-Scully!
Un saludo
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¿no has leido la parrafada que tanto tiempo me ha llevado escribir?
No, no han quitado el practico ni el específico ni lo van a quitar.
Lo único que se ha suprimido es la mecánica por ejemplo del BTP, y se ha mantenido unicamente el específico.
Lo que te he puesto es el RD de Conductores, más la última modificación que ha habido este año.
Más de lo que hay ahí escrito no existe.
quote:Yo te liquido!!!!
Originalmente escrito por jaztin
Gracias a todos, pero eso ya lo tengo claro, lo que pregunto es si alguien ha leído en algún sitio eso de que tienen pensado surpimir el examen práctico en circuito de moto.
Gracias XR-Scully!
Un saludo
¿no has leido la parrafada que tanto tiempo me ha llevado escribir?
No, no han quitado el practico ni el específico ni lo van a quitar.
Lo único que se ha suprimido es la mecánica por ejemplo del BTP, y se ha mantenido unicamente el específico.
Lo que te he puesto es el RD de Conductores, más la última modificación que ha habido este año.
Más de lo que hay ahí escrito no existe.
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para los que tienen carnet de coche y quieren conducir motos A1, solo es en territorio nacional
como dice XR-Scully, realmente no tenemos ese carnet, solo que las policias de aqui no van a multarnos para que asi se descongestione el trafico (y aparcamiento) de las ciudades
como dice XR-Scully, realmente no tenemos ese carnet, solo que las policias de aqui no van a multarnos para que asi se descongestione el trafico (y aparcamiento) de las ciudades
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jejejejejeje sí, claro que lo había leído, pero lo que decías era:
Y yo ya sé que, a día de hoy, no ha cambiado nada, lo que preguntaba era si alguien sabía si cambiaría en futuro próximo, que es lo que había leído en otro Foro(hablaban concretamente de mayo).
Por lo que dices ya tengo claro que no, muchas gracias!!
Un saludo
quote:
Originalmente escrito por XR-Scully
Yo te liquido!!!!
¿no has leido la parrafada que tanto tiempo me ha llevado escribir?
No, no han quitado el practico ni el específico ni lo van a quitar.
Lo único que se ha suprimido es la mecánica por ejemplo del BTP, y se ha mantenido unicamente el específico.
Lo que te he puesto es el RD de Conductores, más la última modificación que ha habido este año.
Más de lo que hay ahí escrito no existe.
jejejejejeje sí, claro que lo había leído, pero lo que decías era:
quote:
]Como veis, no ha cambiado nada. Sigue existiendo el específico de moto (teórico) y el práctico.
Y yo ya sé que, a día de hoy, no ha cambiado nada, lo que preguntaba era si alguien sabía si cambiaría en futuro próximo, que es lo que había leído en otro Foro(hablaban concretamente de mayo).
Por lo que dices ya tengo claro que no, muchas gracias!!
Un saludo
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No, para nada. Los cambios que ha habido los ha habido ya. De hecho es que la gente que se tenía que examinar de BTP, han retrasado sus examenes hasta exactamente el 7 de abril para no tener que hacer el examen de mecánica.
Pero estos cambios, ya están en vigor desde el 7 de abril, para nada mayo. Y no habrá cambios hasta vete tú a saber cuando.
Pero estos cambios, ya están en vigor desde el 7 de abril, para nada mayo. Y no habrá cambios hasta vete tú a saber cuando.
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