[HILO OFICIAL] Consultas juridicas para foreros en GSMSpain

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 #301
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Originalmente escrito por johndiffol
bien, la idea sería poner:
El señor X (literal), que ostenta el puesto de "Manager General" (duda de si puedo poner esto) me envío un correo comentándome esto, esto y esto, para quedar tal día, luego dijo tal.
Yo le respondí "hago un corta y pega", creo que sí que puedo poner lo mío.
Y el señor X finalmente me dijo tal tal y tal, para tal.

Nunca nombres, desde luego, ahora sólo la duda de si puedo nombrar el puesto de 2 cargos y de un par de empresas externas... pero me da que esas 2 empresas externas como mínimo no.

(gracias señor)


yo no escribiría su nombre al lado de su puesto. Eso son datos personales (LOPD)

Dí un directivo me envío correo diciendo esto y esto. Yo conteste copia pega, y el directivo me dijo tal y cual


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 #302
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Originalmente escrito por caostotal
Hola de nuevo.
Tengo una duda sobre el caso de una amiga que acudió a un abogado hace unos 4 años para reclamar unas cuotas de pensión alimenticia impagadas.
El abogado le ha dado largas en todas las llamadas que le hacia periodicamente. Le decia que aún no habia nada y que estas cosas van despacio.
Ella decidió ir al juzgado a informarse a ver que pasaba y que causalidad que allí se encontró con el procurador que le citó para firmar hace 4 años. Le comenta el caso y le invita a que llame al despacho. La secretaria la atiende y le dice que ya había salido el auto en 2008. Vaya sorpresa. El auto lo ha reclamado para saber su contenido. El tema es que ella se puso en manos de este abogado porque era "conocido" de la familia de la parte contraria que se lo recomendó (gran error).
Aparte de eso ha descubierto que la secretaria del procurador es prima de la parte contraria. Yo imagino que esto no puede ser así, porque si hay conflicto de intereses ni el abogado ni el procurador van a defender bien a su cliente (mi amiga). ¿El código deontologico del abogado no debe evitar esto? Yo no me pondría en manos de un abogado o procurador que tenga familiares de la parte contraria trabajando para el. Es como si un juez va a juzgarme siendo la parte contraria familia suya.
Yo le he dicho a ella que pida todos los papeles al procurador para luego plantarse en el despacho del abogado a pedir explicaciones.
Supongo que puede pedir una factura al procurador de sus servicios. Creo que dió un deposito y no sé si tendrá que pagar algo más, y es que pienso que con factura en mano podrá exigir cosas posteriormente. Si tiene que reclamar en el Colegio de Procuradores lo hará porque se siente indignada con todo este asunto.
A ver si me indicas que pasos dar para llegar al fondo de este asunto sin que ella meta la pata.

Ah! El abogado al principio le preguntó si lo llevaba por lo penal y ella dijo que no, así que supongo que lo hizo por lo civil.


Si el abogado fuera primo, vale. Si el procurador fuera primo, vale. Pero porque la secretaria sea prima, no. El procurador (ni el obogado) tienen porqué conocer todos los parentescos de sus empleados y mucho menos preguntarles si lo tienen antes de aceptar un caso.

Otra cosa es que exista resolución y no se le haya comunicado. Ahí PUEDE haber una mala praxis.

Obviamente debe pedir factura, aunque la sóla participación en el proceso es suficiente.

Eso sí.
La notificación debe hacerse en el mismo medio en el que se solicitó por el cliente. Esto es, si tu amiga se comunicaba por teléfono su abogado podrá decir que la informó por teléfono, ya que no tiene petición de información por escrito.
No obstante si tiene dudas que acuda a la comisión de deontología de su colegio de abogados.


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 #303
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Hola Abogadoooooo, buenas tardes, tengo una duda chunga, vamos a ver, ayer a la hora de cenar en un paquete de pavo de una gran marca de consumo, que viene un paquete de 360 gramos embutido el pavo. el caso es que al hacerlo lonchas me encuentro algo verde, color pistacho, muy raro... lo cual retiro las lonchas y las guardo para hablar con el fabricante, le he echo unas fotos que he enviado al fabricante, el caso es que hablando con un amigo, me dice que se puede denunciar y pillar una indemnizacion importante por parte de la empresa.

La empresa me ha pedido que le datos de recogida del producto, pero quiero saber si puedo sacar partido.... pues eso... Dime algo.


