Subira La Penalizacion El 1 De Julio???

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 #1
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TIMOSTAR SUBIRA EL IVA 16% actual al 18 % a partir del 1 de julio de 2010??????

SUBE TODO O NO ????

REAL BETIS BALOMPIE
 #2
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Pues claro, eso no depende de Movistar, depende del gobierno. Movistar tendrá que pagar el 18 por ciento de iva, por lo tanto te lo cobrará, a no ser que decida bajar precios. ¿Tú crees que hará eso?
 #3
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Movistar, como todas las empresas, son meros intermediarios que se encargan de cobrar el IVA que pone el GOBIERNO. Que el IVA suba del 16% al 18% no quiere decir que Movistar vaya a tener más ingresos. Significa que los clientes pagaremos más por la subida del impuesto que decidió el gobierno.

 #4
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Ojo, no creo que la permanencia suba, porque es algo que el operador paga en el momento en que compras el teléfono.

Si lo compraste antes del 1 de julio, el IVA que aplican a ese teléfono (tanto lo que te cobran a tí, como la aportación de la compañía) van al 16%, así que el día en que te cobren la permanencia, te cobrarán lo mismo(porque es algo que ya estaba facturado antes de la subida del IVA).

Saludos de un Luis, desde Zaragoza.
 #5
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quote:
Originalmente escrito por sjlsjl
Ojo, no creo que la permanencia suba, porque es algo que el operador paga en el momento en que compras el teléfono.

Si lo compraste antes del 1 de julio, el IVA que aplican a ese teléfono (tanto lo que te cobran a tí, como la aportación de la compañía) van al 16%, así que el día en que te cobren la permanencia, te cobrarán lo mismo(porque es algo que ya estaba facturado antes de la subida del IVA).


Lo dudo la verdad. Más que nada porque la penalización es tanto más iva.
 #6
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Yo creo que te cobraran el iva (al 18%) de la parte de movil que debas.Si es un mes respecto de una permanencia de 18, pues eso 1/18 del precio del movil, mas el iva al 18% de esa cantidad.
 #7
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quote:
Originalmente escrito por sjlsjl
Ojo, no creo que la permanencia suba, porque es algo que el operador paga en el momento en que compras el teléfono.

Si lo compraste antes del 1 de julio, el IVA que aplican a ese teléfono (tanto lo que te cobran a tí, como la aportación de la compañía) van al 16%, así que el día en que te cobren la permanencia, te cobrarán lo mismo(porque es algo que ya estaba facturado antes de la subida del IVA).


No estoy de acuerdo, cuando compras el móvil el apoyo es realmente x precio + iva, no te dicen que tenga que ser el 16%, sino el iva.
Por esa regla de 3, yo cuando me dí de alta firmé un contrato en el que el iva era el 16% xDDD

Alias en Telegram: @GupiGupi81
 #8
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quote:
Originalmente escrito por GupiGupi
No estoy de acuerdo, cuando compras el móvil el apoyo es realmente x precio + iva, no te dicen que tenga que ser el 16%, sino el iva.
Por esa regla de 3, yo cuando me dí de alta firmé un contrato en el que el iva era el 16% xDDD


Meeeeec, errorrr.emoticon sonrisa

El IVA es un impuesto que se genera en el momento en que se produce una venta. Tu operador YA PAGÓ su parte correspondiente del IVA, el día en que compraste el teléfono.

Si cancelas el contrato, el operador te cobrará eso mismo que pagó él en su momento (o sea, al 16%).

En cambio, aunque firmaras un contrato cuando el IVA era del 16%, las llamadas se hacen ya cuando sube al 18%... en cambio el teléfono se adquirió ANTES de la subida.

Piénsalo como si fuera un préstamo. Antes de comprar el teléfono, el operador te paga su precio y el IVA del 16%. Con eso y tu parte, pagas el teléfono.

Ahora cancelas el contrato y, ¿qué te exige el operador? Que le devuelvas lo que te prestó, es decir, su precio y el IVA del 16%. Si te cobrara el 18% estaría llevándose un 2% por la cara, porque no es eso lo que te prestó en su día. emoticon guiño

Saludos de un Luis, desde Zaragoza.
 #9
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Y te pongo un ejemplo más claro:

Te compras un piso nuevo, precio+IVA. El banco te presta precio+IVA. Tú pagas el piso con ese dinero y cada mes vas devolviendo al banco lo que te prestó.

Sube el IVA. ¿Vas a tener que pagar más por la hipoteca? No. Devuelves justamente lo que te prestó y ni un duro más.emoticon guiño

Saludos de un Luis, desde Zaragoza.
 #10
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Yo entiendo que la cancelación no supone que se anule el contrato original y se devuelva la subvención, ya que distintos terminales que tienen distintas subvenciones conllevan la misma indemnización y por otra parte, distintas fechas de ruptura de permanencia (según sea antes de los 6,12 o 18 meses), también suponen distintas cantidades, sino una contraprestación por incumplimiento, y por tanto el IVA que se devenga debe ser el vigente en el momento del incumplimiento.
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