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Originalmente escrito por @sellery
Muchas gracias por las sugerencias.
Por una parte, se fehacientemente que es legal hacer pública por una persona privada una conversación de la que forma parte entre una parte realmente privada (dicha persona) y una entidad o persona jurídica siendo la afectada y parte contratante en su momento la persona privada, dado que yo en todo momento estoy hablando con Orange y no tengo ningún contrato con ella que me imponga ningún tipo de confidencialidad.
No es así, en un juicio o en un procedimiento que puede sustituir un juicio cuando puedes mostrar una conversación en la participas sin el consentimiento de la otra parte, pero no hacerlo público (salvo que seas periodista o tengas una web dedicada a denunciar prácticas como esa) aunque en la práctica cuando se hace publica una conversación privada en la que se demuestra alguna actividad ilegal (como este caso) una denuncia por ello implica reconocer alguna actividad ilegal y por ello no suelen denunciarse.