[CONSEJO] Pedir fianza para hacer una portabilidad no es legal

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Eso es lo que dice la CMT, muchos usuarios veníamos manteniendo esta opinión desde que se empezaron a realizar estas prácticas carroñeras por parte de algunas tiendas, incomprensiblemente también eran muchas las personas que decían que era legal y lógico, ahora solo falta ver como discurren los acontecimientos y si estas tiendas se seguirán saltando a la torera las leyes.

Fuente: Debes estar logueado para poder ver los enlaces.

PD: Lo pongo aquí pero sirve para todos los operadores/tiendas.
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Entonces el contrato que firmas con tph de que si te das de baja antes de 7 meses debes pagar 80 euros o por ahí tampoco seria válido no? me refiero al declararse ilegal supongo que tiene carácter retroactivo y la gente que ha firmado ese contrato también le sirve no?emoticon ninja
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Originalmente escrito por neolitus
Entonces el contrato que firmas con tph de que si te das de baja antes de 7 meses debes pagar 80 euros o por ahí tampoco seria válido no? me refiero al declararse ilegal supongo que tiene carácter retroactivo y la gente que ha firmado ese contrato también le sirve no?emoticon ninja

Pues no lo se, pero son cosas diferentes, lo que no pueden es pedirte una fianza para que no canceles la portabilidad.
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normalmente no piden fianza, piden gastos de gestion, que ademas no te cobra la operadora, sino una empresa externa, que es la que distribuye. Al cliente se le ofrece un servicio en la tienda, lo que genera x gastos a esa tienda (que no al operador) y la tienda se lo comenta al cliente, si el cliente los paga, no hay nada que reclamar. Es mas luego la tienda se los devuelve en deferencia con el cliente, aunque esta estaria en todo su derecho de facturarlos en concepto de gastos por la gestion que el cliente ha aceptado pagar amablemente.

lo importante no es saber, sino tener el telefono del que sabe. verdad vardadera
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Originalmente escrito por javiybea
normalmente no piden fianza, piden gastos de gestion, que ademas no te cobra la operadora, sino una empresa externa, que es la que distribuye. Al cliente se le ofrece un servicio en la tienda, lo que genera x gastos a esa tienda (que no al operador) y la tienda se lo comenta al cliente, si el cliente los paga, no hay nada que reclamar. Es mas luego la tienda se los devuelve en deferencia con el cliente, aunque esta estaria en todo su derecho de facturarlos en concepto de gastos por la gestion que el cliente ha aceptado pagar amablemente.

Y lo dices convencido no?, pues vale, el día que alguien te denuncie luego lloras.

PRIMERO.- En virtud de lo establecido en el marco normativo sectorial, se considera que los potenciales operadores fijos receptores de una portabilidad numérica pueden, a su voluntad, repercutir al usuario la tarifa máxima de 0,41 euros por solicitud cancelada, ya que no se considera que este importe sea disuasorio para del ejercicio del derecho de los abonados a solicitar el cambio de operador con conservación de la numeración.

SEGUNDO.- A la vista de las contraprestaciones económicas que actualmente los operadores fijos y móviles pueden repercutirse entre sí como consecuencia de los procesos de portabilidad numérica, dada la regulación sectorial existente en materia de conservación de la numeración, esta Comisión no estima razonable la petición de Telefónica de España, S.A.U. acerca de la fijación de un precio máximo minorista según el tipo de portabilidad de numeración fija y móvil, el tipo de acceso a portar y los números a portar.

TERCERO.- Dar traslado de la presente resolución y de los antecedentes recabados en el curso del procedimiento a la autoridad administrativa competente en materia de protección de los derechos de los consumidores, a los efectos oportunos.
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Y lo dices convencido no?, pues vale, el día que alguien te denuncie luego lloras.

PRIMERO.- En virtud de lo establecido en el marco normativo sectorial, se considera que los potenciales operadores fijos receptores de una portabilidad numérica pueden, a su voluntad, repercutir al usuario la tarifa máxima de 0,41 euros por solicitud cancelada, ya que no se considera que este importe sea disuasorio para del ejercicio del derecho de los abonados a solicitar el cambio de operador con conservación de la numeración.

SEGUNDO.- A la vista de las contraprestaciones económicas que actualmente los operadores fijos y móviles pueden repercutirse entre sí como consecuencia de los procesos de portabilidad numérica, dada la regulación sectorial existente en materia de conservación de la numeración, esta Comisión no estima razonable la petición de Telefónica de España, S.A.U. acerca de la fijación de un precio máximo minorista según el tipo de portabilidad de numeración fija y móvil, el tipo de acceso a portar y los números a portar.

TERCERO.- Dar traslado de la presente resolución y de los antecedentes recabados en el curso del procedimiento a la autoridad administrativa competente en materia de protección de los derechos de los consumidores, a los efectos oportunos.

si si lo digo muy convencido, primero porque ya me han puesto varias reclamaciones y las han desestimado todas, segundo porque el papel que doy esta mirado por los abogados y es totalmente legal y tercero porque no es la operadora la que lo cobra sino yo, pepito fulanito te cobro a ti que aceptas pagar y no reclamar la cantidad de x en conceptos de gastos generados a la tienda tal, por la tramitacion de la portabilidad tal. como yo te lo digo y tu los pagas, estas de acuerdo (sino vete a otro sitio)al que no te cobren nada.

lo importante no es saber, sino tener el telefono del que sabe. verdad vardadera
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El informe establece que también es ilegal cuando lo hacen las empresas comercializadoras. Posiblemente la diferencia entre cuando desestimaron esas reclamaciones y lo que pueda ocurrir a partir de ahora, es que antes no había un informe vinculante de la CMT y ahora sí lo hay. De hecho es por eso por lo que Telefónica de España elevó consulta a la CMT pidiendo además el establecimiento de cuotas máximas en esa materia, y lo cierto es que ahora ya hay base legal suficiente para que te quedes con cara de pasmado cuando le den la razón a los clientes.

En este punto, yo he de reconocer que estaba equivocado cuando hablaba de la absoluta legalidad de las fianzas, y como la autoridad en la materia es la CMT, no puedo menos que acogerme a lo que diga. También deberías acogerte tú a ello
lo mejor que puedo hacer es hablar con el abogado ahora y que me diga como esta el tema y si ese procedimiento tiene ambito legal ya o cuando lo van a empezar a aplicar, y que me explique un poquito si la forma de la que lo hacemos igue siendo legal completamente. ya os contare

lo importante no es saber, sino tener el telefono del que sabe. verdad vardadera
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Yo creo que la tienda hace bien en pedir ese dinero, llámese fianza o lo que sea, para evitarse, no ya costes, sino molestias por las portabilidades canceladas de los amagos.

Es complicado el tema. Porque se trata de tan poco dinero normalmente, que el que no va a amagar le da igual poner esa fianza. El que va a amagar se busca otro sitio, no denuncia, porque no le vale la pena...

Total, que todo seguirá igual, me parece a mí.

Think for yourself, question authority...
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