Gracias.
 #304
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Originalmente escrito por geminiss19
Hola Abogadoooooo, buenas tardes, tengo una duda chunga, vamos a ver, ayer a la hora de cenar en un paquete de pavo de una gran marca de consumo, que viene un paquete de 360 gramos embutido el pavo. el caso es que al hacerlo lonchas me encuentro algo verde, color pistacho, muy raro... lo cual retiro las lonchas y las guardo para hablar con el fabricante, le he echo unas fotos que he enviado al fabricante, el caso es que hablando con un amigo, me dice que se puede denunciar y pillar una indemnizacion importante por parte de la empresa.

La empresa me ha pedido que le datos de recogida del producto, pero quiero saber si puedo sacar partido.... pues eso... Dime algo.


Gracias.


indemnización te darán si te ha producido un daño ¿no? qué daño te ha causado? otra cosa es que le puedan poner una multa si hay un riesgo para la salud... pero ¿por qué van a premiarte a tí? la multa se la pondrán a la empresa y la cobrará la administración, tú no tienes daños ni pédidas, no hay más que indemnizar.

bueno, la pérdida es el valor del fiambre, que te tendrán que reponer por otro, lo suyo sería junto con un agradecimiento, pero eso ya depende de la empresa.

Si quieres "fieshta" puedes decir que encontrar eso ahí te ha causado un daño moral por el estres del susto al verlo y reclamar que ese daño psicológico te lo indemnicen.


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 #305
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Originalmente escrito por jlpelaz
indemnización te darán si te ha producido un daño ¿no? qué daño te ha causado? otra cosa es que le puedan poner una multa si hay un riesgo para la salud... pero ¿por qué van a premiarte a tí? la multa se la pondrán a la empresa y la cobrará la administración, tú no tienes daños ni pédidas, no hay más que indemnizar.

bueno, la pérdida es el valor del fiambre, que te tendrán que reponer por otro, lo suyo sería junto con un agradecimiento, pero eso ya depende de la empresa.

Si quieres "fieshta" puedes decir que encontrar eso ahí te ha causado un daño moral por el estres del susto al verlo y reclamar que ese daño psicológico te lo indemnicen.


Muchas gracias Abogadooooo, ya te contare... a ver que me dicen...
 #306
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Originalmente escrito por geminiss19
Muchas gracias Abogadooooo, ya te contare... a ver que me dicen...

Quizas deberias echar un vistazo a la web de la Debes estar logueado para poder ver los enlaces..

No he curioseado la web pero creo que este organismo podría recoger tu denuncia. Eso si, si no te has intoxicado dudo que tengas indemnización, como ya te ha dicho el maestro.
 #307
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Hola compañero, tengo una duda.

Una persona, ya independizada, con trabajo (salario mínimo), y que han fallecido sus dos padres, ¿tiene derecho a algún tipo de beneficio fiscal, paga o ayuda?

A mí me suena un poco absurdo, pero es que en los corros del trabajo se oyen algunas cosas que sorprenden, y claro, a veces por no preguntar...

Gracias por la ayuda.

Stock:
Huawei P9 - One X - i900 Omnia - w810i - 8310 - 8210 - 3210

Real, Muy Ilustre, Venerable y Antiquísima Archicofradía del Preciosísimo Agua de Espinardo, ESTRELLA DE LEVANTE
 #308
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Originalmente escrito por ric_ab
Hola compañero, tengo una duda.

Una persona, ya independizada, con trabajo (salario mínimo), y que han fallecido sus dos padres, ¿tiene derecho a algún tipo de beneficio fiscal, paga o ayuda?

A mí me suena un poco absurdo, pero es que en los corros del trabajo se oyen algunas cosas que sorprenden, y claro, a veces por no preguntar...

Gracias por la ayuda.


Si es menor de 22 años tendrá derecho a la pensión de orfandad.

-no hay muchas más posibilidades de actuación


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 #309
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Originalmente escrito por jlpelaz
Si es menor de 22 años tendrá derecho a la pensión de orfandad.

-no hay muchas más posibilidades de actuación



Muchas gracias por la aclaración. Excelente hilo y grandísimo compañero.

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 #310
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Buenas padrino.

A un compañero de trabajo le han hecho una jugada fina en la empresa y me ha surgido una duda.

La cuestión es que le quieren trasladar a otro centro de trabajo. Según he leido en el artículo 40 del estatuto de los trabajadores, ante un traslado, el trabajador si no está de acuerdo, puede rescindir su contrato con la empresa cobrando una indemnización de 20 días por año trabajado.

Ahora bien, lo que no me queda claro. Si tu te niegas al traslado y optas por rescindir el contrato...¿tienes derecho a la prestación por desempleo?

Muchísimas gracias por adelanto. Eres un crack emoticon guiño

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