[MEJORA] SAC Telefónico

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Originalmente escrito por Geox
Creo que te equivocas....
Lo que se hizo en el anteproyecto de ley y que comenta esa web, es la existencia de un telf de atencion al cliente GRATUITO para las empresas en general, pero las telecos tienen otra ley en concreto que las regula.

https://www.boe.es/boe/dias/2009/05...A-2009-8961.pdf

CAPÍTULO VII
Derecho a una atención eficaz por el operador
Artículo 26. Servicio de atención al cliente de los operadores.
1. Los operadores deberán disponer de un departamento o servicio especializado de
atención al cliente, que tenga por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual que planteen sus clientes. Los titulares del departamento o servicio de atención al cliente serán los encargados de relacionarse, en su caso, con el servicio administrativo de solución de controversias a que se refiere el artículo 27 y al que remitirán la información que les sea requerida, con indicación del número de referencia
asignado a la correspondiente reclamación.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, mediante orden ministerial podrá
establecerse, en función del número de trabajadores del operador o de su volumen de negocio, la exención de la obligación de disponer del departamento o servicio especializado a que dicho párrafo se refiere, sin perjuicio del cumplimiento del resto de requisitos establecidos en el artículo 8.1.l).

2. El servicio de atención al cliente del operador, de carácter gratuito, deberá prestarse de manera tal que el usuario final tenga constancia de las reclamaciones, quejas y, en general, de todas las gestiones con incidencia contractual que realice el abonado. A dichos efectos, el operador estará obligado a comunicar al abonado el número de referencia de las reclamaciones, quejas, peticiones o gestiones. El operador deberá admitir, en todo caso la vía telefónica para la presentación de reclamaciones.
Si el medio habilitado por el operador para la atención de reclamaciones, incidencias o gestiones con incidencia contractual es telefónico, éste estará obligado a informar al consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la reclamación, incidencia o gestión mediante cualquier soporte que permita tal acreditación.

3. En caso de contratación telefónica o electrónica, si el usuario final se acoge a una oferta que prevea la aplicación de condiciones distintas a las condiciones generales publicadas conforme al artículo 12.1, el operador deberá enviarle, en el plazo de 15 días desde que se produzca la contratación, un documento en el que se expresen los términos y condiciones de la oferta, con indicación expresa de su plazo de duración.

4. El servicio de atención al cliente será accesible a los usuarios con discapacidad, según lo establecido en el artículo 3 del Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios
relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social, aprobado por Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, conforme a los plazos y condiciones establecidos en el mismo.

5. Las obligaciones que para los operadores se establecen en los apartados anteriores se entienden sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación estatal y autonómica sobre protección general de consumidores y usuarios.


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Me ratifico en lo dicho, lo que pones es del 2009, y es para reclamaciones y tal como se ha dicho.
El SAC gratuito no es obligatorio por ley ya que en el 2011 el proyecto no tuvo tratamiento parlamentario.
Amen de ello, habla muy mal de un operador el no tener un SAC telefonico, pero cabe a cada uno elegir el que mas le convenga.

Para llamadas de más de 5 minutos:... ya existen los cafés!!!.

“No discutas con un idiota. Te obligará a bajar a su nivel y allí te derrotará con su experiencia”.
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Originalmente escrito por Rickd
Me ratifico en lo dicho, lo que pones es del 2009, y es para reclamaciones y tal como se ha dicho.
El SAC gratuito no es obligatorio por ley ya que en el 2011 el proyecto no tuvo tratamiento parlamentario.
Amen de ello, habla muy mal de un operador el no tener un SAC telefonico, pero cabe a cada uno elegir el que mas le convenga.


Y yo, y como bien dices es para reclamaciones asi que.... dime como pongo mi reclamacion por telf con tuenti? Porque el 22020 te dice que mandes un mail o hables por chat, no te deja poner una reclamacion.
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quote:
Originalmente escrito por Geox
Y yo, y como bien dices es para reclamaciones asi que.... dime como pongo mi reclamacion por telf con tuenti? Porque el 22020 te dice que mandes un mail o hables por chat, no te deja poner una reclamacion.

Elnumero de teléfono "DE PAGO" solo para reclamaciones es el:

902900770

Smartphone actual: iPhone XS Max.
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Originalmente escrito por koume
Elnumero de teléfono "DE PAGO" solo para reclamaciones es el:

902900770

Gracias por responder.
Aun así se siguen saltando la ley porque el número ha de ser gratuito y ese 902 no lo es.
 #25
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Gracias por la aclaración, Rickd.

Geox, como puedes leer en el párrafo que indicaba el compañero, la ley obliga a que el servicio de soporte sea gratuito, y que tenga un número de teléfono habilitado para reclamaciones.

No obstante, no es nuestra intención continuar con esta discusión. Nuestro servicio funciona de forma eficaz como te explicábamos en anteriores post.

Gracias por comentarnos tus sugerencias sobre diversos aspectos del servicio.

Un saludo
 #26
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quote:
Originalmente escrito por raulvisa
Y lo peor de todo es que para entrar al chat hay que seguir un tutorial!!! Con lo fácil que sería poner un botón bien grande en la página principal del panel de control.

+10000 Te doy toda la razón!! XD
 #27
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Que no decaiga el hilo y up!!emoticon guiño

 iPhone 12 Pro Max 256 Mackero
 #28
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Yo tambien agradeceria un SAC telefónico.

Aunque no es que en otras compañias me sirviera de mucho hablar con gente que no se enteraba de nada...Pero por lo menos intentas explicarles el problema que tienes aunque tengas que llamar 20 veces.

Por cierto el numero que hay por aqui de 902 de averias, voy a guardarmelo que no sabia de su existencia y lo tendre a mano por si las moscas, porque el dia que lo busque luego no lo encontraré jajaja

SIMYO 20€ GRATIS SI TE HACES DE CONTRATO O 15€ SI TE HACES DE PREPAGO---> 644616642

YOIGO 5€ GRATIS---> 633153960
[B]¡¡¡Avisame si utilizas mi invitación y te pondré un verde!!!
 #29
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Hombre creo que es mejor tener a alguien por teléfono que de "la cara", pero la verdad sea dicha, para lo que vale luego, casi lo prefiero así. O no,pero que en el fondo da igual. Si vas a recibir buena atención lo puedes hacer por chat y si la vas a recibir mala también lo harás por teléfono.

Zeus, no puedo rebatirte porque no conozco la ley, pero trabajo muy codo con codo con el dpto. Jurídico de una multinacional, y te puedoo asegurar que algo así no lo dejan al azhar. Si lo hacen es porque tienen muy claro que pueden hacerlo y que si les tocase rebatirlo delante de juez pueden defenderlo sin problemas.

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Como parece que mi lista de clones es algo taaaaann interesante, aquí la explicación.
http://www.gsmspain.com/foros/p1756...ml#post17563196

Fanboy aborregado.
 #30
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Originalmente escrito por zeusmadrid
Que no decaiga el hilo y up!!emoticon guiño

emoticon guiño

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