[AYUDA] Propietaro no quiere depositar fianza en IVIMA (Madrid)

15.012 16
 #1
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Buenos días,

Llevo dos meses de alquiler en un nuevo piso y cuando firmé el contrato le dije al propietario que tenía intención de declarar el piso para deducirme el alquiler en la declaración de la renta.

No sabía que para ello, una de las condiciones es que el propietario deposite la fianza en el Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid.

He llamado al propietario del piso y dice que no piensa hacer nada de eso, que no le sale de ahí abajo....

¿Alguna solución? He intentado hablar por las buenas con él y no entra en razón, porque aparte de no entregar la fianza ahí dice que el año que viene no declarará el piso en la declaración de la renta.

A ver si alguien ha estado en una situación similar y me puede aconsejar.

Gracias de antemano.

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 #2
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Pues hasta donde yo se tienes la sartén por el mango, porque si tienes un contrato firmado tú puedes ponerlo en la declaración y efectivamente te va a desgravar y si ven que él no lo está declarando le van a sancionar. Precisamente yo ahora estoy en esa tesitura como propietario y no tenía muy claro como hacerlo pero un amigo me dijo que su tía lo hacía en B y a los inquilinos le dió por ponerlo en la declaración de la renta y ahora le han metido a ella un puro de casi 6.000€.

Soy malo y eso es bueno, jamás seré bueno y eso no es malo y no me cambiaría por nadie.

Mi cuerpo y mi alma pertenecen a laura.1974 emoticon enamorado
 #3
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quote:
Originalmente escrito por Aoshi81
Pues hasta donde yo se tienes la sartén por el mango, porque si tienes un contrato firmado tú puedes ponerlo en la declaración y efectivamente te va a desgravar y si ven que él no lo está declarando le van a sancionar. Precisamente yo ahora estoy en esa tesitura como propietario y no tenía muy claro como hacerlo pero un amigo me dijo que su tía lo hacía en B y a los inquilinos le dió por ponerlo en la declaración de la renta y ahora le han metido a ella un puro de casi 6.000€.

Tengo contrato, por eso no habría problema.

El caso es que ahora para deducirte el alquiler, una de las condiciones es que el propietario haya depositado la fianza en el IVIMA (Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid).

He leído varios foros e indican que Hacienda te puede hacer una paralela y solicitarle los documentos como que ello es cierto, y tendría que presentar un recibo de depósito como que la fianza fue deposita en ese organismo, cosa que evidentemente yo no tendría por culpa del propietario y es posible que me hicieran devolver lo que posiblemente podría deducirme por alquiler.

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 #4
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Pues parece que llevas toda la razón, yo tenía entendido que si tu lo declarabas pero él no lo había depositado le podian multar pero ahora leyendo tampoco me queda muy claro. Es que si fuera así podrías "amenazarle" con que tú lo vas a declarar por si acaso te devuelven y que al ver que no aparece la fianza en el ivima le multarían.

A ver si alguien nos ilumina porque me interesa esto.

Soy malo y eso es bueno, jamás seré bueno y eso no es malo y no me cambiaría por nadie.

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 #5
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Yo creo que eso no es así.

Vamos a todas las personas que conozco, yo incluido que se deducen el alquiler, ninguna de esas personas ha depositado su casero nada en el ivima.

De hecho yo he mirado en el manual y no dice absolutamente nada de ello.

Hablamos de la deducción del 10,5% por vivienda habitual, el de las casillas 716 y 772.

A ni ser que te refieras de alguna dedicación específica por comunidad autónoma...

Debes estar logueado para poder ver los enlaces.

Como parece que mi lista de clones es algo taaaaann interesante, aquí la explicación.
http://www.gsmspain.com/foros/p1756...ml#post17563196

Fanboy aborregado.
 #6
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Vale, lo he mirado y efectivamente hay dos deducciones, la estatal que es la del 10,5% y es la que suele meter la gente, y otra autonómica para menores de 35 años que es del 20%, y que es la que el propietario tiene que depositar la fianza en el ivima.

Si no te la deposita tendrás que deducirte la estatal y no la de menores de 35 autonómica.

