La Policía se persona en 'El País' para requerir los supuestos papeles de Bárcenas

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El director de el diario El País, Javier Moreno, ha anunciado que la policía se ha personado en la sede del diario para solicitar, por orden de la Fiscalía Anticorrupción, los documentos que el diario publicó y que contenían supuestas anotaciones contables de Luis Bárcenas, extesorero del PP y que revelarían sobresueldos a altos cargos del PP.

"La policía judicial viene a EL PAÍS por orden de la fiscalía a pedir los papeles de Bárcenas que publicó el periódico el domingo pasado", ha escrito Moreno en su cuenta de Twitter.

La policía judicial se ha llevado las copias de "14 folios manuscritos"

El director del diario ha entregado los documentos a la policía judicial, que por orden de la Fiscalía Anticorrupción se los ha llevado de la redacción de El País. Moreno ha asegurado haberlos entregado porque ha considerado que "la fuente no está en riesgo".

La policía judicial se ha llevado las copias de "14 folios manuscritos manejados por el extesorero Luis Bárcenas", según El País, además de otros que registran aspectos de la contabilidad interna del PP de Madrid, con las aportaciones de distintas empresas a una de sus fundaciones (Fundescam).

Se incluyen también cheques de donaciones por menos de 3.000 euros que acabaron en las arcas del PP sin control del Tribunal de Cuentas al no superar la cantidad mínima para ser auditados, concluye el periódico.

La Fiscalía Anticorrupción ha citado este miércoles a Luis Bárcenas y al ex diputado de este partido Jorge Trías Sagnier, quien ha reconocido públicamente la existencia de sobresueldos, para interrogarles en relación con una supuesta contabilidad 'B' del Partido Popular, según la cual, miembros de la cúpula del PP, incluido Mariano Rajoy, habrían recibido esos sobresueldos.

La tramitación de las diligencias generales de la investigación puede demorarse unos seis meses, tras los cuales el fiscal encargado del asunto puede optar por archivar la causa, al no encontrar indicios de delito, o bien judicializarla. De optarse por esta segunda opción, la instrucción del asunto sería cosa del juez de la Audiencia Nacional Ruz.

Este lunes el extesorero del PP Luis Bárcenas negó ser el autor de los papeles publicados y aseguró que el cuaderno "ni existe ni ha existido" y que la letra que aparece no es suya.

Fuente Debes estar logueado para poder ver los enlaces.
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Demasiado rápido. Luego, saldrán culpables, pero, como habrán cometido alguna irregularidad en el proceso... a la calle...

Como si lo viera venir....

(Preguntarle al pueblo con referendums) sería una auténtica dictadura. Piske.

Que vuelva la HOGUERAAAAAAAAAA!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Pásate a Simyo con mi código y nos llevamos unos euros los dos!!!
CODIGO: 644242824
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Uh? Lo siento ha sido un error, hemos triturado, quemado y esparcido las cenizas al viento de la documentación entregada por el Pais del caso Barcenas. No volverá a pasar.
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(Usuario baneado)
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La Fiscalía Anticorrupción ¿sirve para algo?

Porque visto lo visto...

"Si los españoles hablásemos sólo de lo que sabemos, se generaría un inmenso silencio, que podríamos aprovechar para el estudio."

HOLA
tratos ok: 1mas1, ringo65, jorgeovi, lolin1982, yours3lf, yotu--, rminguin, zeus_arrov, _legna, nxnayx, garrulillo, rubgonz, fanatos, junnek, dsevene, CowBebop, milenvios-, jjoaqui, Lupen80, keko1873, asterun, kijuna, drpirata, sergiojsm, genaro44, jesuszc99, seroj,soundness,pacosoni,wonki
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quote:
Originalmente escrito por tatiso
La Fiscalía Anticorrupción ¿sirve para algo?

Porque visto lo visto...


Lo que pasa en este pais, es increible..
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quote:
Originalmente escrito por tatiso
La Fiscalía Anticorrupción ¿sirve para algo?

Porque visto lo visto...



