Cambio de las CCGG

4.127 10
 #1
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Hola,

Bueno, pues se me ha ocurrido leer las Condiciones Generales de prepago y contrato Amena, y hay algunos cambios que resultan interesantes. Voy a pegar lo que me ha sorprendido más...

quote:
Fuente: Condiciones Generales de prestación de servicios de Contrato Amena
2. PRECIO DEL SERVICIO

[...]

En caso de otorgarse al Cliente descuentos en factura o la aplicación de Tarifas que comporten franjas temporales u horarias sin coste para el Cliente, tarifas planas o un límite de facturación máxima por tiempo o volumen de tráfico telefónico, las mismas serán incompatibles con cualquier sistema que implique la concentración, transformación o conversión de llamadas o del tráfico,

¿Y esto qué demonios es?

...reservándose AMENA en tal caso, bien la resolución contractual, bien la facturación al Cliente del tráfico efectivamente cursado y/o sin aplicación de tales limitaciones o descuentos.

¿Quiere decir que si "concentramos, transformamos o convertimos" nuestras llamadas nos dan de baja, GRATIS, SIN PENALIZACIÓN?

AMENA se reserva, en caso de predisponer tarifas planas o un límite de facturación máxima por tiempo o volumen de tráfico telefónico, la posibilidad de aplicar a las mismas un incremento equivalente al aumento que experimente anualmente el Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo Oficial que lo sustituya.

Vaya perros, se guardan un as en la manga...

[...]

6. CONDICIONES DEL SERVICIO

[...]

En caso de interrupción por causa de fuerza mayor AMENA se limitará a compensar al Cliente con la devolución automática de los importes en concepto de cuota y otras independientes del tráfico prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción. A estos efectos quedan totalmente excluidos los servicios de cobertura internacional de llamadas (roaming) prestados en el extranjero por operadores distintos de AMENA y no tarificados en la red de ésta.

¿Cómo? Esto lo han cambiado y no lo entiendo.

...y en caso de producirse una interrupción de éste [del Servicio], el Cliente, cuando proceda, tendrá derecho a una indemnización automática, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado, al menos igual a la mayor de las dos siguientes, siempre y cuando el importe que resulte sea superior a un Euro: A.- Promedio del importe facturado por el servicio interrumpido durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el periodo en que se produzca la interrupción; si la antigüedad del Servicio interrumpido es inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura que hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado. B.- Cinco veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.

Pero si no hay cuota de abono...


Y en lo demás no veo cambios. ¿Opiniones?
 #2
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Gracias por tu trabajo emoticon sonrisa. A ver si alguien nos lo aclara, porque está un poco enrevesado, como la mayoría de CC.GG. de todos los servicios.

SALUDOS emoticon guiño.


¡¡RECUERDA!!:
"Lo importante es la calidad, no la cantidad." emoticon guiño

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 #3
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no me he enterao de la mitad O_o voy fino xD

...The road to hell is paved with good intentions...
Fuente inagotable de argumentos sin pies ni cabeza:
Las peras son una mierda, un dia comi una y estaba mala, todas las peras son una mierda y asi se extingan
[/argumentoquetecagas]

xDD
 #4
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Yo es que no entiendo nada de nada. Eso de "concentrar" el tráfico me ha matao. Lo que sí se entiende bien es lo de la subida del precio d los bonos y las tarifas "planas" con el IPC. Qué cabrones.

Ah, se me olvidaba:

Debes estar logueado para poder ver los enlaces.

Debes estar logueado para poder ver los enlaces.

...por si alguien quiere echar un vistazo. Qué pereza.
 #5
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Ah, y siguen saliendo cosas interesantes.

Sobre el Roaming de prepago (lo interesante es lo que va en negrita, el resto es paja descriptiva):

quote:
El Cliente puede realizar y recibir llamadas nacionales e internacionales y consultar gratuitamente su buzón de voz desde España, pudiendo utilizar el Servicio desde el extranjero para recibir llamadas y mensajes cortos o enviar mensajes. La realización o recepción de llamadas por el Cliente, o el envío de mensajes cortos estando fuera de España, se efectuará:

a) con cargo a su saldo en aquellos países y a través de aquellos operadores con los que AMENA haya suscrito un acuerdo específico según información disponible en nuestro sitio web Debes estar logueado para poder ver los enlaces. o Servicio de Atención al Cliente 470;

b) o, en su caso, con cargo a su tarjeta de crédito cumplimentando previamente la solicitud del servicio específico mediante la Autorización de Cargo correspondiente al servicio Roaming Internacional de Tarjeta AMENA (cobertura internacional de llamadas) conforme a sus Condiciones Particulares.