Sobre sí es obligatorio que la deposite. Pues sí es obligatorio, algo de lo que me acabo de enterar al plantear lo tu. Pero vamos que yo creo que muy poca gente lo hace. Lo que no se sí eso tu lo podrás denunciar, llama al IVIMA y pregúntalo.

Saludos.

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Como parece que mi lista de clones es algo taaaaann interesante, aquí la explicación.
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Fanboy aborregado.
 #7
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Originalmente escrito por hinder
Yo creo que eso no es así.

Vamos a todas las personas que conozco, yo incluido que se deducen el alquiler, ninguna de esas personas ha depositado su casero nada en el ivima.

De hecho yo he mirado en el manual y no dice absolutamente nada de ello.

Hablamos de la deducción del 10,5% por vivienda habitual, el de las casillas 716 y 772.

A ni ser que te refieras de alguna dedicación específica por comunidad autónoma...


Creo que sí, que son esas casillas.

Como dije antes, en Madrid es obligario que el propietario deposite la fianza en dicho organismo, sino me puedo ir olvidando de esa deducción...

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 #8
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Yo lo meteria en la declaracion de todas formas, es tu derecho.

Si luego, a el le cae un paquete, el sabra. Y si los de Hacienda te lo deniegan, pues no has perdido nada, pero lo vuelves a intentar, justificando que tu no sabias nada, y que creias que era una obligacion del propietario, en todo caso, no ha sido mala fe porque no es nada achacable a tu actuacion.

No se muy bien como funciona el IVIMA, pero... ante un contrato de alquiler, si existe la obligacion por parte del propietario de pagar esa fianza, ellos no lo exigen? Para que sirve entonces, para que los propietarios puedan defraudar al pais y ademas, sin riesgo de que no les pague el inquilino?

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 #9
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quote:
Originalmente escrito por A-Manuel
Creo que sí, que son esas casillas.

Como dije antes, en Madrid es obligario que el propietario deposite la fianza en dicho organismo, sino me puedo ir olvidando de esa deducción...


No, a ver hay dos deducciones la estatal del 10,5% y la autonómica del 20%.

Sin depósito en ivima no podrás acceder a la deducción autonómica que da Madrid del 20%, pero SI podrás a la deducción estatal del 10,5%.

Y si es obligatorio. Pero no se como podrás obligarle a hacerlo.

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Como parece que mi lista de clones es algo taaaaann interesante, aquí la explicación.
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Fanboy aborregado.
 #10
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quote:
Originalmente escrito por JoseCSS
Yo lo meteria en la declaracion de todas formas, es tu derecho.

Si luego, a el le cae un paquete, el sabra. Y si los de Hacienda te lo deniegan, pues no has perdido nada, pero lo vuelves a intentar, justificando que tu no sabias nada, y que creias que era una obligacion del propietario, en todo caso, no ha sido mala fe porque no es nada achacable a tu actuacion.

No se muy bien como funciona el IVIMA, pero... ante un contrato de alquiler, si existe la obligacion por parte del propietario de pagar esa fianza, ellos no lo exigen? Para que sirve entonces, para que los propietarios puedan defraudar al pais y ademas, sin riesgo de que no les pague el inquilino?



No es así y te explico porque:

No es una obligación del propietario ingresar esa fianza ahi. Me explico. Si tienes un acuerdo escrito o verbal con el propietario donde le solicitabas eso,evidentemente está obligado a hacerlo,sino no. Estoy en las mismas con mi casero. En mi caso es diferente, mi suegra me marco la casilla de la ayuda estatal y de la autonomica sin saber que para la autonomica mi casero tenia que pagarle esa fianza mi comunidad (mediante el modelo 806), y a mi casero jamás le había yo solicitado eso,así que evidentemente ahora que hacienda me ha venido a preguntar por eso, he tenido que fastidiarme y renunciar a esa ayuda.

Por lo tanto, no es una obligación legal del arrendador pagar eso, al menos que tu se lo hayas solicitado y te haya dicho que si. Osea a las malas y sin que el consienta,no conseguiras nada.


Evidentemente si el no quiere declarar tu alquiler a hacienda y tu si, el que tiene todo de perder es él. Pero con lo del impuesto de subvención autonomico,tienes todas las de perder.

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