comprar piso en tecnocasa

5.006 1
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saludos
ayer vi un anuncio de un piso a muy buen precio y que me interesa bastante. es por tecnocasa pero conseguí verlo ya que sabia donde estaba y puede contactar con el particular. el piso una vez visto por dentro estaba muy bien. el tema es que el particular ( incauto el) ha firmado exclusividad de 6 meses con tecnocasa y dice que solo lo puede vender por medio de la inmobiliaria. parece ser que le cobran 6000 euros al vendedor. soy totalmente contrario a relacionarme con inmobiliarias pero como me interesa bastante el piso, les llame y voy a ver el piso hoy ( otra vez). parece ser que esta inmobiliaria cobra un 3% al comprador mas iva, lo cual me parece totalmente usurero.
le plantee al vendedor que esperase a que venciese la exclusividad y ahorrarnos la comisión, pero al parecer le dijeron que si alguien se presenta con la cantidad que pretende esta obligado a vender.
- se puede negociar esta comisión?
-estoy obligado a firmar la hoja de visitas?
a ver si alguien puede orientarme
gracias de antemano
 #2
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Lo que yo haría es renegociar el precio de venta con el comprador de tal manera que la comision de la inmobiliaria (aqui en canarias cobran el 5%) la paguéis entre los dos. Es decir, si el piso lo vende en 200.000 euros, que te lo deje en 197.000 o 198.000 y así tu te ahorras 2000/3.000 y el vende el piso y paga un poquito menos a la inmobiliaria

En cuanto a lo de firmar la hoja de visita, he encontrado ésto:

quote:
No se confíe con la hoja de visita

Usted tiene una agencia inmobiliaria, y cuando muestra un piso a un potencial comprador, le hace firmar una hoja de visita. Tenga claro para qué sirve (y para qué no) dicho documento...
Hoja de visita. Cuando usted muestra un piso a los posibles compradores, les hace firmar una “hoja de visita” en la que deja constancia de que han visto el inmueble. ¡Atención! Algunas agencias aprovechan este documento para introducir compromisos a cargo del firmante. De este modo, incluyen una cláusula indicando que, si finalmente la compraventa se realiza sin su intervención, el comprador será responsable del pago de una parte de sus honorarios. ¿Es válida esta cláusula?

Para lo que sí sirve...

Intervención. La hoja de visita acredita que la vivienda fue visitada y que usted intervino en esa gestión. Apunte. Por tanto, al acreditar su intervención, la hoja de visita le servirá (junto con el resto de pruebas que pueda conseguir) para reclamar sus honorarios a la parte que le encargó la venta (el vendedor, normalmente), tanto si dicho encargo se lo hicieron en exclusiva como si no.

Ejemplo. Una agencia firma un encargo de venta con un propietario. Tras una visita con un interesado (que firma la hoja de visita), el vendedor y ese comprador firman la venta a espaldas de la agencia. Apunte. Pues bien, aunque el vendedor intente eludir los honorarios del agente (alegando, por ejemplo, que éste no tenía llaves del piso y era él quien recibía las visitas), la firma de la hoja servirá para demostrar la intermediación del agente y le permitirá reclamar sus honorarios.

Para lo que no sirve...

No es un contrato. En cambio, tenga en cuenta que la mera firma de la hoja de visita por parte del comprador no hace que éste contraiga ninguna obligación con la agencia inmobiliaria. ¡Atención! El contrato (el encargo de venta) sigue siendo entre el vendedor y la agencia, por lo que es el vendedor (y no el comprador) el único obligado a pagar los honorarios del agente.

“Engañoso”. Además, los tribunales suelen considerar que es engañoso encubrir un verdadero contrato y una obligación a cargo de una persona bajo la apariencia de un documento titulado “Hoja de visita”, el cual, según lo indicado, sólo justifica que el piso se ha visitado. ¡Atención! Por esa razón, se suelen considerar nulas (y sin efecto) aquellas cláusulas incluidas en las hojas de visitas por las que el comprador se compromete a pagar los honorarios de la agencia.

Firme un encargo

No se confíe. Por tanto, no se confíe y no incluya compromisos a cargo del comprador en la hoja de visita (en caso de conflicto, éste alegará el criterio antes indicado y quedará liberado). Apunte. Si es el comprador quien debe pagarle honorarios (porque, por ejemplo, le encarga la búsqueda de un determinado inmueble), firme una hoja de encargo específica con él, indicando las condiciones de la compra y del inmueble deseado, así como que será él quien deberá abonar sus honorarios.

En el contrato de compraventa sí. También puede incluir la obligación del comprador de pagar sus honorarios como una cláusula más del documento de arras o del contrato privado de compraventa que se formalice. Apunte. En este caso cabe entender que el comprador no podrá alegar que se le ha inducido a engaño, pues ha de ser consciente de los compromisos que asume al firmar un contrato.

Se considera abusivo introducir en la hoja de visita el compromiso del potencial comprador de pagar honorarios a la agencia. Por tanto, en las operaciones en las que vaya a cobrar del comprador firme con él un encargo profesional.

Código VERTI: N102775G02273D

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