Desde luego lo que no sirve de nada judicialmente son "copias" de documentos pues son imposibles de autentificar por los grafólogos.

Y si no sirve la Fiscalia Anticorrupción y tampoco la justicia en general, solamente la mera información periodistica sin ningun tipo de prueba que la sustentes, pues mal vamos. O bien, segun los intereses de cada uno pues se podrá juzgar y condenar en base a esa información.

Saludos.

Xiaomi Mi 10 5G
Xiaomi Redmi Note 8T
Xiaomi Redmi 9 Lite
Huawei Mate 20
Samsung Galaxy S9 Pro
Huawei P30 Pro
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quote:
Originalmente escrito por anton2000
Desde luego lo que no sirve de nada judicialmente son "copias" de documentos pues son imposibles de autentificar por los grafólogos.

Y si no sirve la Fiscalia Anticorrupción y tampoco la justicia en general, solamente la mera información periodistica sin ningun tipo de prueba que la sustentes, pues mal vamos. O bien, segun los intereses de cada uno pues se podrá juzgar y condenar en base a esa información.

Saludos.


Te doy la razón en eso, pero me refiero a que, para qué sirve esa fiscalía si la corrupción campa a sus anchas y aquí nadie va a la cárcel y los máximos responsables de corruptelas, prebendas y mamoneo variado siguen en sus puestos públicos chupando del bote.
Aquí hay mucha corrupción, pero muy poco corrupto en la cárcel.
Es paradójico, al menos

"Si los españoles hablásemos sólo de lo que sabemos, se generaría un inmenso silencio, que podríamos aprovechar para el estudio."

HOLA
tratos ok: 1mas1, ringo65, jorgeovi, lolin1982, yours3lf, yotu--, rminguin, zeus_arrov, _legna, nxnayx, garrulillo, rubgonz, fanatos, junnek, dsevene, CowBebop, milenvios-, jjoaqui, Lupen80, keko1873, asterun, kijuna, drpirata, sergiojsm, genaro44, jesuszc99, seroj,soundness,pacosoni,wonki
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Originalmente escrito por tatiso
Te doy la razón en eso, pero me refiero a que, para qué sirve esa fiscalía si la corrupción campa a sus anchas y aquí nadie va a la cárcel y los máximos responsables de corruptelas, prebendas y mamoneo variado siguen en sus puestos públicos chupando del bote.
Aquí hay mucha corrupción, pero muy poco corrupto en la cárcel.
Es paradójico, al menos


Porque vivimos en un pais donde pocas cosas funcionan debido, principalmente, a que a los partidos mayoritarios no les interesa que funciones, como es la Justicia, la educación, la sanidad y, sobre todo, el control sobre el dinero público.

Hace falta ser ingenuos para no pensar que los partidos, todos, se financian de forma irregular pues gastan mas de lo que legalmente ingresan. Esto está asumido desde hace mucho tiempo por los ciudadanos que ven como un simple alcalde se enriquece en una legislatura, y no digo los que llevan varias, porque los partidos "recaudan" y parece que una parte se queda en manos de los recaudadores.

Luego hay una corrupción legal que es la consistente en recolocar a los politicos que han perdido el cargo en unas elecciones en otros puestos de mayor importancia, aunque su gestión anterior hubiese sido nefasta habiendo dejado ayuntamientos, comunidades o el pais con una deuda que no podran pagar en cientos de años. Y si no dime para que sirven tantas empresas municipales y autonomicas montadas con el propósito de colocar a los afines con visas oro.

Y mientras tanto los ciudadanos pasandolas canutas sin nadie que se preocupe por ellos, ni antes ni ahora.

Por cierto, es un escandalo los intereses de demora de los bancos en este pais que van del 21 al 29% lo que significa que, una persona que se retrase en el pago de la hipoteca, no la podrá pagar en su vida. Luego esos mismos bancos reciben dinero público y se rigen por el euribor que está en el 1,5%.
Saludos.

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Originalmente escrito por anton2000
Desde luego lo que no sirve de nada judicialmente son "copias" de documentos pues son imposibles de autentificar por los grafólogos.

