[QUEJA] Delfín 35 SIM ESTÁ LIMITADA A 6.000 MINUTOS.

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 #1
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Demasiado pronto anuncié en este foro que Delfín 35 no tenía límites porque lo había podido comprobar al pasar de 3.000 minutos.

Y lo cierto es que el límite no está en los 3.000 minutos, sino en los 6.000 minutos.

Vemos como Orange publica en televisión lo siguiente:



Y en la web:

Debes estar logueado para poder ver los enlaces.


Pero resulta que Delfín 35, compañeros/as, sí tiene límite, de 6.000 minutos, y además este límite es ocultado en el área de clientes, donde se esconde cualquier barra de consumo para engañar a los clientes.

Ya me extrañaba a mi que Orange tuviera algo de honestidad por una vez en su trayectoria en España...
 #2
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Por cierto, ese límite de 6000 minutos me ha sido confirmado en el 1474.

Baja Solicitada ha adjuntado esta imagen:
[QUEJA] Delfín 35 SIM ESTÁ LIMITADA A 6.000 MINUTOS.

 #3
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Normas deontológicas del Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol

14.- Publicidad engañosa.
14.1.- La publicidad no deberá ser engañosa. Se entiende por publicidad engañosa aquélla que de cualquier manera induzca o pueda inducir a error a sus destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico, siempre que incida sobre alguno de los siguientes aspectos:
a) La existencia o la naturaleza del bien o servicio.
b) Las características principales del bien o servicio, tales como su disponibilidad, sus beneficios, sus riesgos, su ejecución, su composición, sus accesorios, el procedimiento y la fecha de su fabricación o suministro, su entrega, su carácter apropiado, su utilización, su cantidad, sus especificaciones, su origen geográfico o comercial o los resultados que pueden esperarse de su
utilización, o los resultados y características esenciales de las pruebas o controles efectuados al bien o servicio.
[...]
d) El alcance de los compromisos del empresario o profesional, los motivos de la conducta comercial y la naturaleza de la operación comercial o el contrato, así como cualquier afirmación o símbolo que indique que el empresario o profesional o el bien o servicio son objeto de un patrocinio o una aprobación directa o indirecta.
e) El precio o su modo de fijación, o la existencia de una ventaja específica con respecto al precio.
[...]
h) Los derechos legales o convencionales del consumidor o los riesgos que éste pueda correr.
14.2.- Igualmente, se considerará engañosa aquella publicidad que omita información necesaria para que el destinatario pueda adoptar una decisión sobre su comportamiento económico con el debido conocimiento de causa, y que por esta razón pueda distorsionar de forma significativa su comportamiento económico.
14.3.- Para la aplicación del párrafo anterior se tendrán en cuenta todas características y circunstancias de la publicidad, así como las limitaciones del medio de comunicación utilizado.
Cuando el medio de comunicación utilizado imponga limitaciones de espacio o de tiempo, para valorar la existencia de una omisión de información se tendrán en cuenta estas limitaciones y todas las medidas adoptadas por el empresario o profesional para transmitir la información necesaria por otros medios.
 #4
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Esperando estoy a la respuesta de Orange_mvl

emoticon angel Si te he ayudado puedes agradecérmelo aquí. Recuerda que de bien nacido es ser agradecido emoticon disimulo
emoticon ninja emoticon ninja
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quote:
Originalmente escrito por bybene
Esperando estoy a la respuesta de Orange_mvl

Y yo...
 #6
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Debes estar logueado para poder ver los enlaces.

Normas deontológicas del Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol

14.- Publicidad engañosa.
14.1.- La publicidad no deberá ser engañosa. Se entiende por publicidad engañosa aquélla que de cualquier manera induzca o pueda inducir a error a sus destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico, siempre que incida sobre alguno de los siguientes aspectos:
a) La existencia o la naturaleza del bien o servicio.
b) Las características principales del bien o servicio, tales como su disponibilidad, sus beneficios, sus riesgos, su ejecución, su composición, sus accesorios, el procedimiento y la fecha de su fabricación o suministro, su entrega, su carácter apropiado, su utilización, su cantidad, sus especificaciones, su origen geográfico o comercial o los resultados que pueden esperarse de su
utilización, o los resultados y características esenciales de las pruebas o controles efectuados al bien o servicio.
[...]
d) El alcance de los compromisos del empresario o profesional, los motivos de la conducta comercial y la naturaleza de la operación comercial o el contrato, así como cualquier afirmación o símbolo que indique que el empresario o profesional o el bien o servicio son objeto de un patrocinio o una aprobación directa o indirecta.
e) El precio o su modo de fijación, o la existencia de una ventaja específica con respecto al precio.
[...]
h) Los derechos legales o convencionales del consumidor o los riesgos que éste pueda correr.
14.2.- Igualmente, se considerará engañosa aquella publicidad que omita información necesaria para que el destinatario pueda adoptar una decisión sobre su comportamiento económico con el debido conocimiento de causa, y que por esta razón pueda distorsionar de forma significativa su comportamiento económico.
14.3.- Para la aplicación del párrafo anterior se tendrán en cuenta todas características y circunstancias de la publicidad, así como las limitaciones del medio de comunicación utilizado.
Cuando el medio de comunicación utilizado imponga limitaciones de espacio o de tiempo, para valorar la existencia de una omisión de información se tendrán en cuenta estas limitaciones y todas las medidas adoptadas por el empresario o profesional para transmitir la información necesaria por otros medios.
 #7
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Hola chic@s,

A día de hoy la tarifa Delfín 35 tiene llamadas ilimitadas y la única limitación real es la de 150 destinos diferentes en cada ciclo de facturación que en caso de sobrepasarse se cobrarían (solo a los destinos sobrepasados) estas llamadas a razón de 5 cts/minuto para las llamadas ncaionales con un establecimiento de llamada de 15 cts y para las llamadas internacionales la tarificación que se tenga para una llamada internacional normal a el país llamado sin ningún bono internacional.

Estamos revisando este comportamiento tan irregular que tiene el caso del bono de llamadas de pinchitin para ponerle solución lo mas rápidamente posible. emoticon angel

Un saludo.
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quote:
Originalmente escrito por Orange_mvl
Estamos revisando este comportamiento tan irregular que tiene el caso del bono de llamadas de pinchitin para ponerle solución lo mas rápidamente posible. emoticon angel

Uy, pues esperaré impaciente a ver en qué queda la cosa emoticon sonrisa

Desde luego, no sé por qué me cuesta creer que eso sólo le ocurra aun único cliente, pero bueno... si es así supongo que la solución será más o menos fácil.

Gracias por responder y por la gestión emoticon sonrisa

Un saludo
 #9
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quote:
Estamos revisando este comportamiento tan irregular que tiene el caso del bono de llamadas de [I]pinchitin para ponerle solución lo mas rápidamente posible. emoticon angel
[/B]


ayy pinchitin, pinchitin...
que "irregular" eres...emoticon carcajada emoticon carcajada
cada dia me alucina mas orange....:estupido
 #10
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quote:
Originalmente escrito por Al2702
ayy pinchitin, pinchitin...
que "irregular" eres...emoticon carcajada emoticon carcajada
cada dia me alucina mas orange....:estupido


Al final va a ser verdad que en Orange me tienen manía...


De todas formas, Orange_mvl se ha portado y se porta de forma notablemente correcta en este asunto, aunque Orange sí que es cada día más alucinante...
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