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Regulación números SMS


Fecha:  19/04/2007  Fuente:  Agencias

Los servicios SMS para adultos y de suscripción tendrán una numeración especial, también afectará a otros servicios de SMS, como los concursos y las descargas de contenidos. Se intentará convertir las cuatro cifras actuales en cinco o seis según los casos.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio prepara una orden para regular los servicios de mensajes cortos (SMS), en los que se incluyen los servicios "premium" de descarga de logos (imágenes), melodías y otros contenidos que suponen una tarificación adicional

En una nota, el Ministerio informó el martes de que se trata de una normativa que afectará a un sector muy dinámico que en su conjunto facturó en 2006 más de 1.600 millones de euros, y está dirigida especialmente a la protección de los derechos de los usuarios.

El proyecto establece la numeración corta a utilizar para la prestación de los servicios de tarifación adicional, que pasa de las cuatro cifras actuales a cinco o seis, de manera que las primeras cifras indicarán el rango de precios y el tipo de servicio.

De esta forma, los números cortos de precio inferior a un euro comenzarán por dos, los servicios de suscripción por tres o los servicios con contenidos para adultos por 89.

Derecho a la desconexión y a la información

También se establecerá, entre otras medidas, la imposición a los operadores de telefonía la obligación de garantizar a sus abonados el derecho a la desconexión de los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes cortos.

Este mecanismo permitirá al abonado, previa solicitud a su operador, que desde su teléfono se impida el envío de mensajes de coste superior a un SMS ordinario, o con determinados contenidos para adultos.

La orden ministerial también incluirá la mejora de la información suministrada a los abonados sobre los precios y contenidos de los servicios, de forma que los titulares de los números cortos tendrán que identificarse con un mensaje en el que señalen el coste del servicio.


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