Y si no sirve la Fiscalia Anticorrupción y tampoco la justicia en general, solamente la mera información periodistica sin ningun tipo de prueba que la sustentes, pues mal vamos. O bien, segun los intereses de cada uno pues se podrá juzgar y condenar en base a esa información.


¿No sirve?

Me gustaría comprobrar esto que dices desde algún enlace que no sea tu afirmación. Cómo has desatado mi curiosidad yo por mi parte me he puesto a buscar y he encontrado esto.

quote:
PERITOS CALIGRAFOS

1. ¿Qué es un pre-informe de viabilidad y de qué me sirve?


Se trata de dar un diagnóstico verbal sobre la documentación presentada, es decir, existe la duda sobre la falsedad o no de un documento o firma, por lo que si se encargara un informe pericial completo y el resultado no fuese favorable se generaría un gasto innecesario.

Por lo tanto la ventaja del informe previo es evidente ya que tras el estudio previo los resultados pueden ser los siguientes:

* 1. No favorable. Si el resultado no es favorable el coste de la pericial ascenderá exclusivamente a 100€, avisando de que el documento carecería de valor y no sería interesante su aportación en juicio o la solicitud de una pericial judicial sobre el mismo.
* 2. Favorable. El resultado servirá como base al informe pericial en sí y por lo tanto, la cantidad anticipada del pre-informe (100€) se descontará del coste total del informe.


2. ¿Puede dictaminarse la autenticidad o no de una firma trabajando con una fotocopia?


Para realizar cualquier informe caligráfico es necesario disponer del mejor material gráfico posible tanto en documentos indubitados como dubitados, evidentemente lo ideal es disponer del documento original, pero en ocasiones nos vemos obligados a trabajar con fotocopias.

Cuando trabajamos sobre fotocopias a veces se generan problemas para detectar pequeños detalles o fallos de presión en las firmas, que sin ser determinantes si dificultan el trabajo; Independientemente tenemos que señalar que la fotocopia es la presentación más fidedigna que se puede obtener por copia de un documento ya que tanto la cámara fotográfica como el fax manifiestan ciertas variaciones al realizarse sobre un mismo plano.

Se puede trabajar sobre una fotocopia ya que realmente si la imagen es buena sólo se perdería la presión del escrito que es uno de los sub-aspectos de la presión. En caso de trabajar sobre fotocopia se han de hacer las salvedades pertinentes en el informe de que la misma deberá ser “fiel reflejo de su original” y por lo tanto al estudiar el documento podríamos llegar a las siguientes conclusiones:

* a. Que la firma o grafismos que aparecen en el documentos (fotocopia) corresponden o no a tal persona.
* b. Que mientras no exista el documento original no podremos afirmar que la fotocopia como documento sea auténtica, ya que si bien la firma o grafismos pueden corresponder o no a la persona indicada, la misma puede haber sido objeto de una manipulación, por ejemplo recortar una firma y superponerla encima de otro documento y obtener un documento falso con una firma verdadera.
* c. Estudiado la fotocopia se observe por el perito que existen alteraciones en el mismo y por lo tanto puede dictaminar que el documento ha sido manipulado.

En resumen, si no existe original y trabajamos sobre fotocopia podemos realizar un informe afirmando o no la autoría de un grafismo pero haciendo constar que el documento puede no ser auténtico y dejando por lo tanto el informe pericial condicionado a este hecho


3. ¿Puede determinarse la fecha exacta en la que se hizo un documento? ¿Es posible fechar un documento en base a la tinta?

Fechar o datar un documento con exactitud en base a la tinta es prácticamente imposible, principalmente porque las circunstancias ambientales que rodean al documento pueden modificar su estado, es decir, tanto la tinta como el papel se someten a un estado de oxidación que no siempre es igual ni afecta igual a todos los documentos. La degradación de estos elementos depende de las condiciones de conservación del mismo de las circunstancias ambientales que le rodean, no es lo mismo que el documento se encontrase en un sitio seco y protegido en un plástico, que protegido por un paño de tela y enterrado.

