Comienza el plazo para solicitar el borrador de la Renta

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El plazo acaba el 23 de junio.

Pueden solicitar el borrador del IRPF todos los contribuyentes que reúnan las condiciones fijadas por la ley para recibirlo. Si reúne estas condiciones, la Agencia Tributaria se lo enviará y si no, le remitirá los datos fiscales.

Condiciones para solicitar el borrador

En concreto, recibirán el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

La deducción por adquisición de vivienda habitual con préstamo hipotecario, la reducción por aportaciones a planes de pensiones y la deducción por donativos tampoco impiden recibir el borrador.

Se podrá solicitar por Internet a través de la página web de la Agencia Tributaria por teléfono, (901 12 12 24/ 901 200 345) o en las oficinas de cualquier delegación de la Agencia Tributaria. También es posible suscribirse al servicio de alertas para que la Agencia Tributaria le envíe por SMS el número de referencia del borrador y lo pueda ver por Internet.

Como principal novedad, la Agencia Tributaria ha elevado el límite de ingresos anuales que eximen de presentar la declaración de la renta cuando el contribuyente tiene más de un pagador y ha introducido dos nuevas deducciones: la de 400 euros y por alquiler de la vivienda habitual.

Así, el organismo mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), pero eleva de 10.000 a 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.

Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

Nuevas deducciones fiscales

Como novedad de este año, los contribuyentes que no hayan recibido mensualmente a través de sus nóminas la deducción de 400 euros podrán solicitarla al presentar la declaración de la renta, así como la nueva deducción estatal por alquiler de vivienda habitual, que se suma a las que ya existen por este mismo motivo en algunas comunidades autónomas.

En concreto, los contribuyentes con rentas inferiores a los 24.000 euros netos al año que vivan en un inmueble alquilado podrán beneficiarse de esta deducción, con un límite del 10,05% de la cuota estatal sobre un importe máximo de 9.015 euros anuales. No obstante, la ayuda es progresiva, de tal forma, que la deducción es menor cuanta mayor renta anual se perciba, siempre con el límite de los 24.000 euros.
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A la mancha manchega, que hay mucho vino
mucho pan mucho aceite, mucho tocino
y si vas a La Mancha no te alborotes
porque estás en la tierra de D.Quijote

MANZANARES (Ciudad Real)
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Entro en la web para pedirlo y me dice:

Puede pedirlo:

Por Internet Debes estar logueado para poder ver los enlaces.


co*o, que ya lo se, que estoy en esa página para pedirlo.

No encuentro donde solicitarlo.

NO LE DES VUELTAS, TODAS LAS COMPAÑIAS SON IGUALES O ACABAN SIENDOLO.
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Ya lo he encontrado.

NO LE DES VUELTAS, TODAS LAS COMPAÑIAS SON IGUALES O ACABAN SIENDOLO.
 #4
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¿Pedir el borrador me obliga a algo?

Quiero decir, que te mandan la información y si yo quiero lo presento y si no quiero no. ¿es así?.

NO LE DES VUELTAS, TODAS LAS COMPAÑIAS SON IGUALES O ACABAN SIENDOLO.
 #5
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No estas obligado, puedes pedirlo y si te lo mandan y no estás obligado a hacerlo no la presentas

A la mancha manchega, que hay mucho vino
mucho pan mucho aceite, mucho tocino
y si vas a La Mancha no te alborotes
porque estás en la tierra de D.Quijote

MANZANARES (Ciudad Real)
 #6
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quote:
Originalmente escrito por rminguin
¿Pedir el borrador me obliga a algo?

no


quote:
Quiero decir, que te mandan la información y si yo quiero lo presento y si no quiero no. ¿es así?.

si estas obligado debes de hacerla, si no no
 #7
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si, la web es muy complicada, a mi también me ha costado encontrarlo. De todas formas he acabado llamando por teléfono porque entre tanto certificado y tal .. imposible!

Saludos desde Tres Cantos (Madrid)
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ya lo he pedido, este año me tienen que devolver.

<<TrAtOs oK>>


y el p. talante... nos llevó por delante
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para los entendidos en la materia.... si yo pido el borrador puedo no presentarla y hacer la declaración por mi cuenta. Lo digo por que en ocasiones los de hacienda barren para casa y quiero ver que tienen para mí, supuestamente creo que me devolverán pero quiero tramitarlo a través de un contable.

gracias

saludos
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Los que habeis encontrado el enlace exacto podriais postearlo?? Es que me estoy volviendo loco para encontrar donde pedirlo a traves de internet.

Saludos y gracias!

Lista de personas legales 100% con las que he hecho tratos y volveria hacer con los ojos cerrados: Jose_jaja, mikelsanz, Goool, Maxmovil, Number4, Lgmovil, Samantha18, Tecnovelez y E_motion!!

Personas en las que se puede confiar con todas las de la ley!