Cómo ajustar 40.000 millones sin tocar el Estado del bienestar

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Exacto. Lo acabo de terminar de leer.

¿Estás dando el mismo peso a un voto particular de un juez que a la propia sentencia de todo el tribunal?

Esto no lo esperaba emoticon carcajada emoticon carcajada

Estás dando mas peso a un voto particulr de un juez que a esto:


Tras recordar el régimen derivado del Acuerdo entre la Santa Sede y el Estado español de 3 de enero de 1979, sobre enseñanza y asuntos culturales, razona el Juzgado que nos encontramos ante una relación laboral de naturaleza temporal pero objetivamente especial, pues ha sido establecida así en un tratado internacional, quedando fuera por ello del régimen de la Ley del estatuto de los trabajadores (en adelante LET). De la normativa específica que regula dicha relación laboral se deduce que los nombramientos de profesores de religión católica son para cada curso escolar; que se producen atendiendo a las propuestas realizadas por el ordinario diocesano del lugar, “sin que tales propuestas estén sometidas a control alguno por parte del Estado, pues la Autoridad académica viene obligada a nombrar como profesores de Religión y Moral Católica a las personas que proponga el Obispado, el cual tiene absoluta libertad para proponer en cada curso escolar a quien considere conveniente, sin que venga obligado a dar ningún tipo de preferencia a las personas que con anterioridad hubieran impartido clases de Religión y Moral Católica en cursos escolares anteriores”



Y a esto


Como ha quedado expuesto, la demandante considera que la decisión del Obispado de Almería, asumida por la Administración educativa —y confirmada en vía judicial— de no renovar su relación laboral como profesora de religión y moral católica vulneró sus derechos a no sufrir discriminación por razón de las circunstancias personales



Yo es que flipo con lo que leo aquí, aquí en el foro no en la sentencia emoticon roto2
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quote:
Originalmente escrito por mcsre
Sentencia nº 51/2011 de Tribunal Constitucional. Te recomiendo que en lugar de lo que se inventa un periodista sobre ella le eches un vistazo a la sentencia.

Pues mira ahora te recomiendo que cuando leas una sentencia no leas la parte de un voto particular de un juez, lee la sentencia entera y en ella se dice:

Como ha quedado expuesto, la demandante considera que la decisión del Obispado de Almería, asumida por la Administración educativa —y confirmada en vía judicial— de no renovar su relación laboral como profesora

Esta vez te habría ahorrado tiempo fiarte de lo que se inventa una periodista emoticon carcajada emoticon carcajada emoticon carcajada emoticon carcajada

Cómo para creerte.

[edito]
Me lo tomo a broma por que si no emoticon perdido
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