Por lo tanto solicitar una prueba para determinar la antigüedad de una tinta o la mal llamada prueba “grafo-química”, (independiente del elevado coste que acarrea la misma), de poco o de nada va a servir, ya que aportaría información de la composición química de una tinta, pero no la antigüedad de un documento.

Esto es sencillo de entender, imagínese que para la elaboración del documento se emplea una pluma con tinta de hace cincuenta años, la tinta efectivamente tendría cincuenta años pero el documento podría haber sido elaborado hace cinco.
¿Qué se puede hacer entonces para datar un documento?

Evidentemente debemos de olvidarnos de dataciones exactas de documentos, en todo caso hablaremos siempre dataciones aproximadas. Para obtener resultados satisfactorios para la datación de documentos trabajaremos a fondo principalmente dos elementos:

* a. Documento. Estudiaremos desde las marcas de agua del papel, hasta los sellos timbrados y tipos de tinta, consultando a fabricantes e incluso a la Real Casa de Moneda y Timbre y así comprobar la fecha de entrada en circulación de los mismos, ya que si el documento está fechado con fechas posteriores a la existencia de los mismos evidentemente se trataría de un documento falso, ya que es imposible disponer de algo futuro.
* b. Firmas y grafismos del documento (estudio grafo-evolutivo). Se trataría de establecer el periodo en el que fue escrito o firmado un documento observando la evolución de la firma y grafismos, los rasgos tipo o reflejos spico-somáticos de alguna etapa de esa persona, (evidentemente no es lo mismo la escritura de una persona de de ochenta años que una de cuarenta). Para ello es necesario un amplio material de firmas indubitadas sin demasiada diferencia cronológica entre ellas, compararlas y situarlas en una línea temporal según su semejanza con las indubitadas.


4. Firmé un documento en blanco y ahora presentan un escrito con otra fecha pero con mi propia firma en mi contra, ¿pueden ayudarme?

Puede parecer una situación extraña que alguien firme un documento en blanco o que lo haga sin conocer su contenido pero nos hemos encontrado a veces casos en los que un trabajador ante la “alegría” de conseguir su nuevo puesto firma todos los documentos que le da el empleador sin cuestionarlos por miedo a generar desconfianza en caso de leerlos o comprobarlos detenidamente.

Casos como firmar una carta de renuncia “previa” sin fecha, y que se le añadirá dicha fecha posteriormente según le interese al empresario. Normalmente la reacción más habitual sería afirmar con rotundidad que él no recuerda haber firmado ese documento o que nunca lo firmó.

Hay que tener en cuenta que sí se firmó, la firmas es autógrafa, propia del titular pero el problema es que lo que se altera es el “contenido del documento”. Por lo tanto debe tener especial cuidado el abogado en la forma de plantear la pericial en sala, ya que, si solicitase un cotejo de firmas, la firma daría como resultado que es de su cliente lo que llevaría al Juez a tomar una decisión contradictoria a los intereses de su cliente y posiblemente la imposición de las costas.

En caso de alteración del documento o abuso de firma en blanco debemos solicitar la pericial para que el perito llegue a las siguientes conclusiones:

* a. Que se determine la secuencia de realización del documento, es decir que informe si los escritos impresos o mecanográficos se hicieron en un mismo momento.
* b. Que se determine si las firmas se encontraba estampada previamente al documento y sí el texto de este se rellenó con posterioridad. este elemento se podría delimitar con un entrecruzamiento de trazos entre la tinta del útil empleado en la firma y la tinta de impresión o algún tampón o sello. Hay que pedir la secuencia de entrecruzamiento de trazos.
* Recomendamos al abogado en estos casos cuestionar la validez del documento, alegar abuso de firma en blanco e indicar las posibles causas o elementos que se han modificado, pero no indicar al perito cual será la metodología a emplear ya que si se equivocará y no fuese la idónea ataría de pies y manos al perito al tener que trabajar siempre este en base a la pericial solicitada.

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