Fuera de los casos a) y b), el Cliente, estando en el extranjero y en países con los que AMENA tenga acuerdo de cobertura internacional con el operador correspondiente, solo podrá recibir llamadas y enviar mensajes con cargo a su saldo. El Cliente satisfará a AMENA los importes por llamadas realizadas y recibidas en el extranjero de acuerdo con los cargos o precios que se hayan establecido por la utilización de la Red de operadores extranjeros, no tarificados en la Red de AMENA y repercutidas por ésta al Cliente, de acuerdo a las condiciones específicas disponibles a través del Servicio de Atención al Cliente y sitio web de AMENA.

O sea, que el precio del roaming hay que consultarlo en el 470 o internet. Peero...

...No se facilitará el detalle del origen de llamadas recibidas en roaming.

¿¿Por qué?? ¿¿Cómo se comprueba que se está cobrando bien??

[...]

Las presentes Condiciones Generales no amparan la utilización de tarjetas SIM fuera de dispositivos móviles salvo autorización expresa y previa de AMENA.

O sea, si se jode la SIM al copiar los contactos con un lector o intentar clonarla, ¿pueden negarse a cambiártela?

Bajo el principio de neutralidad tecnológica, atendido que la Tarjeta SIM está asociada a dicho número de identificación personal y a un número de teléfono, toda comunicación, realizada a partir de la Tarjeta SIM y/o clave de acceso asignadas al Cliente, se considerará como efectuada por éste o con su consentimiento, siendo por tanto responsable con arreglo a las presentes Condiciones Generales y a la Ley. Así el Cliente acepta como prueba toda instrucción telefónica que dirija a AMENA mientras disfrute de la prestación del Servicio básico o los suplementarios. Para el supuesto de surgir cualquier controversia entre las partes sobre las comunicaciones realizadas por el Cliente, las partes otorgan plena eficacia probatoria a los registros generados o almacenados por los sistemas informáticos asociados a la prestación de los servicios salvo prueba en contra a cargo del Cliente.

:-0 ¿O sea que tenemos que grabar las conversaciones del 470 si queremos reclamar? Además de que si CUALQUIERA nos coge el móvil, en teoría podría hacer cambios de configuración de la línea o cualquier cosa. Menos mal que en Amena comprueban bastante bien la identidad del cliente.

El Cliente podrá dirigirse a AMENA, previa su identificación y acreditación de circunstancias personales, a través de su Servicio de Atención al Cliente mediante llamada gratuita desde numeración de AMENA al número 470 (Particulares) o, en su caso, sus oficinas comerciales, para presentar reclamaciones sobre el funcionamiento, precio, facturación, responsabilidad por daños o cualquier otra cuestión que pudiera plantearse en relación con la prestación del Servicio, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho que las motive. En caso de reclamación formulada telefónicamente a través de su Servicio de Atención al Cliente, se informa a éste último de que podrá solicitar un documento acreditativo de la presentación y contenido de la queja o reclamación. Formulada la reclamación expresa dirigida a AMENA, si el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de AMENA en el plazo de un mes podrá dirigir su reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo a las que AMENA esté adherida.

1) Tenemos sólo un mes para presentar reclamaciones. Por lo menos, si las ponemos por teléfono, podemos pedir que nos envíen una confirmación escrita de que nuestra reclamación se está atendiendo. Operadores: ¿cómo se pide? ¿Cómo se envía? Incordiad un poco a los supervisores o algo; parece interesante.

Bueno, son unas condiciones muy distintas a las anteriores, la verdad, y un rato confusas.
 #6
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Yo me he quedado como las vacas cuando ven pasar el tren!!emoticon desconcertado emoticon desconcertado

YA NO ME ASUSTO POR NADA, PERO TODOS LOS DÍAS
SIEMPRE HAY ALGUIEN QUE ME SORPRENDE...
emoticon desconcertado emoticon desconcertado 🇮🇨
 #7
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deja, que me hago una imagen mental xD

mascando hierba? :P

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Las peras son una mierda, un dia comi una y estaba mala, todas las peras son una mierda y asi se extingan
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xDD
 #8
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Up, a ver si alguien nos aclara algo que no entendemos ná...
 #9
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Que venga un abogado a explicar!!!

CAMPEONES EUROCOPA 2008 CAMPEONES
CAMPEONES MUNDIAL 2010 * CAMPEONES
 #10
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hay que poner algo para que alguien intente descifrarlo a ve...

una piruleta de cereza para el que explique las condiciones de manera que sean comprendidas para el humano medio :P

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xDD
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